Que sea constitucional el Derecho al Cuidado Digno y Tiempo Propio, propone Lorena Villavicencio

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  • Los cuidados deben ser considerados como un asunto de justicia social, de corresponsabilidad y de redistribución de riqueza y tiempo.

Elda Montiel

SemMéxico. Ciudad de México. 22 de abril 2020.- Desterrar la idea de que sólo las mujeres deben ser las encargadas de las tareas de cuidados y reconocer que toda persona tiene derecho a ser cuidada de manera digna por un conjunto de acciones, recursos e infraestructura por parte del Estado, mercado, comunidad y familias es el objetivo de la iniciativa para reformar el artículo 4 constitucional para reconocer el Derecho Humano al Cuidado Digno y Tiempo Propio.

La diputada Lorena Villavicencio de la fracción parlamentaria de Morena considera que ante los impactos que estamos viviendo por la emergencia sanitaria del COVID-19, se hace más que evidente que los cuidados deben ser considerados como un asunto de justicia social, de corresponsabilidad y de redistribución de riqueza y tiempo.

La importancia de colocar a los cuidados no sólo como un trabajo sino en su máxima expresión como un Derecho permite distinguir y nombrar las desigualdades de género y de Derechos Humanos.

Dicha iniciativa la presentó ante la Cámara de Diputados para que se reconozca de manera jurídica y política el derecho de todas las personas a un cuidado digno, a desfiminizarlo y a revalorizarlo como un trabajo en lo económico, no remunerado.

Consideró que es inaplazable la necesidad de desarrollar políticas públicas que antepongan a las personas y sus derechos humanos frente a la jerarquización económica, donde el uso del tiempo se mide en la productividad y no en la calidad o condición de vida de las personas.

Desfeminizarlo, es llamar a la corresponsabilidad de los hombres a participar en esta labor esencial para la vida y también de los agentes sociales involucrados, es nombrar la inmensa labor de las personas cuidadoras en su mayoría mujeres y nombrar las necesidades para una vida digna de grupos prioritarios que requieren cuidados de acuerdo a su dependencia

En la exposición de motivos señaló que hoy en día las mujeres dedican 59 horas a la semana al trabajo de cuidados, tres veces más que los hombres, quienes dedican 22 horas en promedio. El tipo de cuidado al que más tiempo le dedican las mujeres es el proporcionado a los integrantes del hogar de 0 a 14 años y a cuidar a personas enfermas o discapacitadas que requieren atención especial.

La idea de recibir cuidados, y cuidar, son derechos, gana cada vez más presencia. Este enfoque no defiende la necesidad de dotar a las personas de un derecho más, sino de otorgar al cuidado el carácter de derecho universal. Si una sociedad entiende que el cuidado es un derecho universal, todas las personas recibirán cuidados y podrán cuidar en condiciones dignas.

Asimismo, destaca que esta labor ha sido invisibilizada por el modelo clásico de economía donde sólo las actividades que se encuentran en el mercado de trabajo tienen un valor monetario. Sin embargo, la contribución de la economía feminista, muestra que la aportación del trabajo de las mujeres otorga crecimiento económico y desarrollo social, de acuerdo a datos del INEGI, el trabajo que realizan las mujeres en el hogar representan el 23.5% del Producto Interno Bruto (PIB).

La abrumadora carga del trabajo de cuidados no remunerado es un factor estructural de la desigualdad de género y algunas implicaciones para las mujeres son el contar con menor tiempo para el aprendizaje, la especialización, el ocio, la participación social y política, o el cuidado personal.

La iniciativa de reforma y adición, establece que:

“Toda persona tiene derecho al cuidado digno, a cuidar y a cuidarse entendido como el conjunto de actividades, relaciones y procesos que sustentan vitalmente a las personas a lo largo de todo el ciclo vital y les otorgan los elementos materiales y simbólicos para vivir en sociedad.

La garantía del derecho al cuidado compromete tanto su dimensión económica, social, política, cultural y psicológica.

La Ley establecerá los instrumentos y recursos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo, tales como la instrumentación del Sistema Público Nacional de Cuidados.

Toda persona tiene derecho al tiempo propio, así como al uso del tiempo de manera equitativa y bajo el principio de igualdad sustantiva para satisfacer sus necesidades de gestión y usos del tiempo en su vida cotidiana tanto en el ámbito público como privado. La Ley establecerá los instrumentos y recursos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo”

La iniciativa se elaboró con la colaboración de Las Constituyentes CDMX Feministas, Red de Cuidados en México, Fundación Friedrich Ebert México, Incide Social AC y el equipo técnico de Cámara de Diputados.

Con el objetivo de contar con una visión amplia sobre los temas a legislar, se instaló una  Mesa de Trabajo y Diálogo por el Reconocimiento del Derecho al Cuidado Digno y al Tiempo Propio con Organizaciones de la Sociedad Civil, académicas y expertas en los temas.

SEM/em/IL

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