Por fin; Congreso de Tamaulipas aprueba reformas electorales en materia de violencia política contra las mujeres

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Benny Cruz Zapata

SemMéxico/Observatorio Tamaulipas. Cd. Victoria, Tamaulipas. 12 de junio 2020.- – Por fin en Tamaulipas, el Congreso del estado dio entrada y aprobó reformas electorales en materia de lenguaje incluyente, paridad de género y violencia política contra las mujeres.

En vísperas del próximo proceso electoral, las y los legisladores aprobaron reformas que dotan de mayor eficiencia a la participación política de la mujer, al sistema democrático y al Instituto Electoral de Tamaulipas.

Estas reformas recogen la experiencia y visión del Instituto Electoral de Tamaulipas así como del Instituto Nacional Electoral, pues dichas instituciones fueron parte fundamental para cristalizar las actualizaciones legislativas y que consolidan el sistema democrático.

A propuesta de la Junta de Coordinación Política, la cual se integra de forma plural, se analizó y resolvió en definitiva, por unanimidad de votos, la Iniciativa de reformas a la Ley Electoral y a la Ley de Medios de Impugnación Electorales del Estado, cuyo contenido era necesario homologar con la legislación federal.

La diputada Karla María Mar Loredo y el diputado Alberto Lara Bazaldúa, dieron lectura a la extensa acción legislativa, resaltando de las reformas a la Ley Electoral, que será impedimento para postularse a candidaturas a la Gubernatura, Diputaciones y Ayuntamientos, el haber recibido condena por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género.

Se incorpora el lenguaje incluyente y no sexista, así como las definiciones de “paridad de género” y de “violencia política contra las mujeres en razón de género”.

Con esto se establece la integración paritaria del Consejo General del IETAM, agregando a sus fines el de garantizar la paridad de género y el respeto de los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político y electoral. Además, con dichas modificaciones se genera una importante reducción en gastos producidos por organización y logística electoral.

También, se incorpora como prohibición para quienes encabecen precandidaturas y candidaturas, ejercer violencia política contra las mujeres en razón de género y la obligación de los Partidos Políticos de observar la paridad de género en el registro de todas las candidaturas.

En la citada ley, se fijan las conductas que constituyen violencia política contras las mujeres, en razón de género en el ámbito electoral; mientras que el incumplimiento a las obligaciones para prevenir, atender y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género, serán infracciones de los Partidos Políticos, de las candidatas y candidatos independientes.

Asimismo, en lo que respecta a la Ley de Medios de Impugnación Electorales de Tamaulipas, se establece que será el recurso de defensa de derechos político-electorales del ciudadano, el medio procedente para sustanciar los procedimientos en los que se actualice algún supuesto de violencia política contra las mujeres en razón de género.

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