Es inconstitucional la “protección a la vida desde la concepción” en Sinaloa, no puede ser pretexto para negar servicios de aborto: GIRE

Fecha:

Compartir:

Redacción

SemMéxico. Cd. de México. 09 de septiembre 2021.- Al discutir la constitucionalidad de la “protección a la vida desde la concepción” en Sinaloa, por mayoría la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que la existencia de este tipo de cláusulas no puede ser pretexto para negar servicios relacionados con la salud sexual y reproductiva, ni para restringir el acceso y legislación relacionada con el aborto, informa el Grupo de Información en Reproducción Asistida,  (Gire) en un comunicado.

El proyecto del ministro Gutiérrez Ortiz Mena señala que las mujeres y personas con capacidad de gestar tienen derecho a la autonomía reproductiva, incluido el aborto, y establece, además, que el derecho a la vida debe entenderse también como el derecho a la autonomía o posibilidad de construir un proyecto de vida y, dado que el embarazo puede afectar dicho proyecto, acceder al aborto puede contribuir al bienestar de las personas.

La Corte afirmó que ninguna “protección a la vida desde la concepción” puede motivar restricciones en los derechos de las personas ya nacidas, y que los esfuerzos para dotar protección a la vida prenatal deberán encaminarse a proteger efectivamente los derechos de las mujeres y otras personas gestantes.

De acuerdo con las y los ministros, la inclusión de esta cláusula siempre debe entenderse como una expresión que protege la autonomía de las personas, su derecho a la salud, a la no discriminación, a la integridad personal y a la vida. Asimismo, concordaron por unanimidad en que no es competencia de las entidades federativas determinar o modificar qué se entiende por persona, ni pueden restringir los derechos humanos contenidos en nuestra constitución general.

Esta resolución de la Corte establece un precedente obligatorio para las y los jueces, por lo que deben atender los argumentos expuestos en la discusión cuando conozcan casos en los que se niegue el acceso a servicios de aborto con base en cláusulas de “protección a la vida desde la concepción”. Dicha organización celebra esta decisión, pues representa un avance importante en los precedentes de protección de los derechos humanos de las mujeres y otras personas con capacidad de gestar.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí



Artículos relacionados

Escuela de parteras, no morir por dar vida

Isabel Ortega Morales SemMéxico/ SURIANA RADIO/ Ceprovysa, Tlapa de Comonfort, Guerrero, 3 de mayo, 2024.- La partería no es...

Plantean plazo de 10 días para dictar medidas cautelares en casos de violencia política en razón de género

Redacción SemMéxico/Cerovysa, Chilpancingo, Gro., 3 de mayo, 2024.- La diputada Jennyfer García Lucena presentó una iniciativa de reforma a...

Ganando Espacios | Tenemos la democracia que merecemos

Noemí Muñoz Cantú SemMéxico, Toluca, Estado de México, 3 de mayo, 2024.- La democracia de mi país es un...

Por qué el 3 de mayo es el Día Mundial de la Libertad de Prensa? 

El 3 de mayo se celebra el Día Mundial de la Libertad de Prensa, homenajeando la Declaración de...