Aspirantes a consejeras y consejeros electorales deben cumplir con el formato 3 de 3 contra violencia de género

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  • Se elimina la restricción de la nacionalidad como requisito

Micaela Márquez

SemMéxico, Cd. de México, 10 de septiembre 2021.- El Instituto Nacional Electoral (INE) incorporó al Reglamento para la designación y remoción de las y los consejeros electorales locales el formato 3 de 3 contra la violencia como uno de los requisitos. 

Quienes aspiren a integrar los órganos de decisión de los Organismos Públicos Locales (OPL) deberán entregar el formato como parte de la documentación de la convocatoria en la que participen al momento de ingresar su solicitud de registro con el objetivo de fortalecer el combate a la violencia política contra las mujeres en razón de género.

Inicialmente este formato fue establecido para que los partidos políticos lo incluyeran en la designación de sus candidaturas al tenerse por cumplida a través de la presentación del escrito firmado bajo protesta de decir verdad y de buena fe por la persona aspirante.

Con el formato se pretende acreditar que los aspirantes a un cargo de consejera o consejero de las OPL no son personas condenadas por violencia familiar y/o doméstica o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público; por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal; o que sea deudor alimentario moroso.

Se consideró necesaria su inclusión en los procesos de selección, ingreso, reingreso, reincorporación, promoción, ascenso y designación al Servicio Profesional Electoral Nacional, así como en la designación de las y los consejeros electorales locales.

La obligación de presentar el formato por parte de las personas que aspiran a estos cargos prevé que, entre los integrantes de los máximos órganos de dirección de los OPL y las diversas áreas de este Instituto, se encuentren personas cuyo actuar dentro del ámbito personal garanticen los principios de imparcialidad y paridad con perspectiva de género.

Como parte de la actualización del reglamento del INE y debido a la pandemia también fue aprobado que el ensayo que elaboran los aspirantes para conocer su capacidad de construcción de un argumento pueda ser en línea lo que garantiza el derecho a la salud de todos los involucrados en el proceso.

El ajuste deja abierta la posibilidad de que esta etapa se realice bajo cualquiera de las dos modalidades y en armonía con el desarrollo de otras fases que se llevan a cabo a distancia como es el registro, examen de conocimientos y las entrevistas.

Se elimina requisito de nacionalidad mexicana por nacimiento luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación estableció que es una restricción no razonable y fuera de proporcionalidad.

El Consejo General del Instituto consideró que la transmisión en tiempo real de las entrevistas genera cierta ventaja a algunos de los aspirantes al observar las preguntas y respuestas que se formulan a quienes les anteceden, lo que les permite prever o prepararse para lo que enfrenten en esta etapa.

Por ello, el ajuste al Reglamento establece que las entrevistas serán transmitidas inicialmente sólo en el sistema interno del Instituto, y una vez concluidas todas las entrevistas, las grabaciones de éstas se difundirán por canales abiertos del Instituto junto con la publicación de las cédulas de las personas aspirantes que resultan designadas, con su nombre, rubros acreditados y la calificación que obtuvieron.

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