De tres meses a tres años de cárcel, dependiendo de la gravedad del maltrato

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Redacción

SemMéxico, Cd. de México, 3 noviembre 2017.- A partir del pasado 31 de octubre, quienes abandonen a personas adultas mayores y personas con discapacidad en la capital del país tendrán un castigo que va de tres meses a tres años de prisión, dependiendo la gravedad del maltrato.

Este lunes, el gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial el decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal, de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal y del Código Penal para el Distrito Federal.

Dichas reformas, que la Asamblea Legislativa aprobó desde julio de este año, establecen que familiares de personas adultas mayores y de personas con discapacidad estarán obligadas a evitar actos de abandono, hacinamiento, desalojo o cualquier acto jurídico que pongan en riesgo su persona, bienes y derechos.

Así, a través de la adición a la fracción X del Artículo 3 y la reforma al Artículo 8 fracción IV de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, se penará este tipo de acciones cuando se realicen de forma consciente y deliberada; y también se sancionará violencia, discriminación, menosprecio, abuso y explotación.

En la misma publicación, que entró en vigor el pasado 31 de octubre, el gobierno de la Ciudad de México informó que en el caso de ambas poblaciones podrán sumarse otras sanciones por lesión o daño y precisó que si la persona agresora es ascendente, tutor o tutora de la persona ofendida, se le privará de la patria potestad o la tutela.

Las reformas contempladas en los Artículos 156 y 158 del Código Penal prevén que quien exponga en una institución a personas adultas mayores y personas con discapacidad o imposibilitadas de valerse por sí mismas, serán castigadas hasta con un año de prisión.

Los cambios también sancionan el hecho de que se les impida a ambas poblaciones su participación plena y efectiva en la sociedad, se les discrimine, explote o ponga en riesgo su persona, bienes y derechos.

Además, se tipifica el abandono como todo acto de aislamiento o hacinamiento sistemático, permanente, consciente y deliberado hacia las personas adultas mayores, entendidos como una exclusión o como actos discriminatorios o de menosprecio hacia su persona.

En julio pasado, la presidenta de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, diputada Elizabeth Mateos Hernández, al fundamentar el dictamen destacó que cada día en nuestro país unas 850 personas cumplen 60 años de edad, lo que representa que 306 mil personas adultas mayores se sumen a los existen al año, cuya población total se duplicará para 2030.

La CDMX está conformada por una densidad de población mucho mayor al resto de las entidades de la República Mexicana, razón por la cual existe una mayor cantidad de personas adultas mayores en crecimiento desde los últimos años, a diferencia de cualquier otro grupo de edad en dicha entidad.

En todo el país residen 12 millones 973 mil 411 personas mayores de 60 años, de las cuales el 53.9 por ciento son mujeres, según proyecciones del Consejo Nacional de Población (CONAPO).

SEM/am/lr

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