Gire: cambió la forma de ver el aborto, hoy es un derecho humano

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  • Comparten esa visión medios de comunicación e instituciones
  • El acceso al aborto se relaciona con la salud pública y la justicia reproductiva

Elda Montiel

SemMéxico, Ciudad de México, 30 de mayo, 2025.- En México la percepción del aborto ha cambiado en forma favorable debido a la despenalización parcial en 23 entidades federativas, las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la creación de políticas públicas impulsadas por el trabajo y las demandas del movimiento feminista, señala en el reciente informe “Maternidad o Castigo: Hacia la despenalización del aborto en México”, del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).

En la actualidad se habla del aborto más en términos de derechos humanos y salud pública y no desde la criminalización.

Para GIRE lograr materializar la despenalización del aborto en México sería un hito histórico que marcaría un antes y un después en la lucha por la justicia reproductiva.

El sistema punitivo no debe elegirse, como una vía para regular un servicio de salud como el aborto. Las leyes que penalizan el aborto, de forma parcial o total, contribuyen a crear y reforzar un entorno de control, vigilancia y estigmatización hacia las mujeres y las personas gestantes; es decir, promueven que se les denuncie y se les impongan barreras significativas para acceder al servicio, lo que limita su autonomía y sus derechos reproductivos.

Este cambio también se dio en los medios de comunicación y en las instituciones, de acuerdo con la encuesta de Mitofsky en julio de 2022, señala que en marzo del 2007, un mes antes de la despenalización en Ciudad de México, un 65.8 por ciento de las personas pensaban que el aborto debía ser un delito.

Para octubre de 2019, después de la despenalización en Oaxaca, esa percepción se redujo a 38.4 por ciento y en junio de 2022 fue de 28.1 por ciento.

En el informe también se da cuenta del análisis de sentencias sobre aborto y casos acompañados por GIRE. Se subraya que el acceso al aborto es un asunto de salud pública y justicia reproductiva, por lo que debe eliminarse de los códigos penales y ser un tema exclusivo de las regulaciones y de la política pública sanitarias, de modo que se asegure el suministro de información sobre el tema y se garantice su atención integral, segura y de calidad.

En México, el aborto, a diferencia de otros servicios de salud, suele estar regulado en mayor o menor medida por el derecho penal. Incluso en los contextos en donde no está completamente penalizado, con frecuencia se señalan supuestos para limitar su acceso en función de la circunstancia de la persona usuaria o la edad gestacional.

Guerrero, Michoacán y Coahuila los menos restrictivos

De acuerdo con el semáforo normativo del aborto en México, herramienta diseñada por GIRE que evalúa el marco normativo sin tomar en cuenta la accesibilidad y disponibilidad del servicio, el estado con menos restricciones es Guerrero en que el aborto está despenalizado sin límite de edad gestacional para las usuarias y la Ley de Salud local es la más garantista en materia de aborto.

Le siguen Michoacán y Coahuila. En Michoacán no se puede penalizar a las personas usuarias del servicio, pero sí quienes los asistan —con trabajo a favor de la comunidad—; además, la Ley Estatal obliga a los servicios de salud públicos a proveer el servicio.

En Coahuila no se puede penalizar a las usuarias del servicio ni a quienes las asisten por abortar —sin límite de edad gestacional—, sin embargo, no se cuenta con una política pública que garantice la provisión del servicio.

Sonora despenaliza el aborto de manera absoluta

En contraste, Sonora es la entidad federativa con el marco normativo más restrictivo del país. Además de penalizar el aborto de manera absoluta, no cuenta con la causal de riesgo para la salud ni con la de negación por parte de una autoridad.

A su vez, la pena máxima de prisión para las mujeres y personas gestantes que interrumpan sus embarazos y no cumplan con los supuestos previstos por la normativa local es de seis años, la más alta de todo el país.

La percepción también cambio en los medios de comunicación, GIRE señala que a partir de las sentencias de la SCJN con el derecho a decidir: Coahuila – AI 148/2017 en 2021, y Aguascalientes -AR79/2023 y Código Penal Federal -AR 267/2023 en 2023 colocaron el aborto en las primeras planas de los periódicos nacionales e internacionales y predominaba una narrativa que celebraba mujeres y personas gestantes no fuera criminalizadas.

Destaca que comenzó a reconocerse el trabajo de las colectivas y acompañantes que antes no eran nombradas en las notas periodísticas y se comenzaron a mencionar como defensoras de los derechos reproductivos.

Hasta la fecha de edición del informe (12 de diciembre de 2024), el aborto se ha despenalizado, al menos durante el primer trimestre, en 18 de las 32 entidades del país: Ciudad de México (2007), Oaxaca (2019), Hidalgo (2021), Veracruz (2021), Coahuila (2021), Baja California (2021), Colima (2021), Sinaloa (2022), Guerrero (2022), Baja California Sur (2022), Quintana Roo (2022), Puebla (2024), Jalisco (2024), Michoacán (2024), San Luis Potosí (2024), Zacatecas (2024), Estado de México (2024) y Chiapas (2024).

GIRE puso en marcha una estrategia nacional junto con otras organizaciones locales de la sociedad civil, y comenzó a presentar amparos en contra de los códigos penales de las 21 entidades federativas en las que el aborto aún estaba criminalizado de forma absoluta, así como en contra del Código Penal Federal (CPF). A la fecha de edición del informe, diciembre del 2024, esta estrategia llevó a que el poder judicial ordenara, a los congresos respectivos, la despenalización del aborto en Aguascalientes, el CPF, Jalisco, Nayarit, Zacatecas, Morelos, Yucatán y San Luis Potosí.

También señala que, en 2021, el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva publicó el Lineamiento Técnico para la Atención del Aborto Seguro en México, fue una novedad en materia de política pública y representó un avance significativo para la lucha por la autonomía reproductiva de las mujeres y personas gestantes en el país.

El Lineamiento establece la obligatoriedad de prestar el servicio de aborto seguro conforme al marco legal vigente y según las características de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad. Las recomendaciones para prestar el servicio, además, toman en cuenta los estándares internacionales promovidos por las Directrices sobre la atención para el aborto de la OMS.

SEM/em/sj

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