La comunicóloga feminista examina el abuso sexual que escenificó la presidenta de la República, quien pareció consentir la agresión y la critican
Explica la reacción de las mujeres en los ataque sexuales y advirtió que incluir el consentimiento en la definición penal ha favorecido la impunidad de los agresores
Redacción
SemMéxico, Cd. de México, 12 de noviembre, 2025.- La comunicóloga Aimée Vega Montiel afirmó en una entrevista de radio en Colombia que un elemento central de la revictimización contra las mujeres víctimas de la violencia sexual en lo penal es obligarlas a demostrar que no hubo consentimiento.
Lo dijo a Cable noticias de Colombia, al comentar la violencia sexual de la que fue víctima la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo el 4 de noviembre, en el centro histórico, y además de condenar el hecho y de señalar que es un reflejo de la situación que viven todas las mujeres, se refirió a un elemento central que ha sido el eje de la revictimización, de ella y de todas las víctimas de violencia sexual: el consentimiento.
La especialista en Derechos Humanos de las Mujeres, narró como uno de los señalamientos recurrentes a la presidenta, ha sido el de que no detuvo al agresor y que incluso fue amable con él; que consintió.
Lo que la presidenta experimentó fue, detalló, primero la sorpresa y luego la parálisis que ocasiona la violencia sexual. Quienes hemos sido víctimas de este tipo de conductas (en el transporte público, en la calle, en la casa, en la escuela, en el trabajo, en la comunidad, en el entorno digital… en todos lados),” reaccionamos como ella lo hizo ante lo perturbable que resulta la violencia sexual. Pero como ella no lo rechazó, e incluso le sonrió, entonces consintió, narrativa que abunda en la discusión pública y en medios de comunicación.
Analista de los Medios de Comunicación y Tecnologías de la Información, explicó a quien la entrevistaba que , la definición del delito de abuso sexual -por el que la presidenta inició una denuncia- define el Código Penal Federal, se trata de un “atentado contra la integridad sexual de una víctima, sin su consentimiento”.
Y continuó: cuando una víctima de violencia sexual recurre ante un Ministerio Público, a iniciar el proceso de denuncia se convierte en un viacrucis, pues debe demostrar que no consintió; es decir, la trampa jurídica del consentimiento coloca la carga de la prueba en la víctima y no en el agresor.
Este es el caso, dijo y señaló que por ejemplo, de las víctimas de violencia sexual digital en México, quienes son revictimizadas por la autoridad pues, dado que el consentimiento está incluido en la definición que fue asentada en la ley en México, deben demostrar que ellas no consintieron en compartir sus imágenes íntimas sexuales. ¿Cómo demostrar que una víctima de violencia sexual no consintió, si aún como en el caso de la presidenta, cuyas imágenes todas hemos visto, se le cuestiona?
Incluir el consentimiento en la definición penal de la violencia sexual, ha favorecido la impunidad de los agresores.
Luego narró que ha significado esto en España. Dijo que en ese país, donde a partir de la aprobación en 2022 de la ley conocida como Solo sí es sí, se dio cuenta solo un año después de que 1,200 agresores habían visto reducidas sus penas y 121 habían sido excarcelados.
En los casos de víctimas de violencia sexual digital en México, la organización Luchadoras ha evidenciado que las carpetas de investigación iniciadas, en su gran mayoría no se judicializan debido a que encuentran ese gran obstáculo.
Después de la agresión sufrida por la presidenta Sheinbaum Pardo , la Secretaría de las Mujeres anunció que llevará adelante una reforma a los códigos penales para homologar el delito de abuso sexual como delito grave.
“ Pienso que es una gran oportunidad para eliminar el concepto de consentimiento de su definición y atajar de una vez por todas un movimiento global que promueve su incorporación, del que México no escapa”.



https://www.cepal.org
• Portada del sitio de la reunión: 
