Atoran Ley Olimpia: hay dos mil casos de sexting y una condena

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  • Estudio revela que en 18 estados con Ley Olimpia, 83 por ciento de los casos siguen sin avanzar.

Alfredo Maza | El Sol de México

SemMéxico/El Sol de México. Cd. de México. 27 de octubre 2021.- En los últimos tres años se abrieron dos mil 143 carpetas de investigación por la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento en 18 estados del país, donde se aprobaron reformas para sancionar estas conductas. Sin embargo, se ha generado un cuello de botella en las investigaciones que realizan las fiscalías estatales, lo que provoca que 83 por ciento de las denuncias sigan en trámite, revela un estudio de la colectiva Luchadoras.

A esto se suma el hecho de que las carpetas de investigación no se judicializan, pues sólo se han iniciado 24 causas penales ante los poderes judiciales de los estados, y apenas existe una sentencia condenatoria por sexting en Chihuahua.

Alicia Reynoso, encargada de la línea de apoyo contra la violencia digital de Luchadoras, asegura que la problemática radica en que, pese a la creación de estas leyes, “el resultado ha sido que casi todo se queda atorado porque la estructura no está lista para abordar estos temas”.

El informe Justicia en trámite. El limbo de las investigaciones sobre violencia digital en México, basado en diversas solicitudes de información, revela que, a pesar de las reformas legislativas aprobadas, la justicia no llega para las víctimas.

Esta ola de reformas data del año 2012, con auge a partir de 2018 con la aprobación de reformas en el estado de Puebla impulsadas por el Frente Nacional para la Sororidad, conocidas como Ley Olimpia.

Y en abril de este año, la Cámara de Diputados aprobó una legislación contra el acoso digital, con penas de hasta seis años de cárcel a quien difunda imágenes de contenido íntimo y sexual sin el consentimiento de la persona implicada.

 “La difusión de imágenes íntimas sin consentimiento es una de las formas de violencia de género digital más comunes en el país, es un acto de objetualización sexual a través de las tecnologías que atenta contra la vida íntima, la sexualidad y la privacidad”, señala el documento.

«¡Que el miedo cambie de bando!», afirma Olimpia Coral, la impulsora de la ley contra violencia digital.

Estados con más casos

De las más de dos mil carpetas que informaron tener 18 estados, la mayor parte se concentra en Michoacán, con 537; Chihuahua, con 446; San Luis Potosí, con 306 y Coahuila, con 258. Involucran a mil 960 víctimas, 83.46 por ciento mujeres.

El informe agrega que existen 846 carpetas abiertas, pero solo se obtuvo información sobre el destino de 652 de ellas: 543 están en trámite, 36 en archivo temporal, en siete hubo no ejercicio de la acción penal y dos están en extinción.

Solo en 44 carpetas se encontró conclusión a través de alternativas de justicia como la suspensión condicional del proceso, acuerdo reparatorio, procedimiento abreviado y el otorgamiento del perdón.

Sin embargo, “consideramos que esta (última) salida alterna podría no ser idónea porque puede implicar un proceso de mediación o conciliación entre víctima y agresor, que no es aconsejada por la Ley General para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia”, señala.

Respecto a las 24 causas penales, siete están en Tamaulipas, seis en Nuevo León, cinco en Chihuahua, tres en Campeche y una en Jalisco, Ciudad de México y Baja California Sur, respectivamente.

 “La brecha entre el número de causas penales iniciadas versus el número de carpetas de investigación abiertas es abismal. Ésta es una evidencia más contundente de que tipificar el delito de difusión de imágenes íntimas sin consentimiento no es pase automático a un mayor acceso a la justicia para las mujeres”.

Valorar el daño

Luchadoras, en conjunto con el Observatorio de Violencia de Género en Medios (OVIGEM), celebró un encuentro con mujeres sobrevivientes de violencia digital a fin de “poner al centro lo que ellas mismas consideran que es idóneo para hacer frente a una agresión digital y tomar acción a partir de sus propias determinaciones”.

De ese encuentro, indica el estudio, concluyeron que valorar el daño derivado de una agresión digital tiene que ser un ejercicio que va más allá del cálculo del impacto económico. Tiene que ver con las fallas y carencias del proceso de investigación y un apoyo especializado de contención emocional, la remoción de contenidos y la denuncia y dada de baja de los perfiles de los agresores.

En colaboración con Fundar, la colectiva también elaboró un peritaje de impactos psicosociales para identificar el impacto de una amenaza digital, encontrando como consecuencia que éstas pueden ir desde ansiedad, miedo, aislamiento e inhibición de la participación en redes.

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