Pendientes licencias con goce de sueldo por incapacidad menstrual y acceso a productos e infraestructura para la higiene menstrual en reclusorios
Elda Montiel
SemMéxico, Ciudad de México, 21 de septiembre, 2024.- La menstruación digna es una asignatura pendiente en la agenda legislativa del Congreso de la Unión, a pesar de que se aprobó la tasa 0% de IVA a los productos de higiene menstrual en 2022, que es un gran avance, quedaron pendientes las licencias por menstruación incapacitante, educación menstrual, y la gratuidad y accesibilidad de productos principalmente en centros penitenciarios o en situación de migración.
De 50 iniciativas de reforma a leyes secundarias en la materia durante la LXV Legislatura de la Paridad sólo una culminó el proceso legislativo por su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), cuatro fueron retiradas y 45 quedaron pendientes en las Cámaras de origen.
En el estudio publicado por la Dirección General de Análisis Legislativo del Senado (IBD), “A propósito de la menstruación: un recuento de las iniciativas de la LXV Legislatura presentadas en el Congreso de la Unión”, elaborado por Carla Angélica Gómez Macfarland señala que muchas personas menstruantes carecen de los espacios y servicios necesarios para gestionar su menstruación adecuadamente, y la mitad no recibe productos de gestión menstrual de forma gratuita.
Refiere que uno de los problemas de salud a los que se enfrentan las personas menstruantes (concepto que abarca a mujeres, personas trans y no binarias), es que los síntomas de este proceso biológico natural pueden ser incapacitantes en casos de dismenorrea.
A nivel local, sólo cinco entidades de la República Mexicana han establecido días hábiles mensuales de descanso con goce íntegro de sueldo a las personas menstruantes diagnosticadas con dismenorrea (Campeche, Colima, Hidalgo, Tamaulipas y Quintana Roo), que sean trabajadoras al Servicio del Estado.
Por otro lado, a nivel federal no hay leyes que mencionen, en su contenido, las palabras “higiene menstrual”. Sin embargo, a nivel estatal hay 17 ordenamientos que regulan de alguna forma esta figura.
Respecto a las 27 iniciativas que tienen por objeto otorgar licencia con goce de sueldo a personas menstruantes que sufran dismenorrea existen diferencias en el número de días propuestos para licencia o permiso, en los requisitos para otorgarlo, en el grupo destinatario de dicho derecho (personas menstruantes trabajadoras del sector público federal o sector privado), y las leyes a reformar son la Ley Federal del Trabajo, Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional, Ley General de Educación. A pesar de ello, es un tema que tanto diputadas (os) y senadoras (es) de la LXV Legislatura tuvieron interés en regular.
Seis iniciativas abordan el problema en centros penitenciarios
De las iniciativas pendientes seis iniciativas buscan reformar la Ley Nacional de Ejecución Penal y tienen como finalidad, principalmente, garantizar el acceso de productos de gestión menstrual para mujeres privadas de la libertad.
Existe la Recomendación 35/2021 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) a gobernadores de diferentes estados para incluir, en las propuestas de presupuesto dirigidas a los Congresos locales respectivos, una partida presupuestaria para la adquisición de productos de higiene menstrual en centros de readaptación social (CNDH, 2024).
En 2021 había 12 mil 494 mujeres privadas de la libertad de 18 años y más. De ellas, 3 mil 283 tenían la condición de recibir artículos de higiene femenina y 8 mil 844 carecían de esta condición, es decir, 71% no tenían condición de recibir estos artículos, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL, 2021).
Esta cifra demuestra que las mujeres reclusas no tienen los artículos para una menstruación digna y que son las mujeres privadas de la libertad de los estados de Tabasco, Sinaloa, Michoacán, Oaxaca y Estado de México son las que menos tienen la condición de recibir estos artículos.
Cabe mencionar que 25.1% de mujeres privadas de la libertad de 18 años y más no contaba con agua potable dentro de su celda o bien que 42.2% contaba con agua, pero no era de pureza y de calidad, y que 41.9% no tenía un suministro constante de agua potable. Además, 24.9% no contaba con servicio de agua potable suficiente. Por último, 33% no estaba satisfecha con este servicio (INEGI, 2021).
Señala el estudio que no basta con tener acceso a productos de higiene menstrual sino que es indispensable tener infraestructura adecuada como suministro de agua potable de forma constante, suficiente y limpia, así como espacios de aseo personal. Situaciones que, en un porcentaje considerable de mujeres reclusas, tampoco se cumplen.
28 de mayo Día de la Higiene Menstrual
La limpieza es necesaria durante el periodo menstrual para que las personas menstruantes vivan con dignidad su ciclo, por lo que el acceso a productos como toallas femeninas, tampones, copas, así como el acceso al agua y un lugar privado, es esencial, lo que ha señalado el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA).
Tan importante es el tema que se estableció el 28 de mayo como el Día de la Higiene Menstrual y tiene como propósito “concienciar sobre la importancia de construir sociedades donde las mujeres y niñas puedan convivir con su menstruación de una forma digna, segura y privada. Busca también hablar abiertamente sobre la regla y dejar atrás los tabúes o prácticas discriminatorias”
En México, en 2020, U Report de Unicef publicó resultados de una encuesta realizada a 1577 personas menstruantes, de las cuales, 83% eran personas de entre 0 a 24 años. De acuerdo con las respuestas de las personas encuestadas, 9 de cada 10 tenían acceso a agua de forma frecuente en su escuela. Además, sólo 5 de cada 10 personas tenían acceso a papel de baño siempre en su escuela, 3 de cada 10 sólo a veces, y 2 no tenían acceso a papel de baño. Otro factor que resulta importante para una higiene menstrual adecuada es contar con baños privados o sanitarios para que niñas y adolescentes se cambien durante su periodo menstrual; en este caso, sólo 6 de cada 10 personas contaban con este tipo de infraestructura en sus escuelas.
En México educación menstrual incipiente
A pesar de publicaciones de organizaciones civiles a nivel nacional o de organismos internacionales, la educación menstrual en México aún es incipiente, puesto que en los libros de texto gratuito se refleja poca información del tema y, además, 69% de las adolescentes, mujeres y/o personas menstruantes tiene poca o nada de información cuando le llega su primera menstruación (Unicef, 2021).
Son 12 las iniciativas que se presentaron en la LXV Legislatura referentes a la educación menstrual que pretenden, en su mayoría, reformar leyes secundarias para incluir, en programas académicos, materias o tópicos de educación menstrual de forma digna, con más y mejor información para niñas, niños y adolescentes, dependiendo de la etapa de vida de los alumnos (as).
A nivel mundial y local se han instrumentado políticas públicas y leyes para mejorar la educación menstrual, eliminar impuestos sobre productos de higiene y otorgar licencias menstruales pagadas. A pesar de estos avances, aún se requieren esfuerzos legislativos para garantizar la dignidad y bienestar de las personas menstruantes.
La menstruación, un proceso natural que sucede a personas con órganos sexuales femeninos, incluidas mujeres, personas trans y no binarias, ocurre aproximadamente cada 28 días y puede ser dolorosa e incómoda. A pesar de ser un tema tabú, ha ganado visibilidad.