Decreto del Seguro Social excluye al 97 % de las trabajadoras del hogar

Fecha:

Compartir:

En México la mayoría de las trabajadoras no tienen IMSS ni sindicato: Manuel Fuentes Muñiz

El 85 por ciento de las  trabajadoras con hijos, son madres  solteras, lo que las expone más a la explotación

Elda Montiel

SemMéxico, Cd. de México, 30 de junio, 2025.- La situación laboral de las mujeres sigue siendo un tema dramático al no haber vigilancia laboral para que los patrones cumplan con la ley, sólo en la Ciudad de México hay 440 mil centros de trabajo y sólo  25 inspectores, afirmó Manuel Fuentes Muñiz, abogado laboralista.

Dijo que  38% de mujeres que trabajan,  – 8 millones- están afiliadas al IMSS, de ellas  el 60% tienen ingresos muy bajos y agregó que  el 80 % de las trabajadoras  que tienen hijos son madres solteras, lo que las expone a una  mayor explotación laboral.

Reveló que presumir que finalmente se  hizo justicia a las trabajadoras del hogar es demagogia. Tres años después del cambio normativo,  sólo accedieron al IMSS hasta hoy  el 3 por ciento de las empleadas domésticas,  de las casi 2 millones del país.

En plática en el podcast de La Lovera, producido por la Organización Editorial Mexicana,  Manuel Fuentes Muñiz con más de 3 décadas defendiendo a trabajadoras, explicó la condición de las trabajadoras en México.

Para él las mujeres en situaciones complejas como las costureras que en 1985 que  integraron el Sindicato “19 de septiembre” , cuya situación es casi idéntica que entonces,  así sucede con  las trabajadoras del hogar. Fuentes Muñiz es asesor  del Sindicato de los Trabajadores y las Trabajadoras del Hogar (SINACTRAHO).

Reveló en la charla que la mayoría de las mujeres que trabajan en México,  no acceden a la seguridad social. En el caso  de las trabajadoras del hogar,  donde supuestamente hubo avances, no los hay. Por ejemplo  según la jurisprudencia ellas  tienen que comprobar la relación laboral, presentar contratos y recibos de pago, algo que no consiguen con sus patronas o patrones, un  obstáculo   viola el convenio 189 de la OIT.

Otro problema es que  en el IMSS  se considera que las trabajadoras del hogar  trabajan sólo  esporádicamente, lo que no las hace sujetas de seguridad social, de modo que  es letra muerta  el Decreto de la Ley del Seguro Social del 16 de noviembre del 2022 que les otorgó en el papel sus derechos laborales plenos.  Hoy ni la Suprema Corte de Justicia de la Nación las ampara.   

Las trabajadoras del hogar 

El abogado Fuentes Muñiz señala que el Estado está ausente en la vigilancia de los derechos de las trabajadoras del hogar, no actúa frente al incumplimiento de los empleadores para registrarlas en el IMSS . La situación  se agrava porque ese  no reconoce como trabajadoras a quienes realizan trabajo esporádico, cuando es la situación del  85 % de las trabajadoras del hogar.

La SCJN también las desconoció

Narró que lo más contradictorio es que al impugnar dicho decreto la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó  amparar a la presidencia  colegiada del Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Hogar (Sinactraho). La ministra Lenia Batres Guadarrama propuso negar el amparo solicitado por María Isidra Llanos Moreno, Norma Palacios Trabamala y María de la Luz Orihuela, legalmente representantes del sindicato.

El artículo 239-B del Decreto, considera como trabajadoras del hogar, sólo a aquellos que no trabajen de forma esporádica u ocasional, una verdadera  incertidumbre jurídica, ya que el término es ambiguo y puede excluir a muchas mujeres trabajadoras que, aunque trabajen de manera ocasional, dependen de ese  ingreso para subsistir.

Asimismo,  el artículo 239-C establece los requisitos que excluyen a muchas personas trabajadoras del hogar del derecho a la seguridad social;  el acceso depende del pago del empleador, lo cual discrimina a las trabajadoras que no ganan lo suficiente para cubrir el salario base de cotización mínimo.

 Además, que el artículo 239 D discrimina a las trabajadoras del hogar al establecer que su aseguramiento termina  cada vez que  concluye la relación laboral.

Mientras que otros trabajadores tienen derecho a una cobertura de hasta ocho semanas después de la terminación del empleo y la ley reconoce derechos por obra y tiempo determinado  -caso de los albañiles-, a estas mujeres se lo niega.  Tampoco  se regulan sanciones ni procedimientos claros en caso de incumplimiento por parte del empleador.

 Hasta ahora  solo el 6% de las trabajadoras del hogar han sido registradas por sus empleadores. La afiliación al IMSS que inició en febrero del 2024 está  por debajo del 3 % a nivel nacional. El 97% labora sin un contrato de trabajo firmado con sus empleadores, 3 de cada 4 personas trabajadoras del hogar no cuentan con ninguna prestación, ni vacaciones pagadas, ni aguinaldo, ni horas extras, ni servicio médico, ni prestaciones previstas en la seguridad social  como fondo de la vivienda o el de retiro.  

Criticó que se hizo mucho ruido con los derechos de las trabajadoras del hogar, grandes discursos de que por fin se las hacía justicia, en la realidad están laboralmente desamparadas. Por la violación al Convenio 189 que México firmó en 2020, como un modelo para promover el trabajo decente. Unas son las normas y otra la realidad, afirmó. El sindicato ya está promoviendo una queja ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Narró que le ha tocado ver cómo en una disputa laboral la trabajadora doméstica  tiene que comprobar la relación laboral con contrato o recibos, y el empleador la niega la relación laboral o argumenta poca claridad en el procedimiento.

El doctor Fuentes Muñiz  fue director del trabajo y asesor jurídico de Cuauhtémoc Cárdenas cuando era jefe de gobierno de Distrito Federal (1997-1999) hoy Ciudad de México y subdirector del METRO, durante el gobierno capitalino de Andrés Manuel López Obrador.

Recordó que  cuando se aprobó la Reforma Laboral del 2019,  a la tercera semana se emitió un decreto por el cual se disminuyó  el 50% del presupuesto a la Secretaria del Trabajo y quedaron cesados 500 inspectores del trabajo. No hay reforma laboral sin cambiar las estructuras.

Actualmente, dijo, quedó en el pasado la firma  de contratos colectivos de trabajo como no existen sindicatos. De  acuerdo al INEGI existen en el país 6 millones 600 mil centros de trabajo y sólo 38 mil tiene.

En la Ciudad de México hay 440 mil centros de trabajo y sólo están en revisión 100 contratos colectivos de trabajo. En la ciudad más importante del país. El que no existan contratos colectivos de trabajo significa que los patrones pueden hacer lo que quieran. Les dan contratos por honorarios o mercantiles en una aparente formalidad. Hasta en el gobierno hay contratos mercantiles para  que no tengan derechos los y las  trabajadoras.    

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí





A partir de este domingo 2 de marzo ofrecemos: una retrospectiva, a 50 años de la primera conferencia mundial de la mujer que se celebró en México, de los 30 años de la IV Conferencia Mundial de la Mujer, Beijing 1995 y todo lo que sucede y está sucediendo alrededor del 8M.


Artículos relacionados

Palabra de Antígona| No es defensa feminista, es censura

Sara Lovera SemMéxico, Cd. de México, 21 de julio, 2025.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, encabezado...

Actuar de inmediato  en los sistemas de cuidados o se detendrá el desarrollo: ONU

En México las instituciones sólo se cubren el 30 por ciento de las necesidades de cuidados, dejando a las...

Crímenes brutales a mujeres con lujo de impunidad

· "Nosotras no hablamos desde la estadística, hablamos desde la vida. Y cada mujer asesinada es una historia arrancada,...

Opinión| La prevención del delito en adolescentes

Angélica de la Peña SemMéxico, Ciudad de México, 21 de julio, 2025.- Ningún niño o niña nace siendo delincuente...