En Guerrero se crea el registro de violentadores informó Vicenta Molina Revueltas

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  • El viernes el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana actualizó reglas para evitar la violencia política contra las mujeres
  • Emitió lineamientos y modificó el Reglamento de Quejas y Denuncias

Josefina Aguilar Pastor

SemMéxico.Chilpancingo, Guerrero, 16 de enero de 20121.-  Reforma el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), su Reglamento de Quejas y Denuncias, y crea el registro local de personas sancionadas por violencia política contra las mujeres en razón de género.

Vicenta Molina Revuelta, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y no Discriminación del IEPC, presentó la argumentación sobre el acuerdo 009/SE/15-11-2020, que propuso reformas y adiciones al Reglamento de Quejas y Denuncias de dicho instituto, presentado  y acordado en la sesión de este viernes.

Expuso que derivado de la reforma constitucional y legal, a nivel federal y local en materia de violencia política contra las mujeres por razón de género, se incorporó una nueva atribución y obligación a la Secretaría Ejecutiva del órgano electoral local, que consiste en llevar el registro de antecedentes de personas agresoras de violencia política.

Por mandato, agregó, de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al resolver el expediente SUP-REC-91/2020, el Instituto Nacional Electoral (INE) y los Institutos Electorales Locales, tienen la obligación del crear sus respectivos registros de personas sancionadas por violencia política contra las mujeres en razón de género, mediante resoluciones o sentencias firmes o ejecutoriadas, emitidas por las autoridades electorales administrativas o jurisdiccionales tanto en el ámbito federal como en el local.

Para ello, el INE emitió los Lineamientos para la integración, funcionamiento, actualización y conservación del Registro Nacional de Personas Sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, por lo que el IEPC, consideró indispensable armonizar su propio Reglamento de Quejas y Denuncias para  la creación y operación del registro local de personas sancionadas en materia de VPMRG.

El acuerdo  establece adicionar cinco incisos del artículo 3, así como reformar la sección IV “del registro de antecedentes de personas agresoras”, para quedar como capitulo III,  “del registro local de personas sancionadas por violencia política contra las mujeres en razón de género”, entre otros.

“El propósito de estas adiciones y reformas, es la de ampliar y robustecer el Reglamento de Quejas y Denuncias, mediante la descripción de términos y conceptos, el establecimiento de reglas para compilar, sistematizar y hacer del conocimiento público, en el ámbito de competencia de este Instituto, la información relativa a las personas que hayan sido sancionadas por violencia política contra las mujeres en razón de género, mediante resolución o sentencia firme o ejecutoriada dictada por las autoridades administrativas o jurisdiccionales locales que resulten legalmente competentes en materia electoral, administrativa y/o penal”, refirió Molina Revuelta.

La presidenta de la comisión de igualdad mencionó que este reglamento establece las reglas para la integración, funcionamiento, actualización, consulta y conservación del registro señalado, con lo que subrayó, el IEPC, además de asegurar un andamiaje jurídico electoral, actualizado y eficiente, contribuye a la generación de condiciones que posibiliten el avance de la participación política de las mujeres en un contexto libre de violencia política en razón de género.

Al mismo tiempo, indicó, con dicha reforma y adiciones, el IEPC cumple con la responsabilidad que le asiste como autoridad de prevenir, sancionar y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género; “pues como sabemos este tipo de violencia es, quizá, el principal obstáculo que enfrentan las mujeres para poder ejercer plenamente sus derechos políticos electorales”, asentó la consejera.

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