INPI debe promover el reconocimiento, respeto y protección de las mujeres

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  • Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos aprueban que ese instituto integre la perspectiva de género en su gestión
  • Son tareas del Estado, señala la senadora Edith López Hernández

Redacción

SemMéxico, Ciudad de México, 11 de abril, 2025.- La Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, que preside la senadora Edith López Hernández, aprobó una minuta para establecer, como una de las atribuciones y funciones del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), la de promover el reconocimiento, respeto y protección de las mujeres.

López Hernández dijo que también se busca que dicho instituto integre la perspectiva de género en su función de gestión, ejecución, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestales, a fin de promover y garantizar el reconocimiento e implementación de los derechos y el desarrollo integral, intercultural y sostenible de los pueblos indígenas y afromexicanos.

Recordó que al Estado le corresponde, por conducto de la Federación, las entidades federativas y municipios, adoptar las medidas necesarias para promover el reconocimiento, respeto y protección de las mujeres; para garantizar y hacer efectivos los derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos, así como su desarrollo integral, intercultural y sostenible.

Detalló que esta reforma al artículo 4 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, proviene de una minuta enviada por la Cámara de Diputados, aprobada con 425 votos a favor.

En la reunión de trabajo, los y las senadoras también aprobaron un dictamen para reconocer a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio en la Ley del INPI.

López Hernández explicó que esta propuesta reivindica el compromiso firme con los principios de justicia social y el reconocimiento pleno de los derechos colectivos de estas poblaciones que históricamente fueron discriminados; además de que se armoniza con el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Se trata, dijo, de una disposición fundamental para garantizar que nuestros pueblos puedan ejercer sus derechos de manera autónoma y participar plenamente en la vida jurídica del país.

Por lo que este reconocimiento formal, continuó, refuerza su capacidad para gestionar sus propios recursos, sistemas normativos y políticas internas, en favor de una gobernanza más efectiva y respetuosa de sus estructuras tradicionales.

SEM/sj

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