Juego de Palabras | La paridad en los municipios sigue pendiente

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Yaneth Tamayo Avalos

SemMéxico, Querétaro, Querétaro, 2 de julio, 2024.- Hace cinco años, se publicó una reforma a diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de paridad entre géneros.

En esta, se obligó a diferentes autoridades a garantizar que la mitad de los cargos de decisión fueran para las mujeres en los tres poderes del Estado, en los tres órdenes de gobierno, en los organismos autónomos, en las candidaturas de los partidos políticos a cargos de elección popular, así como en la elección de representantes ante los ayuntamientos (presidencias municipales).

De tal forma que, a partir del 7 de junio de 2019, todos los nombramientos de las personas titulares de las secretarías de despacho federales y locales debieron cumplir con el principio de paridad, situación que incluía la integración total de los ayuntamientos de elección popular directa.

Esto es, los partidos debieron garantizar la paridad en las candidaturas a los distintos cargos de elección y en conjunto con las autoridades electorales correspondientes debieron garantizar en lo sustantivo que la integración final de los ayuntamientos −presidente o presidenta, regidurías y sindicaturas que determine la ley− fuera paritaria.

Situación que, al menos en algunas entidades, no sucedió y que dudo se materialice en la integración de las secretarías municipales.

En este proceso electoral, tanto las instituciones electorales como los partidos políticos, tuvieron la oportunidad de legitimar su discurso inclusivo y paritario.

Sin embargo, no sucedió, pese a la incursión de diferentes organizaciones de la sociedad civil que, promovieron juicios contra de los institutos electorales que no incluyeron en sus lineamientos mecanismos distintos que contribuyeran al adelanto de la paridad.

Y esto, se vio reflejado en los resultados electorales de los ayuntamientos, en donde incluso la paridad disminuyó, un ejemplo de ello es Querétaro, de los 18 municipios que integran a la entidad, solo en 4 gobernarán mujeres y será en territorios donde la población y la gestión presupuestal es menor. *

En Tlaxcala sucedió lo mismo, ahí de 60 presidencias municipales, solo en 16 ganaron  mujeres.

Otro ejemplo es Michoacán, en donde ha prevalecido la baja presencia de mujeres gobernando alcaldías y este proceso electoral no fue la diferencia, incluso se actualizaron nuevas formas de evadir las cuotas de género, aquí 8 presidencias municipales serán ocupadas por hombres que aprovechando las cuotas se autoadscribieron como mujeres transgénero, cuando no lo son.

Estos escenarios no debieron ser así, primero; porque la ley establece una progresividad en la implementación de acciones afirmativas; segundo, porque existe un mandato constitucional que establece la aplicación de mecanismos necesarios para garantizar la paridad en el plano de la realidad a nivel municipal; y tercero, porque independientemente de que la paridad sea un mandato constitucional, esta en el plano de la realidad no se ha garantizado en su totalidad.

Explico, los avances en el marco jurídico, han derivado en una igualdad numérica a la hora de las postulaciones, sin embargo, el horizonte al que deberían dirigirse todas las acciones institucionales es la igualdad sustantiva (igualdad de hecho); en la que los números son un medio, pero no son el fin en sí mismo.

Para lograr disminuir y eventualmente erradicar las brechas de desigualdad es indispensable cambiar las estructuras diseñadas por un esquema patriarcal que aun con más mujeres en el poder sigue vigente. 

Los resultados arrojados en el proceso electoral que acaba de acontecer, nos permiten revisar en términos cuantitativos y cualitativos las expresiones de las posibilidades reales que tenemos las mujeres de acceder al poder y a la representación política.

No solo basta con ganar elecciones gubernamentales, sino también estar presentes en los ayuntamientos, pues ahí también se generan y distribuyen programas sociales, se llevan a cabo gestiones de seguridad pública, de servicios públicos entre otras funciones que impactan en el desarrollo de las mujeres.

Pero además, se debe asegurar que las mujeres en cualquiera de los ámbitos de gobierno tengan acceso a las funciones públicas en condiciones de igualdad, esto es, que las mujeres, al igual que sus pares, puedan a acceder a cargos de representación popular estratégicos.

Por ello, es importante que la igualdad se materialice en todos los ámbitos de gobierno, no sólo debe ser reconocida formalmente en las leyes y las normas, también debe ser efectiva, un hecho material y vivido por las personas diversas (igualdad real o sustantiva).

Hoy, más que nunca, la transición democrática pone en el centro de debate la participación de las mujeres. La disparidad numérica en la totalidad de los puestos de elección popular aún no alcanza el equilibrio.

Puede que, en la actualidad, las mujeres sean regidoras, presidentas municipales, gobernadoras y ahora una de ellas Presidenta de la República, pero como titulares de secretarías en los gobiernos locales y como presidentas municipales siguen subrepresentadas y en el último de los casos siguen siendo enviadas a territorios donde la gestión es menor.

Hasta este momento la disposición legal solo ha quedado plasmada en la constitución, ya que, la falta de voluntad de quienes tienen la obligación de garantizar la aplicación de la norma, se ha acoplado con la pasividad y simulación de los partidos políticos.

Esperemos que al menos en la integración de los despachos de gobierno, tanto federal, como local y municipal, se cumpla con la disposición legal.

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