Yaneth Angelica Tamayo Avalos
Parte I
“Los pueblos que no conocen su historia están condenados a repetirla”
SemMéxico, Querétaro, Qro., 24 de septiembre, 2024.-La falta de memoria histórica es un elemento que ha sabido aprovechar el partido oficialista para instruir a sus simpatizantes, pero también, las lecciones no aprendidas de la ciudadanía han jugado un papel determinante en la política y democracia de nuestro país.
Y un ejemplo de ello, es la reforma constitucional que incorpora a la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional, decisión que ante los ojos de una mayoría parece insignificante.
Se han olvidado que uno de los problemas por los que históricamente ha transitado México, tiene que ver con su pasado represor y con la implementación de modelos de seguridad nacional que se han ejecutado, los cuales han puesto en peligro la democracia y los derechos humanos de la ciudadanía.
De que va la reforma
La reforma constitucional tiene por objetivo reconocer a la Guardia Nacional como una fuerza de seguridad pública profesional de carácter permanente, dependiente de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Además, se establece que el ministerio público (fiscalías) y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno, incluida la Guardia Nacional, deben coordinarse entre sí para cumplir los fines de la seguridad pública, motivo por el cual se estipula que la investigación de los delitos que le corresponde al Ministerio Público y a las policías, en el ámbito de su competencia, estarán bajo la conducción y mando de la Guardia Nacional.
Para lo cual, se transferirá a la SEDENA los recursos presupuestarios y financieros que le corresponderían a la extinta Policía Federal y la Guardia Nacional, con excepción de aquellos requeridos para el personal que continuará, bajo la adscripción de la Secretaría del ramo de Seguridad Pública.
Asimismo, se precisa que la persona titular de la Comandancia de la Guardia Nacional, será designada por la presidencia de la república a propuesta del titular de la Secretaría de la Defensa Nacional y ratificada por el senado.
Ahora bien, contradictoriamente la misma propuesta establece que, en tanto no exista personal con formación de Guardia Nacional con la jerarquía de general de división de guardia nacional en activo, dicha designación recaerá en un general de División del Ejército, quien será capacitado en materia de seguridad pública.
Los cambios constitucionales también estipulan que en tiempo de paz ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que “tenga previstas en esta Constitución y las leyes que de ella emanen”.
Sin embargo, la ley per se, ya le confiere al mando militar funciones fuera de su ámbito, el hecho de actuar de forma permanente en materia de seguridad interna y de seguridad publica en los tres órdenes de gobierno, rebasa el límite a las actividades y a la temporalidad establecida **
Para analizar el papel y el lugar que las fuerzas armadas tienen en la Constitución mexicana no pueden dejarse de hacer algunas consideraciones de carácter histórico y político. Son la historia y la política las que nos proporcionan algunas claves para realizar una correcta lectura del texto constitucional. Por sí mismo, dicho texto no nos podría proporcionar el cuadro completo para comprender lo que han sido y son las fuerzas armadas en México.
México y su pasado represor
Desde principios de los años sesenta, México ha estado sometido a procesos parciales de militarización que se han adoptado como modelos de seguridad nacional o estrategias de seguridad que, en tiempos pasados ocasionaron enfrentamientos motivados por la búsqueda de la democracia y el cambio del gobierno autoritario.
Ocasionando desapariciones forzadas, torturas, abusos sexuales, matanzas, ejecuciones extrajudiciales, detenciones clandestinas, represión a la libertad de expresión, pero sobre todo él impedimento al acceso a la justicia y al esclarecimiento de la verdad.
Acciones que, si se recuerdan bien fueron propiciadas por la intervención violenta y represiva del ejército mexicano y de autoridades pertenecientes directamente del Ejecutivo.
Situaciones que generaron que México fuera condenado por múltiples violaciones a derechos humanos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Si bien, dichas sentencias exhibieron al Estado como un régimen autoritario, fue gracias a estas que se logró delimitar la competencia de las fuerzas militares para que dejaran de intervenir en asuntos de seguridad pública donde se veían involucrados civiles.
Pero, este logro que costó múltiples vidas y sufrimiento a las personas que en carne propia vivieron la represión militar, fue arrebatado por el Ejecutivo en la administración de Felipe Calderón, quien a forma de legitimación ante la ciudadanía después de un cuestionado triunfo electoral, otorgó nuevamente el poder a las fuerzas armadas para intervenir en asuntos de seguridad pública.
Bajo una supuesta guerra contra las drogas, en donde se empecinó en una declaratoria de guerra contra el narcotráfico; desplazando al ejército mexicano por las calles de todo el país e implementando retenes militares y estados de excepción, así como la presencia de mandos militares en las direcciones de seguridad pública de los Estados.
Ocasionando nuevamente, levantones, agresiones sexuales contra mujeres, el asesinato de inocentes, ataques directos contra periodistas, tortura, criminalización contra las y los jóvenes y demás atropellos, lo que representó violaciones sistemáticas a los derechos humanos de la ciudadanía.
Tan es así que la CNDH del 2006 a 2009, emitió más de 40 recomendaciones que, de acuerdo con sus investigaciones, confirmaban esos ilícitos.
Pero, además informó que a principios de 2011 había recibido cerca de 1 500 quejas por violaciones a derechos humanos de civiles contra la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), 500 contra la Marina y mil contra la Policía Federal Preventiva, indicando que las quejas contra estas instituciones militares y de seguridad habían aumentado entre 10 y 15% en los últimos tres años.
* Iniciativa original presentada ante la Cámara de Diputados: http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/65/2022/ago/20220831-III.pdf