La Opinión| La ley contra el feminicidio

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Angélica de la Peña

SemMéxico, Ciudad de México, 30 de marzo, 2026.- Un poco de historia; en la LIX Legislatura (2003/2006) desde la Cámara de Diputados, se integra por primera vez una Comisión Especial para investigar el feminicidio en el país; el antecedente más impactante eran los asesinatos de chicas en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Las cifras evidenciaron una sistematización imparable de asesinatos desde los años 90. Este fenómeno delincuencial empezó a llamar la atención por la desaparición de chicas y en su búsqueda, por desgracia aparecían sus restos.

Un gobernador terminaba su mandato y llegaba otro, pero los asesinatos de mujeres jóvenes incluso adolescentes prevalecían, la mayoría trabajadoras pobres o de la maquila cuyas fábricas se encontraban en zonas despobladas y sin transportes seguros. El fenómeno se caracterizó por un menosprecio aberrante: se podía violar, matar y desaparecer a una chica y no pasaba nada. Las madres clamaban: hasta que nuestras hijas vuelvan a casa.

La Comisión legislativa para investigar estos hechos fue presidida por la Diputada Federal Marcela Lagarde y de los Ríos, doctora Antropóloga Feminista de gran prestigio. Ella concibió la genealogía de la crueldad mortífera contra las mujeres, el feminicidio: asesinato violento de mujeres por el hecho de serlo, su motivación se caracteriza por un control misógino y se perpetra a partir de una tolerancia e impunidad del Estado.

Prevalece una discriminación estructural derivada de relaciones desiguales donde hay un predominio de un sexo sobre el otro. El tipo penal del feminicidio acuñado por Marcela, se incorpora dispar en algunos códigos penales.

La muerte violenta de mujeres evidencia que, en estas relaciones de poder, son la parte pasiva, sumisa, abnegada, reprimida y oprimida. El reconocimiento tardío de la ciudadanía de las mujeres, por ejemplo, el no tener su derecho al voto sino hasta los 50s, entre otras omisiones históricas, constatan que ha habido una desigualdad no sólo de tratos y oportunidades, sino también una exclusión ancestral para acceder a la justicia.

En la legislatura mencionada logramos con la dirección de Marcela Lagarde, la Ley General de Acceso de las Mujeres una Vida Libre de Violencia. Esta ley no es punitiva, sino esencialmente de prevención. Define puntualmente como objetivo la erradicación de la violencia contra las mujeres porque la nombra: es una violación a sus derechos humanos.

Pero el feminicidio y la violencia contra las mujeres han ido a la alza porque no hay políticas públicas para prevenirles, la Ley no se cumple por más reformas que se le adicionen; en realidad ha faltado voluntad política para ir al fondo del sistémico y estructural problema.

Hoy nos anuncia la presidenta Sheinbaum una reforma constitucional que dará lugar a una ley nacional contra el feminicidio. Ha dicho que toda muerte violenta de una mujer será investigada inicialmente como feminicidio; se eleva hasta 70 años la privación de libertad e inscribe 21 agravantes; el feminicida perderá derechos sucesorios y la patria potestad de sus hijos e hijas, y unifica la misma concepción del tipo penal en todo el país. Estaremos atentas a su discusión.

Por lo pronto reafirmamos que es necesario atender las causas de la desigualdad contra las mujeres por serlo. La administración pública en los tres órdenes de gobierno deben trabajar en la erradicación de los machismos y de la cosificación de las mujeres, y dejar al ministerio público como último recurso.

Defensora de derechos humanos

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Homenaje a las Costureras del 19 de septiembre, 1985.



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