- Asesinó a su agresor sexual y fue acusada de homicidio
- El caso en manos de la sala Constitucional
SemMéxico, Ciudad de México, 12 de marzo, 2025.- Lisby Dayana Allen Bardales de 18 años fue acusada por homicidio y porte ilegal de arma de fuego luego de asesinar a un hombre que abusó sexualmente de ella en un motel en Olanchito, Yoro, en Honduras.
Ella misma llamó a la policía y les contó los acontecimientos de los que había sido víctima. Sin embargo, el aparato de justicia se volcó contra ella, una joven negra, sin recursos para llevar su propia defensa y la acusaron de homicidio. Ella sola contra el Estado.
Hoy, la sala Constitucional brinda una luz de esperanza al caso de Lisby, al admitir el Recurso de Revisión contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Letras Seccional de Olanchito Yoro de fecha 26 de enero del 2023.
El caso de Lisby es acompañado por la Red Lésbica Cattrachas, organización hondureña que ha tenido una incidencia jurídica y política muy importante en el Sistema Interamericano de derechos humanos, al lograr sentar jurisprudencia regional con enfoque diferenciado e interseccional y por las organizaciones mexicanas CLADEM (Comité de América Latina y el Caribe para la defensa de los derechos de las Mujeres) una red feminista referente en el ámbito de la Justicia utilizando el derecho como una herramienta de cambio y Justicia pro Persona, organización comprometida con la defensa y promoción de los derechos humanos, centrada en la erradicación de la violencia de género y feminicida en México.
Estas organizaciones, han tomado el caso de Lisby, como un caso de Justicia internacional, por lo que acudieron a la Corte Suprema de Justicia Hondureña a solicitar Revisión del caso ante las múltiples fallas y omisiones advertidas por las juristas especialistas. Defenderse de un violador no es un delito.
Lisby actuó en legítima defensa y debe ser reconocida por el sistema judicial. La decisión de encarcelarla no solo es injusta, sino que refleja un patrón más amplio de criminalización de las mujeres que se defienden de sus agresores, especialmente mujeres racializadas como Lisby.
La Corte Suprema en Honduras, ha realizado esfuerzos importantes para la implementación de la perspectiva de género, en el año 2024, capacitó en esta materia a jueces y juezas del país. Sin embargo, la capacitación no es suficiente si no se refleja en las sentencias y resoluciones con perspectiva de género.
En el caso de Lisby, no hubo en su momento, justicia con perspectiva de género, no se atendió el contexto de violencia que enfrentó y el derecho que tiene toda persona a defender su vida. La justicia debe ser imparcial y proteger a las víctimas de violencia sexual, no revictimizarlas y criminalizarlas.
Con la admisión el día de hoy del Recurso de Revisión del caso de Lisby, se presenta una oportunidad única al Poder Judicial en Honduras y al sistema de justicia hondureño, para hacer una revisión profunda del caso, incorporar la perspectiva de género y emitir una sentencia justa que declare la libertad absoluta de Lisby.
Este caso no es solo una lucha por la libertad de Lisby, es una lucha por la Justicia, la verdad y la garantía de no repetición. Y es el caso que brindará la oportunidad a la Corte Suprema de Justicia en Honduras, para abatir las profundas fallas del sistema judicial hondureño y en reconocer y abordar la violencia de género con la perspectiva necesaria para garantizar justicia.