Miradas de Reportero| Por la Corte, será más atroz la polarización política en radio y televisión

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Rogelio Hernández López

SemMéxico, Ciudad de México, 5 de septiembre del 2022.- Muy pocas personas entendieron que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) les quitó a las empresas privadas de radio y televisión las protecciones que lograron en 2017 para no separar las opiniones de la información y no instituir defensores de las audiencias como les ordenaba la ley de 2014.

Ese blindaje legal que tuvieron las empresas de radio y televisión por casi cinco años saturó de propaganda política beligerante a la mayoría de los medios privados, pero también a los públicos.

Eso, más la amplísima libertad de distorsionar y difamar en las redes sociales, facilitó la polarización política en los medios, nunca antes vista.

Y ahora, hasta que el Congreso de la Unión enmiende el vacío legal que creó la Suprema Corte, serán más intensos y atroces los intercambios mediáticos con opiniones encontradas, descalificaciones y mentiras. 

Blindaje eliminado

El 30 de agosto la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió anular las reformas de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión por errores de procedimiento del propio Congreso de la Unión, que en su momento se calificaron como albazo legislativo (no hacer consultas suficientes, aprobar las reformas velozmente y publicar la ley el mismo día).

Los párrafos y apartados que se derogaron o modificaron en 2017 y que la Corte invalidó se pueden observar en la versión de la ley vigente que difundió, casi de inmediato, la Cámara de Diputados federal (https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFTR.pdf

La Corte invalidó que se haya derogado en 2017 el apartado III del artículo 259 donde se establecía el derecho de las audiencias “a que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta” (y) “contar con una defensoría de audiencia, que será responsable de recibir, documentar, procesar y dar seguimiento a las observaciones, quejas, sugerencias, peticiones o señalamientos de las personas que componen la audiencia”.

La corte también invalidó el apartado IV del mismo artículo, al que en 2017 le introdujeron “precisiones” para disimular el cumplimiento de esas obligaciones. Por ejemplo, donde se ordena que se debe avisar “cuando un concesionario inserta dentro de su programación informativa un análisis o comentario editorial” le añadieron la frase:cuyo tiempo de transmisión ha sido contratado por un anunciante. (Subrayado de RHL)

La Corte también invalidó los cambios y añadidos que en 2017 se hicieron al apartado X del mismo artículo 259 para disimular que se cumplía la obligación de contar con códigos de ética supervisados y, para ello, se introdujo como defensa la autorregulación.

Estos son dos de esos párrafos agregados en 2017: El Código de Ética será emitido libremente por cada concesionario y no estará sujeto a convalidación o a la revisión previa o posterior del Instituto o de otra autoridad, ni a criterios, directrices, lineamientos o cualquier regulación o acto similar del mismo Instituto u otra autoridad.”

“En la aplicación de lo dispuesto en el presente Capítulo, el Instituto deberá garantizar que los concesionarios de uso comercial, público y social cuenten con plena libertad de expresión, libertad programática, libertad editorial y se evite cualquier tipo de censura previa…”

Y en el Artículo 311, en 2017 se eliminó la fracción II del inciso c) que imponía sanciones por “No cumplir con los lineamientos de carácter general que emita el Instituto sobre las obligaciones mínimas para los defensores de las audiencias.”. La Corte anuló esa derogación que se hizo en 2017.

La Corte aclaró, mediante un comunicado el 31 de agosto de 2022, que la declaración de invalidez de todas las reformas de 2017 no daría vigencia a la ley de 2014: “no se ordenó la reviviscencia del texto anterior de este ordenamiento… por lo cual el vacío normativo deberá ser colmado por el Congreso de la Unión, a través de la emisión de nuevas disposiciones en la materia”.

Los aprestos

Los vacíos legales de esta resolución de la Corte causaron reacciones inmediatas y encontradas tanto de las asociaciones de investigadores de la comunicación que impulsaron la reforma de 2014 para dar derechos a las audiencias como de la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT) que promovió las reformas de 2017 para evadir obligaciones.

La CIRT anticipó sus temores a lo que podría hacer el Congreso de la Unión, donde hay fracciones mayoritarias a favor del gobierno federal. Se buscará, dijo, “devolver al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) las facultades para que sea el encargado de regular los derechos de las audiencias, en lugar de que lo hagan los propios medios de comunicación que tienen una concesión de radio o televisión.” Y que con ello “se ejerza presión indebida a la radio y la televisión respecto de la información noticiosa que transmiten”.

Por eso anticipó que “en caso de ser necesario recurrirá a instancias internacionales como la Corte Interamericana de los Derechos Humanos para hacer valer sus profundas preocupaciones sobre las medidas incompatibles con la garantía de la libertad de expresión… y en contra de la labor periodística y de comunicación en nuestro país”.

La polarización

El Presidente de la República ha manifestado insistentemente que han estudiado el comportamiento de la mayoría de medios privados y que, especialmente conductores de noticias y opinadores en la radio y televisión, se volvieron opositores y están por el regreso a las condiciones que prevalecían en el régimen político anterior y en la esfera de la comunicación política. “Son adversarios la mayoría de los medios, con honrosas excepciones” reitera López Obrador cada que puede.

Y efectivamente el sector privado es abrumadoramente mayoritario en la industria de la radio y televisión. Un diagnóstico realizado en mayo de 2020 por la Unidad de Competencia Económica del Instituto Federal de Telecomunicaciones arrojó que había un total de 1 mil 841 estaciones de radio y más de 400 canales de televisión, en su mayoría controladas por corporativos.

En contraparte los medios electrónicos públicos y sociales significan apenas un 7.5 % de ese total. De radio sumarían 130 estaciones. El Instituto Mexicano de la Radio cuenta con 17 emisoras terrestres en todo el país, las radios universitarias en México suman medio centenar y las radios comunitarias e indígenas vinculadas a la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) son 62. Los canales de televisión públicos apenas sumarían 40.

La Televisión, en primer lugar, seguida por la radio, son los medios más vistos y oídos por los mexicanos y por ende tienen las mayores posibilidades de influir y formar corrientes de opinión.

A pesar de la asimetría de capacidades comunicativas entre el sector privado y el público, la polarización política en los medios impresos y electrónicos ha sido álgida, prácticamente desde 2018.

Es así, porque en los medios públicos también se desfiguró el servicio a la población y en buena parte de ellos se incorporó mucha información propagandística para defender la agenda del gobierno federal y el acoso opositor en los medios privados.

Ambas caras del fenómeno polarizador se comprueban en uno de los estudios académicos más recientes titulado Pensar lo público desde la comunicación promovido por la División de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad Autónoma Metropolitana-Unidad Xochimilco. En varios ensayos coordinados por Sara Makowsky Muchnik, Patricia Ortega Ramírez y Margarita Reyna Ruiz se explica lo siguiente:

“En la era del capitalismo informacional y de una ecología de medios de naturaleza convergente, multimedial, hipertextual, reticular e interactiva; lo público se ve amenazado por una concentración inusitada de poder, tecnología, información y mecanismos de vigilancia en unas pocas corporaciones tecno-mediáticas globales que actúan sin regulación.”

“Estas grandes corporaciones diseminan en el ciberespacio —particularmente en las plataformas socio-digitales— algoritmos, cámaras de eco y burbujas que terminan asfixiando el disenso, la pluralidad y la diferencia, a la vez que exacerban la polarización y la fragmentación social.”

Y en el otro extremo se ubica la reacción de los gobiernos, se afirma en la investigación académica:

“En el horizonte latinoamericano, donde campea un repertorio variado de populismos, los movimientos de contracción de lo público tienden a erosionar la democracia y los distintos ámbitos de los espacios públicos”.

“Particularmente en el México contemporáneo, donde los medios públicos de comunicación se han convertido en altoparlantes populistas o cuando se vuelven una caja de resonancia de afirmaciones no verificadas o no verdaderas emitidas en las “mañaneras” por el presidente López Obrador.”

Y como ejemplo de eso se examinó acuciosamente la programación del canal 14 y canal 11, lo de mayor alcance e influencia del sector público.

En resumen, con el vacío legal que produjo la decisión de la Corte, ya sin los derechos de las audiencias a que no les disfracen la propaganda y tengan defensores en cada frecuencia, ahora se licenciará prácticamente a los contendientes para continuar sus confrontaciones con críticas sin soporte, con noticias falsas y opiniones deliberadamente sesgadas y sin árbitros. Las víctimas por la desinformación y la polarización agudizada seguirán siendo los mexicanos interesados en lo público.

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