Nueva Ley Orgánica de la FGR integra los derechos de las víctimas a tener información desde el principio hasta el final del proceso penal: Monreal Ávila

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  • El Senado discute con la Fiscalía los cambios y mantiene al Sistema Nacional de Búsqueda de Personas
  • Para  las víctimas de desaparición de personas se fortalece la investigación, persecución y sanción de ese delito

Elda Montiel             

SemMéxico. Cd. de México 15 febrero 2021.-  Entre las modificaciones al proyecto de Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República destacan los derechos de las víctimas a tener información desde el momento que presenten la denuncia hasta el final del proceso, dictar medidas de protección, dictar sin demora la orden de búsqueda y localización de personas desaparecidas.

También se integró el mantener el Consejo Ciudadano que era una demanda del representante en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

En el marco del diálogo que sostuvieron el titular de la Fiscalía General de la Republica, Alejandro Gertz Manero, y el coordinador de la bancada de Morena, el senador Ricardo Monreal Ávila, se destacó, en un comunicado, que se mantuvieron de manera sensible e integral, las preocupaciones de la sociedad.

Se logró incorporar, como parte de la estructura del órgano de mecanismos alternativos, la solución de controversias y las facultades de las fiscalías especializadas, las cuales no estaban contempladas en la iniciativa.

Entre los cambios resaltan los conceptos de autonomía de las personas servidoras públicas de la Fiscalía, así como la independencia y autonomía técnica de los agentes del Ministerio Público de la Federación.  

En cuanto a la participación de la FGR en el de la FGR en el Sistema por lo que se buscó una redacción alternativa para mantener su participación, con voz, pero sin voto.   

Respecto a la elegibilidad para la persona titular de la Fiscalía, el requisito además de la calidad profesional es tener reputación y honorabilidad. También deberá comparecer ante cualquiera de las dos Cámaras del Congreso de la Unión y remitir anualmente, durante el segundo periodo ordinario de sesiones, un informe de actividades. 

Se incluyeron los supuestos de suplencia y representación de la persona titular de la FGR. En caso de ausencia definitiva, la titularidad de la Fiscalía General será ocupada temporalmente por quien encabece la Fiscalía de Control Competencial. 

 Y en cuanto a la renuncia del Fiscal General, la cual no estaba contemplada, deberá ser sometida al Pleno del Senado para su aceptación y aprobación, mediante el voto de las dos terceras partes. La renuncia solamente procederá por causa grave, así calificada por este órgano legislativo.

El senador comentó que la persona titular de la FGR podrá crear comisiones especiales, de carácter temporal, que gozarán de autonomía técnica y de gestión, para colaborar en las investigaciones de fenómenos delictivos de orden Federal que, a juicio de quien encabece el organismo, ameriten su creación. 

Estas comisiones tendrán como enfoque el acceso a la verdad, la justicia, la reparación integral y la garantía de no repetición. 

Además, se sustituye el Plan de Persecución Penal por un Plan Estratégico de Procuración de Justicia, mediante el cual se determinarán las estrategias y los objetivos por desarrollar, para la eficiencia y eficacia en la investigación y la persecución del delito.  

Sobre la investigación, persecución y sanción de los delitos previstos en esta legislación, se logró mantener intacta la normatividad por considerar que los cambios afectaban a las víctimas de tales ilícitos, pues en ellos se contempla la investigación, persecución y sanción de los delitos de desaparición de personas.  

Precisó el senador Ricardo Monreal Ávila que el proyecto deriva de un Parlamento Abierto en el que prevaleció el dialogo y la transparencia entre la Cámara de Senadores, integrantes de la Fiscalía General de la República (FGR) y diversos actores de la sociedad civil.

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