Opinión | El delito de feminicidio

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 Angelica de la Peña Gómez 

SemMéxico, Cd. de México, 13 de abril 2026.-La reforma constitucional contra el feminicidio es un hecho. Dotará al Congreso de la Unión de la facultad para legislar una nueva ley contra el delito de feminicidio. La ley pretende homologar el tipo penal en todo el país y resolver la disparidad que existe entre los códigos penales, locales y federal.

Se anticipa unificar en una sola ley los elementos y los diversos criterios para acreditar el tipo penal, los agravantes y sanciones diferenciados y la desigualdad en los criterios de investigación. Tienen 180 días para presentarla.

La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares ENDIREH nos muestra que la violencia psicológica es la más alta: 29.4%. Le sigue la violencia sexual: 23.3 %. Y donde se sufre mayor violencia es en el ámbito comunitario con un 22.4 %, y sigue el ámbito laboral. 2 de cada 3 mujeres entre 15 y 40 años ha sufrido algún tipo de violencia.

En datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública hay una incidencia a la baja en lo que va del año respecto de los anteriores; de enero a febrero del 2026 se asesinaron 94 mujeres, Sinaloa fue el más alto, siguiendo Ciudad de México, Veracruz y Chiapas, los 4 concentran el 41.5% de las víctimas.

En estos datos oficiales, en el sexenio de Peña fue subiendo año con año los asesinatos de mujeres, y el sexenio de López Obrador ha sido el más cruento, y el 2021 con mayor índice:1,022 víctimas. Es decir que ya con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia publicada en el DOF en febrero de 2007, y con las leyes estatales en esta materia, también con reformas a los códigos penales con sanciones al feminicidio incluso más altas respecto al homicidio calificado, hubo un permanente incremento del feminicidio.

Hay un elemento que llama la atención: en datos de la ENDIREH sólo uno de cada cuatro asesinatos de mujeres, se clasifica como feminicidio. Esta tendencia se ratifica en el Informe de la CEPAL sobre Violencia Feminicida en Cifras del año 2025: más de 5,000 mujeres asesinadas entre enero y octubre, y solo 597 casos se tipificaron en su investigación, como feminicidios. La conclusión de este estudio es contundente: “La violencia contra las mujeres y las niñas es sistemática, persistente y atraviesa todos los espacios y edades”.

La nueva ley penal no puede sustituir la participación efectiva y activa de las entidades federativas, porque este delito se perpetra mayormente en la cotidianidad, en los hogares y en los ámbitos comunitarios. Su prevención debe tocar los sistemas de relaciones consuetudinarios que no se quieren tocar, los “detentes” que no se quieren implementar, los cambios desde la educación y desde las familias para deconstruir la discriminación, el machismo y el predominio de un sexo sobre el otro, ponerle nombre al problema: la misoginia.

El dictamen de la reforma constitucional señala que “para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia es necesario un cambio profundo y estructural”. Agrego que sancionar, debe ser lo último, porque como señala la ley de Acceso, hay que prevenir, reconstruir las estructuras sociales que determinan comportamientos patriarcales.

Se necesita resolver las disparidades entre las leyes locales, pero sobre todo se necesita se reconozca que las mujeres no somos cosas, objetos que se pueden prescindir cuando no las pueden controlar. Porque por eso las matan.

Defensora de derechos humanos

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