PGJE Michoacán rechaza que mujeres víctimas de delitos deban hacer algún pago

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Martha Elba Torres

SemMéxico, Michoacán, 29 diciembre 2017.- La interpretación imprecisa del artículo 24 Sección IX sobre Derechos por Prestación de Servicios de la Procuraduría General del Estado de la Ley de Ingresos para 2018, aprobada por el Congreso local, pintó al Ejecutivo como insensible, aun cuando viene fortaleciendo las políticas públicas desplegadas contra la violencia de género en la entidad.

En el análisis y discusión del dictamen de la Ley presentado al Pleno el pasado miércoles 27, las diputadas Brenda Fraga y Socorro Quintana, cuestionaron la pretensión del Ejecutivo de cobrar certificados médicos y psicológicos a mujeres víctimas de violencia que acudieran a denunciar ante el Ministerio Público.

De inmediato, la PGJE emitió un comunicado en el que aclaraba que ningún trámite o servicio de la dependencia tiene costo para víctimas de delito a partir de denuncias o investigaciones de un hecho.

Eso sí, certificaciones solicitadas por particulares o cualquier autoridad ajena a una investigación, tendrá que pagar derechos por el servicio. Como en el Seguro Social que cobra toda atención médico externa – a no derechohabientes-.

“La Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) hace de su conocimiento que las certificaciones médicas y valoraciones que realice con motivo de investigación y persecución del delito son y seguirán siendo gratuitas.

El artículo 56 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado contempla exclusivamente costos por pago de derechos de pruebas periciales requeridas por las autoridades o particulares ajenas a la investigación y persecución del delito y cualquier otra análoga, y son estos los que están considerados en la Ley de Ingresos del Estado de Michoacán para el Ejercicio Fiscal del año 2018”, sostiene el despacho de prensa de la dependencia.

Sin embargo, tampoco es un cobro nuevo. De acuerdo a la leyes de Ingresos de 2016 y 2017 estos servicios externos ya estaban considerados y fueron aprobados por las mismas diputadas Fraga y Quintana. (1.LEY-DE- ING-EDO- 2017.2.pdf – Adobe Acrobat Reader DC)

SECCIÓN IX DERECHOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO
Artículo 24. Los Derechos que se causen por la prestación de Servicios de la Procuraduría General del Estado, se cobrarán de conformidad con las siguientes:

CONCEPTO
I. Perfiles genéticos de paternidad:
A) Casos civiles $ 10,000.00
B) Casos penales $ 0.00

II. Cartas de antecedentes no penales. $ 184.00
III. Consulta de vehículos no remarcados. $ 350.00
IV. Certificados médicos. $ 153.00
V. Certificado de lesiones. $ 458.00
VI. Certificados definitivos. $ 1,525.00
VII. Valoraciones odontológicas. $ 153.00
VIII. Valoraciones psicológicas. $ 458.00
IX. Visitas domiciliarias de trabajo social. $ 458.00
(…)
El pago de Derechos por los servicios referidos en esta Sección, se realizarán independientemente de que se emita o no el documento.

En la Ley de Ingresos de 2016 aparecen los mismos conceptos en el artículo 30 de la Sección XIII Derechos por Prestación de Servicios de la Procuraduría General de Justicia del Estado, solo que las legisladoras lo olvidaron.

(http://transparencia.congresomich.gob.mx/media/documentos/trabajo_legislativo/LEY_DE_INGRESOS_DEL_ESTADO_DE_MICHOAC%C3%81N_DE_OCAMPO_PARA_EL_EJERCICIO_FISCAL_DEL_A%C3%91O_2016_FE_DE_ERRATAS_29_ENERO_2016_1.pdf)

CONCEPTO
I. Perfiles genéticos de paternidad $ 6,664.00
II. Cartas de antecedentes no penales $ 179.00
III. Consulta de vehículos no remarcados $ 149.00
IV Certificados médicos $ 149.00
V. Certificado de lesiones $ 445.00
VI. Certificados definitivos $ 1,481.00
VII. Valoraciones odontológicas $ 149.00
VIII. Valoraciones psicológicas $ 445.00
IX. Visitas domiciliarias de trabajo social $ 445.00

SEM/mt/lr

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