- Familia se congratula por decisión del máximo tribunal mexicano que sentará un precedente jurídico
- Debe tribunal de circuito reponer la sentencia considerando la perspectiva de género y el enfoque diferencial
Soledad Jarquín Edgar
SemMéxico, Ciudad de México, 9 de febrero, 2026.- Por unanimidad de votos, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó una sentencia que permitió la excarcelación de Jhoan Ricardo Mathus Marcial, una de las personas señaladas como responsables de la desaparición de la activista y defensora de Derechos Humanos, Claudia Uruchurtu Cruz y sienta un precedente jurídico.
La Corte estableció que se debe juzgar el delito de desaparición forzada cuando las víctimas son mujeres defensoras de derechos humanos con enfoque diferencial con perspectiva de género e interseccional, además de considerar el contexto de violencia estructural contra las mujeres como los riesgos agravados que enfrentan las personas defensoras por su labor.
“Esto quiere decir que el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y del Trabajo del XIII Circuito en Oaxaca debió apegarse a los estándares internacionales y nacionales”, señala en entrevista telefónica desde Reino Unido, Elizabeth Uruchurtu Cruz, hermana de Claudia.
Aunque nos da esperanza de que habrá justicia para Claudia, ahora tenemos que esperar la resolución en el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y del Trabajo del XIII Circuito en Oaxaca, quien tendrá que emitir una orden de aprehensión, añadió la entrevistada.
Como víctimas indirectas de la desaparición de mi hermana, vamos aprendiendo poco a poco sobre la administración de justicia, pero esta resolución sienta un precedente que favorecerá otros casos de desaparición forzada, puntualizó.
Por los hechos ocurridos en Asunción Nochixtlán, Oaxaca, el 21 de marzo de 2021, una, la expresidenta municipal de esa municipalidad fue puesta en libertad en diciembre del 2024, luego de que el juez señalara que sólo había obstruido la justicia imponiendo una pena de tres años siete meses, casi los mismos que llevaba en prisión, Lisbeth Victoria Huerta.
En tanto que los colaboradores de la exalcaldesa morenista recibieron penas de prisión de 60 años a uno de los inculpados; 45 años en dos casos y de 50 para Jhoan Ricardo Mathus Marcial, presunta pareja de la alcaldesa, y quien fue liberado por determinación de quienes integran Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y del Trabajo del XIII Circuito en Oaxaca el pasado mes de agosto pasado.
Ahora, la familia de Claudia Uruchurtu Cruz consideró acertada la revocación de la una sentencia que permitió la excarcelación de Jhoan Ricardo Mathus Marcial, quien deberá ser reaprendido.
La Sala Superior de la SCJN
Este mediodía de lunes, la sala superior de la Corte mexicana aprobó revocar el amparo directo en revisión 5887/2025 contra la sentencia emitida por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y del Trabajo del XIII Circuito en Oaxaca, dictada el 21 de agosto del 2025
Discusión de la que se excusó la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, quien tuvo a su cargo la investigación desde la Fiscalía Especial de Desaparición Forzada de la Fiscalía General de la República, considerando que tenía impedimento de acuerdo con la Ley de Amparo y así evitar un riesgo de imparcialidad.
A su vez el ministro ponente, Arístides Rodrígo Guerrero García, dijo que el proyecto exigió un análisis judicial cuidadoso y especializado para evitar impunidad, ya que parte de que la desaparición forzada que es una de las formas más graves de violencia.
Consideró que las personas juzgadoras deben realizar una valoración integral de las pruebas considerando los elementos circunstanciales, indirectas y el contexto en el que ocurrieron los hechos. Así como es necesario tomar en cuenta el enfoque diferenciado, la vulnerabilidad de la víctima por tratarse de una defensora de derechos humanos.
Propuso que la sentencia concedida en agosto del año pasado se revocara y fuera devuelto al tribunal colegiado para que se realice un escrutinio judicial con perspectiva de género e interseccionalidad y emita de esta manera una nueva decisión conforme a derecho.
La desaparición forzada es uno de los delitos más graves: Esquivel
La ministra Yasmín Esquivel aseguró quien afirmó estar de acuerdo con la propuesta, expuso que la desaparición forzada es uno de los delitos más graves y que puede haber, pues por su naturaleza afectan a la víctima directa, pero además rompe el tejido social, instala el miedo, erosiona la confianza en las instituciones y coloca a las familias en una incertidumbre permanente.
Hizo hincapié en que los órganos jurisdiccionales tienen la obligación de incorporar la perspectiva de género e interseccionalidad cuando la víctima pertenezca a un grupo en situación de vulnerabilidad, como son las mujeres defensoras de derechos humanos, quienes enfrentan riesgos agravados por razones de género y por su labor en la defensa y protección de los derechos.
El enfoque de género no inclina la balanza a favor de una condena. Por el contrario, se pronuncia a favor de una decisión mejor fundada, más compleja y constitucionalmente más armónica, dijo la ministra.
Secundado por el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz quien señaló que la situación involucra dos aspectos fundaméntales en los que se tiene que poner atención, la desaparición de una mujer y debe de tenerse perspectiva de género. Además, ella es defensora de derechos humanos y creo que eh se debe de atender también esta perspectiva en la solución.
Tribunal de Circuito debe corregir una deficiencia metodológica fundamental
En tanto el ministro Giovanni Figueroa sostuvo que la propuesta sostiene de manera contundente que requerir pruebas directas o corroboraciones periféricas en un entorno de criminalidad estatal no contempla la clandestinidad inherente a estas conductas.
En consecuencia, añadió, se ordena emitir una nueva sentencia donde se reconozca que la prueba circunstancial e indiciaria mediante un razonamiento inferencial lógico es el camino idóneo para vencer la presunción de inocencia sin imponer a las víctimas una carga probatoria imposible de satisfacer.
Así se corrige una deficiencia metodológica fundamental al integrar el enfoque de género como una obligación constitucional y citó que la relevancia social de este enfoque radica en que obliga a las personas juzgadoras a valorar el riesgo agravado que enfrentan las mujeres transformando la labor judicial en una herramienta que proteja realmente y evite que las condiciones de vulnerabilidad se traduzcan en impunidad institucional.
El ministro Figueroa dijo que la resolución adquiere una trascendencia jurídica al armonizar el sistema interno con los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Al establecer que el control del Estado sobre el lugar de los hechos y las evidencias no debe beneficiar al victimario.
Se reconoce la lucha de las familias: Espinosa
En su momento el ministro Irvin Espinosa Betanzos. Gracias, sostuvo que el tema de desaparición forzada es complicado y doloroso, traerlo a la corte implica reconocer la lucha de las familias.
La ministra Loreta Ortiz expuso que en México hay 133 mil 518 personas desaparecidas y no localizadas por lo que este fenómeno delictivo, conlleva la obligación, de desplegar un esfuerzo para que los más altos estándares nacionales e internacionales y criterios en materia de derechos humanos se traduzcan en una práctica judicial real y efectiva, a fin de prevenir, castigar, sancionar, reparar las violaciones de derechos humanos en este tipo de caso.
No se juzgó con enfoque diferenciado ni perspectiva de género
Lenia Batres Guadarrama también estuvo de acuerdo con la propuesta que revocó la sentencia que liberó a una de las personas que estuvo involucrada en la desaparición de la defensora Claudia Uruchurtu.
Consideró que el tribunal colegiado no cumplió con su obligación de juzgar el caso con un enfoque diferenciado mediante la aplicación de la perspectiva de género y la interseccionalidad.
Agregó que el tribunal colegiado pudo tomar especial atención en las afirmaciones tendientes a evidenciar que la víctima tenía problemas con exfuncionarios públicos implicados en los hechos de su desaparición debido a que había denunciado eh desfalcos de dinero, hechos de corrupción y todas eh pues eh diversas cuestiones económicas eh derivadas de la gestión en el municipio donde eh laboraban las personas exfuncionarias entre las que se incluía el quejoso.
El delito que se cometió contra Uruchurtu tuvo como objetivo silenciarla, en el sentido de limitar su intervención en el debate público o restringir su rol en la defensa de los derechos humanos era un elemento sustancial que debió considerar el tribunal colegiado, dijo la ministra Batres.
La ministra María Elena Ríos González y Loreta Ortiz discutieron sobre la cifra de personas en desaparición forzada, señalando la segunda que ella señaló que de acuerdo con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y no localizadas. La víctima directa, Claudia Uruchurta, forma parte de las 133 mil 518 personas desaparecidas, no dije por desaparición forzada y no localizadas en el país, se trata de un crimen de lesa humanidad, cuando reúne ciertos requisitos, por lo que es obligación del Estado ayudar a localizar a la persona.
Finalmente, los y las ministras aprobaron revocar la sentencia que liberó a Jhoan Ricardo Mathus Marcial, implicado en la desaparición forzada de Claudia Uruchurto, tocará a ahora al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y del Trabajo del XIII Circuito en Oaxaca, dictar una nueva sentencia.



https://www.cepal.org
• Portada del sitio de la reunión: 
