Se incorpora el principio constitucional de paridad en cinco legislaciones, Cámara de Diputados

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  • El dictamen señala que es necesaria una participación paritaria, real y efectiva de las mujeres en espacios de toma de decisión.
  • Senadoras y senadores consideraron que es inadmisible cualquier tipo de violencia contra las mujeres y más durante el embarazo.

Elda Montiel

SemMéxico, Ciudad de México, 3 de marzo del 2023.- Se aprobó en la Cámara de Diputados modificación a cinco legislaciones para incorporar el principio constitucional de paridad, que tiene como finalidad la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en respuesta a los compromisos nacionales e internacionales para la inclusión de las mexicanas en espacios de toma de decisiones.

Las legislaciones son la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; la del Sistema Nacional de Información, Estadística y Geografía; la Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; del Banco de México; y de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Los cambios establecen  que se deberá cumplir con el principio de paridad de género en el nombramiento de las Secretarias de Estado, la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), comisionados del Instituto Federal de Telecomunicación, Junta de Gobierno del Banco de México y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

El dictamen señala que es necesaria una participación paritaria, real y efectiva de las mujeres en espacios de toma de decisión, por lo que garantiza que ellas ocupen espacios en un 50 por ciento. Sin discriminación y sin violencia política, se podrá avanzar en esta materia.

Sostiene que la finalidad de las reformas radica en establecer un lenguaje incluyente que destaque el papel de las mujeres en los espacios de toma de decisión, tanto de la administración publica federal como en los organismos constitucionales autónomos.

Aumentan años de cárcel por violencia en contra de mujeres embarazadas, en Comisión de Senado   

En la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, que preside el senador Rafael Espino de la Peña, aprobó un dictamen que reforma el Código Penal Federal para incrementar hasta en una mitad las sanciones establecidas para la violencia física, sexual y psicológica en contra de las mujeres en caso de que estén embarazadas.

Senadoras y senadores consideraron que es inadmisible cualquier tipo de violencia contra las mujeres y más durante el embarazo por parte de las parejas, familiares, compañeras y/o compañeros de trabajo, conocidos o cualquier otra persona. Es deber de toda autoridad, cualquiera que sea su ámbito de competencia u orden de gobierno, cuidar, proteger, asegurar, salvaguardar la integridad y el desarrollo de las mujeres embarazadas.

Dichas sanciones se aplicarán de acuerdo con lo establecido en el artículo 52 de este ordenamiento, establece que el juez fijara las penas y medidas de seguridad que estime justas y procedentes dentro de los límites señalados para cada delito.

La legislación vigente, prevé entre otras sanciones, prisión de dos a nueve años para quien comete lenocinio; de dos a nueve años de cárcel para la intimidación; de ocho a 20 años por violación, y de cinco a ocho años de prisión a quien infiera una lesión de la que resulte una enfermedad.

Con la reforma, estas y otras penas que se establecen en los artículos 206,219, 260, 265, 282, 291, 292 y 293 del Código Penal Federal, dichas sanciones se incrementaran hasta en una mitad, en caso de que la víctima este embarazada.

SEM/MG

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