Advierte la academia: la Reforma no mira a las víctimas de la violencia y deja a un lado los derechos humanos consagrados en la Constitución
La falta visión de género, análisis de tribunales locales y seriedad en el planteamiento y eliminar la ley de amparo va en contra de la Constitución
Concluyó el encuentro académico Foros Reforma Constitucional en Materia de Justicia, organizado por la UNAM donde participaron 74 especialistas y siete moderadores en un ambiente de pluralidad, libertad y sin prejuicios
Sara Lovera
SemMéxico, Cd. de México, 5 de agosto, 2024.- La reforma al poder judicial planteada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, lo que tiene son grandes faltantes, está hecha sin considerar a la población, los derechos humanos y atenta contra el control constitucional.
Los vacíos y preocupaciones se manifestaron durante varios días en 74 ponencias, sesiones de discusión y reflexión, lo que dejó claro que es necesaria una reforma, seria y comprometida con la población, ajustada a la Constitución y poniendo en el centro a las víctimas.
También se dijo que la propuesta presidencial no tiene visión de género; no garantiza y no mira los derechos humanos, ni considera de fondo la situación de las víctimas, no aborda aspectos de los tribunales locales, ni cómo actualizar el juicio de amparo. No aborda el contexto de la inseguridad y tiene defectos técnicos.
El examen realizado en 7 reuniones académicas denominada Foros Reforma Constitucional en Materia de Justicia, organizado por la UNAM, concluyó este fin de semana.
Las opiniones y análisis, expresadas por las y los especialistas advirtió que lo más grave de la propuesta es que carece de eficacia para cumplir con el mandato constitucional sobre los derechos humanos y de las víctimas, de la inseguridad en la que viven enormes grupos de la población.
Hubo consenso en que debe reformarse el Poder Judicial, pero, se advirtió, que es necesario ésta otorgue herramientas para que la justicia sea administrada por tribunales competentes que actúen con imparcialidad y con igualdad de oportunidades, para hombres y mujeres, lo que no se logrará con el voto universal y secreto, porque ello la haría más lenta de lo que es. .
Pero además, debiera poner hasta arriba la urgencia del profesionalismo de ese poder y garantizar sus principios de independencia, imparcialidad y autonomía, tal como se planteó en la última sesión de trabajo de estos foros.
La Independencia del Poder Judicial ante todo
En la clausura del encuentro académico Hugo Alejandro Concha Cantú, abogado general de la UNAM al resumir dijo que hubo consenso en la necesidad de realizar una amplia y profunda reforma en la materia y estacó que entre las y los participantes variaron los contenidos, pero no la esencia.
Mónica González Contró, directora del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ), y Sonia Venegas Álvarez, titular de la Facultad de Derecho (FD) dijeron que la reforma debe poner atención a un mayor acceso a la justicia, a una más amplia y mejor tutela judicial, a un conjunto de instituciones jurisdiccionales más eficientes en sus procedimientos y plazos, y más eficaces en sus impactos, pero también que estas instituciones sean órganos que rindan cuentas de sus acciones y que no caigan en abusos o en redes de corrupción y, sobre todo, preservar y fortalecer la independencia en su actuar.
Fernando Macedo Chagolla, director de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón, afirmó la comunidad universitaria no puede permanecer ajena a una propuesta que puede cambiar las funciones de uno de los tres poderes que componen a nuestra nación-Estado.
Y afirmó que “Estamos lejos de nuestros ideales de justicia, por ello, el marco jurídico debe seguir cambiando y los intereses que impulsen esa transformación deben ser los de la sociedad”.
A su vez, Nora del Consuelo Goris Mayans, directora de la FES Acatlán, señaló:” las reflexiones se realizaron en un ambiente de pluralidad, libertad y sin prejuicios, y reiteró que la Universidad Nacional es un espacio de encuentro para todos los y las mexicanas.
Destacó que las aportaciones de los Foros muestran la necesidad de contar con jueces capacitados, preparados y que generen confianza entre la ciudadanía, y un Poder Judicial garante de la legalidad y de la Constitución.
En la Mesa Siete, Justicia expedita, Perla Gómez Gallardo, defensora de los derechos humanos y profesora de la FD, expuso que se ha dicho que la justicia debe ser expedita, pero no se cumple con las condiciones para que sea pronta: “se debe dirimir y dilucidar; en tanto, la resolución debe ser expedita, al mismo tiempo que imparcial y completa.
De acuerdo con el Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal de 2023, hay 54 mil 388 operadores jurídicos y con esa cantidad no se puede lograr una resolución de esas características.
Para María Macarita Elizondo Gasperín, ex consejera electoral , esa reforma constitucional debe encaminarse hacia el bien común. Es necesario fomentar la participación ciudadana buscando una sociedad activa en el ejercicio del derecho a la justicia, despresurizando las cuestiones judicializadas e institucionalizadas y que el Estado deje de tener control preponderante de solución de conflictos. Es un reto, pero es alcanzable y plausible.
El investigador del IIJ, José de Jesús Orozco Henríquez, señaló que una de las fallas de la iniciativa es no prever medidas necesarias que contribuyan, de manera efectiva, a evitar el rezago y atraso judicial, y a garantizar justicia pronta y expedita, como es el necesario incremento sustancial a los presupuestos del Poder Judicial de la Federación y de los poderes judiciales de las entidades federativas.
Francisca Pou Giménez, investigadora del instituto, afirmó que la propuesta contiene poco en términos de garantía de justicia pronta y expedita; no soluciona ninguno de los importantes problemas existentes en materia de acceso efectivo a la justicia.
Es claro, agregó, que generará mayor saturación en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Además, el sistema de elección de las personas juzgadoras por sufragio universal ralentizara la justicia, pues tendrán mucho por aprender.
En el auditorio Héctor Fix Zamudio del Instituto de Investigaciones Jurírica IJ, Francisco Burgoa, propuso la modernización y digitalización del sistema judicial, para lo cual se requiere infraestructura y presupuesto.
Consideró fundamental la capacitación continua de jueces y del personal judicial, junto con transparencia y rendición de cuentas. Además, que se conozcan mejor las sentencias y que puedan ser leídas por cualquier persona, en un lenguaje “ciudadano”, junto con una campaña permanente de difusión de los servicios que ofrecen los tribunales, incluyendo a los que no forman parte del Poder Judicial de la Federación. “Se requiere una reforma amplia”.
Al hacer uso de la palabra, Maricela Villegas Pacheco, profesora de la FES Aragón, sugirió que en la exposición de motivos de la reforma se incluya la necesidad de que haya jueces preparados y los juicios no sean tan largos. Se deben analizar los derechos de las víctimas, pues son las más afectadas.
La profesora de Acatlán, Sonia Maricela Santillán Montoya, acotó que elegir a los representantes de la justicia por voto popular no logrará que esos procedimientos sean rápidos. El retraso en la impartición de justicia no radica solo en las personas juzgadoras, sino en un problema estructural donde intervienen varios factores, como el número insuficiente de ellas.
El Poder Judicial debe ser transformado para que cumpla de manera eficiente con su encomienda principal: la protección de derechos humanos en plazos razonables; debe ser dotado de herramientas y respetar sus principios de imparcialidad e independencia; solo así se podrá consolidar un verdadero Estado constitucional en el país.
En la mesa moderada por Alfredo Sánchez Castañeda, profesor de la FD, Marco Antonio Escobar Cuapio, de la FES Acatlán resaltó que en los diversos foros y reflexiones realizados en torno a la reforma al Poder Judicial, la discusión se realizó a partir del punto de vista de los operadores jurídicos o de la conceptualización del derecho, desde la tradición jurídica, sin considerar lo que el justiciable requiere en lo cotidiano, desde la percepción de la ciudadanía con relación a la impartición y procuración de justicia para la cual se necesita una reforma profunda.
Jacobo Dayán, director del Centro Cultural Universitario Tlatelolco, sostuvo que no se puede pensar en una reforma de justicia si no vinculamos esta última con la seguridad, dada la urgencia y la tragedia humana que representan las personas asesinadas, desaparecidas, desplazadas, torturadas, etcétera. Se requiere implementar mecanismos extraordinarios que tengan como único objetivo regresar la gobernabilidad y la viabilidad del Estado.
Necesario, juicio de amparo que evolucione de acuerdo con las necesidades de la sociedad
La suspensión, un recurso de la Ley de Amparo, es una medida cautelar que tiene como objetivo paralizar provisionalmente en beneficio de la población los actos de la autoridad, con una óptica clara de derechos humanos, consideraron expertos de la UNAM.
Este fue otro de los temas en los Foros Reforma Constitucional en Materia de Justicia, Yuri Pavón Romero, director del Seminario de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho, opinó que la reforma propuesta por el Ejecutivo en febrero pasado va en detrimento de la capacidad analítica del juez y contra las garantías inalienables, pues se propiciará el autoritarismo al favorecer intereses que no son necesariamente jurídicos.
El profesor expresó que lo correcto sería tener métodos o normas específicas para llegar a una suspensión y la iniciativa presentada no lo plantea; por ello, si se pierde o niega a los jueces la posibilidad de argumentar en este sentido no se tendría un proceso reflexivo que les permita actuar en beneficio de las personas.
En la Mesa Seis, Efectos generales de la suspensión en control de la constitucionalidad de normas generales, Alberto Abad Suárez Ávila, investigador del IIJ, recordó que en los últimos años ya se han dado casos de suspensión; por ejemplo, en la vacunación en niños contra la COVID-19 o la distribución de libros de texto.
Coordinador del Área de Sociología del Derecho del IIJ, estimó que la reforma propuesta es congruente con los medios de control en el país, pero esto no quiere decir que sea buena. Sugirió que una suspensión solo debe proceder si es decretada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de votos y que sea un proceso completamente excepcional, para que no cualquier juez o ministro lo haga.
Ante académicos y expertos reunidos en el auditorio Héctor Fix Zamudio, del IIJ, Angélica Manríquez Pérez, profesora de la FD, apuntó: el juez es el centinela de la libertad, y cuando tiene miedo o depende de gobiernos, influencias o pasiones, ningún ciudadano puede dormir tranquilo.
Detalló que eliminar -a través de la reforma a la Ley de Amparo- la posibilidad de que la suspensión sea otorgada solo como una medida excepcional, implica ir en contra del Artículo Primero constitucional. “Hago votos porque el Poder Legislativo analice con seriedad esta reforma, que impacta seriamente a ese pueblo que ha puesto en el centro de la discusión”.
En la reunión moderada por Ángela Quiroga Quiroga, directora General de Estudios de Legislación Universitaria, Leonardo Fragoso Cruz, profesor de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón, dijo que los ciudadanos necesitan la resolución de un problema judicial y eliminar el recurso de la suspensión en la Ley de Amparo puede afectar en la implementación de políticas públicas en favor de los mexicanos, por ejemplo, aquellas relacionadas con el medio ambiente.
Enfatizó que, independientemente de una posible reforma, los jueces deben hacer siempre una valoración y ponderación de los derechos humanos. Puede existir alguna restricción, pero no se debe interpretar como una completa prohibición; se habla de discrecionalidad, sin embargo, tampoco debe ser absoluta, pues tiene que estar apegada a principios constitucionales y al derecho.
Ampliar el diálogo
Daniel Eduardo Prince Quezada, profesor de la FES Acatlán, expuso que la propuesta de reforma constitucional tiene límites de contenido y procedimiento: “cuenta con un déficit técnico, porque se han entendido mal los efectos de las sentencias de amparo y la denominada fórmula Otero” (que protege sólo a quien o quienes logran un amparo contra las leyes).
“Es contradictorio que un gobierno actúe en contra de la protección, así como del avance de los derechos humanos y las garantías procesales, por lo que debe ampliarse el diálogo horizontal”, sugirió.
En palabras de Carlos Pérez Vázquez, profesor de la FD, se busca de fondo la democratización del Poder Judicial, por lo que propuso la existencia -como se implementó de 1869 a 1929 en la época juarista- de los denominados jurados populares; es decir, un grupo de juzgadores ciudadanos que resuelvan casos extraordinarios en los ámbitos mencionados, con lo que evocó la frase: “hay mucha ley y poco pueblo”.
David Alejandro Parada Sánchez, profesor de la FES Acatlán, subrayó: “la reforma es congruente con lo que hoy tenemos, pero no con lo que necesitamos, se requiere que participen la sociedad y diversos sectores para afinar la propuesta. Necesitamos juzgadores más preparados, con sólida trayectoria técnica y éticamente su trabajo debe ser integral, por lo que se necesita un juicio de amparo que evolucione y se transforme a la altura de las necesidades de la sociedad mexicana”.
Alberto del Castillo del Valle, profesor de la FES Aragón, realizó un recorrido histórico por la creación e implementación de las leyes de amparo. Se refirió al principio de relatividad y sus efectos, así como a la propuesta contenida en la iniciativa que prohíbe otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad. En ese sentido propuso que los próximos legisladores discutan el tema personas que sean expertas.
Sugieren fortalecer los Tribunales Locales
La justicia local es punto clave para una eventual reforma del Poder Judicial, pero poco se aborda en la iniciativa presentada por el Ejecutivo en febrero pasado. Se requiere mayor número de jueces, a fin de acelerar la impartición de justicia y mantener su independencia para que respondan de manera efectiva a las necesidades de la sociedad, coincidieron académicos de la UNAM.
Durante la Mesa Cinco, titulada Justicia Local, de los Foros Reforma Constitucional en Materia de Justicia, Esteban Barrón Gutiérrez, académico de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Acatlán, expuso que la iniciativa es incompleta, pues se enfoca más al ámbito federal que a la justicia local y hay asimetrías entre ambos sistemas.
Los tribunales locales atienden 85 por ciento de los asuntos judiciales -divorcios, controversias en materia familiar, arrendamientos, juicios mercantiles, entre otros- mientras los federales, 15 por ciento; los segundos ejercieron en 2022, 77 mil millones de pesos y los locales apenas 50 por ciento.
Por ello, se pronunció por dotar de más recursos financieros, humanos y tecnológicos a los tribunales locales y establecer un sistema meritocrático para su desarrollo. Asimismo, aseguró que la elección de jueces y magistrados por voto popular no es viable. “Su legitimación no deviene de su elección, sino de la calidad de sus sentencias”.
En el Centro de Estudios Municipales y Metropolitanos de la FES Acatlán, César Iván Astudillo Reyes, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas, alertó que la propuesta de reforma sugiere hacer del poder judicial un nuevo órgano representativo, lo que cambia uno de los principios fundamentales de la representación política de México, pues desde hace 200 años se determinó en la Constitución que la división de poderes tendría dos órganos representativos (Ejecutivo y Legislativo) y uno de control (Judicial).
Astudillo Reyes consideró: Vamos a ver un cambio profundo en las dinámicas procesales y en cómo funciona la justicia de forma integral. De darse, traerá una afectación profunda a los principios sobre el sistema de división de poderes en el país, al tener tres órganos representativos.
El académico de la Facultad de Derecho (FD), Carlos Javier Verduzco Reina, indicó que la justicia local es el punto clave a la reforma del Poder Judicial. Es esta y eventualmente el trabajo de las fiscalías a las que se liga la percepción de la impartición de justicia, no a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La gente identifica el rezago al desaseo de los jueces, y la falta de sentencias oportunas como sinónimo de corrupción, lo que podría cambiar si se incrementa el personal en el sistema judicial local.
Asimismo, subrayó que es falsa la premisa respecto a que los juzgadores deben servir al pueblo, pues su tarea es preservar el imperio de la ley o de la Constitución y así sirven a la sociedad “como un contrapeso a los excesos de otros poderes y un vigilante permanente del Estado de derecho”.
El profesor de la FD, Hugo Carrasco Iriarte, aseveró que la justicia y la política nunca deben ir de la mano. Aun cuando la iniciativa de reformas al Poder Judicial Federal se apruebe, se encontrará con un “dique” en el tema de justicia local.
Lo anterior, debido a que la propuesta señala que las personas que integran los congresos locales serán quienes, de acuerdo con las constituciones y leyes orgánicas de las entidades, establecerán las condiciones para la elección de voto directo y secreto de jueces; recordó que en diversos congresos locales las fuerzas políticas que apoyan dicha iniciativa no tienen mayoría.
Con él coincidió Daniel Barceló Rojas, investigador del IIJ, quien acotó que la lentitud en los procesos judiciales locales no se resolverá con elecciones directas de los jueces, sino con el fortalecimiento del servicio civil de carrera. Aseveró que los magistrados y el personal en los tribunales locales es insuficiente para resolver la cantidad de casos que se le presentan. Por ejemplo, en el estado de Tabasco, donde hay 49 jueces, se abrieron 35 mil 289 procesos el año pasado.
Propuso analizar la adopción de un sistema de incorporación de jueces practicado en algunos estados de la Unión Americana, en los que hay una comisión no partidista, integrada por miembros de la sociedad civil, que mediante un examen público de oposición a los aspirantes determinan la idoneidad de candidatos. Los resultados se hacen públicos y en orden de mayor a menor mérito, y el gobernador y los diputados ratifican al primer lugar de la lista. En caso de cambiar el orden, deben justificar su determinación.
Estos jueces sirven por dos años y luego se presentan a una votación popular para evaluar su desempeño, sin intervención de partidos políticos, y se mantienen en sus funciones por nueve años.
En la mesa moderada por Mayra Janett Mérida Monter, coordinadora del posgrado de Derecho de la FES Acatlán, Claudia Ivonne Peñafiel Guzmán, profesora de la FES Aragón, expresó: actualmente los poderes judiciales de los estados determinan, bajo las reglas contenidas en sus constituciones, quién es el magistrado presidente del Supremo Tribunal, lo que genera que ciertos grupos de poder coopten el proceso y elijan a personas que preservan vicios.
Por ello, planteó que la posibilidad de que los ciudadanos elijan, de manera directa a los jueces, es una ventana para su fortalecimiento.
Al reflexionar sobre la eficacia actual del sistema judicial local, David Ulises Guzmán Palma, profesor de la FES Acatlán, sugirió que la reforma debe ser de carácter sistémico, pues es de todos sabido que los impartidores de justicia resuelven sobre los datos de prueba que les aportan los fiscales, pero en el sistema actual existen más causas para declarar improcedente un juicio, que hipótesis que permitan validarlo.
Puntualizó que un mecanismo para legitimar las sentencias es a través de socializarlas, pues al transparentarlas el juez debe referir su criterio públicamente.
A su vez, Juan Antonio Cruz Parcero, director del Instituto de Investigaciones Filosóficas, manifestó que hay problemas en el Poder Judicial y si bien se requieren cambios, la propuesta plantea un atajo que no tiene ninguna evidencia de que será exitosa.
“Quizá ha faltado seriedad para enfrentar reformas que aborden los temas fiscales, pero la elección democrática de todos los jueces no va a resolver nada, el resultado será tener miles de jueces que se seguirán enfrentando a todos los problemas que se quieren resolver hoy (poco financiamiento, corrupción, intromisión de grupos de poder, etcétera)”.
Necesario, juicio de amparo que evolucione de acuerdo con las necesidades de la sociedad
La suspensión, un recurso de la Ley de Amparo, es una medida cautelar que tiene como objetivo paralizar provisionalmente en beneficio de la población los actos de la autoridad, con una óptica clara de derechos humanos, consideraron expertos de la UNAM.
En los Foros Reforma Constitucional en Materia de Justicia, Yuri Pavón Romero, director del Seminario de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho, opinó que la reforma propuesta por el Ejecutivo en febrero pasado va en detrimento de la capacidad analítica del juez y contra las garantías inalienables, pues se propiciará el autoritarismo al favorecer intereses que no son necesariamente jurídicos.
El profesor expresó que lo correcto sería tener métodos o normas específicas para llegar a una suspensión y la iniciativa presentada no lo plantea; por ello, si se pierde o niega a los jueces la posibilidad de argumentar en este sentido no se tendría un proceso reflexivo que les permita actuar en beneficio de las personas.
Los efectos generales de la suspensión en control de la constitucionalidad de normas generales, Alberto Abad Suárez Ávila, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ), recordó que en los últimos años ya se han dado casos de suspensión; por ejemplo, en la vacunación en niños contra la COVID-19 o la distribución de libros de texto.