Fiscalía Oaxaca podría tipificar feminicidios como homicidios dolosos

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* Cuestiona Consorcio Oaxaca actuación de Fiscalía

* Piden que retome acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad y resolución de la SCJN

Redacción

SemMéxico, Oaxaca, 12 agosto 2019.-  La asociación civil Consorcio Oaxaca expresó su preocupación que los «homicidios dolosos», es decir, aquellos en los que el criminal busque intencionadamente la muerte de la víctima, podrían no estar siendo tipificados como Feminicidios. A pesar de que la Fiscalía ha reconocido un aumento considerable en homicidios dolosos contra mujeres y feminicidios.

En un comunicado de prensa, el organismo también integrante del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, condena y señala que en la actual administración gubernamental de Alejandro Murat Hinojosa han ocurrido 332 feminicidios cometidos en la entidad oaxaqueña, esto de acuerdo con el conteo hemerográfico hasta el 9 de agosto. 90 de ellos fueron perpetrados en lo que va del 2019.

Consideramos de suma importancia que la Fiscalía General del Estado retome el Acuerdo 04/XLIII/27 del Consejo Nacional de Seguridad Pública (CNSP) en el que se pactó que la Procuraduría General de la República (PGR) y las Procuradurías y Fiscalías Generales de Justicia de las 32 entidades federativas “iniciarán la investigación de toda muerte violenta de mujeres de carácter doloso bajo protocolos de feminicidio».

Asimismo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sentó precedente en la materia con la sentencia 554/2013 sobre el caso de Mariana Lima Buendía, joven de 28 años víctima de feminicidio por parte de su esposo, quien en ese entonces fungía como policía judicial del Estado de México y cuyo caso fui investigado en un inicio como suicidio.

La SCJN es muy clara y dicta lineamientos específicos para la investigación en los casos de asesinatos de mujeres, destacando principalmente que:

1) Todas las muertes violentas de mujeres deben ser investigadas como feminicidio, con perspectiva de género y con base en los estándares internacionales más altos;

2) En todos los casos es necesario recolectar y salvaguardar la evidencia para determinar si la víctima sufrió de violencia sexual o si ésta vivía en un contexto de violencia;

3) La inacción y la indiferencia del Estado ante los casos llevan a la revictimización y discriminación, por lo que los responsables deben ser sancionados.

Exigimos a las autoridades de procuración de justicia que todas las muertes violentas de mujeres inicien sus investigaciones como feminicidio; se apliquen los protocolos en la materia y las investigaciones sean realizadas con la debida diligencia, perspectiva de género, derechos humanos e interculturalidad.

Un caso ejemplo

Por otra parte, cabe señalar que en caso de la fotoperiodista María del Sol Cruz Jarquín, así como de la candidata a concejala segunda en el municipio de Juchitán de Zaragoza, Pamela Itzamaray Terán Pineda, feminicidios ocurridos el 2 de junio de 2018, la Fiscalía investigó los hechos como “homicidios dolosos”.

Al respecto, el Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca emitió el pasado 30 de mayo una resolución en la que advierte que no investigó con perspectiva de género enfocada a concretar una violencia política de género que pude catalogarse como un feminicidio.

SEM/gr

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