INE improcedentes medidas cautelares por actos consumados y por no advertir violencia política en razón de género en Oaxaca

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Los casos irán a salas especializadas uno de Querétaro

Denuncia contra un medio de comunicación, “improcedente”

Redacción

SemMéxico, Cd. de México, 13 de mayo, 2021.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) conoció esta mañana la solicitud de dos medidas cautelares. La primer queja fue interpuesta por el Partido Acción Nacional (PAN) en el marco de la elección de gubernatura de Querétaro y la segunda por Maribel Martínez Ruiz, quien denunció la posible constitución de violencia política en razón de género por la nota de un medio digital en Oaxaca.

En el primer caso, el 27 de abril el PAN presentó queja ante el Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ), en contra de Celia Maya García, candidata del partido Morena a la gubernatura de esa entidad federativa, denunciando que en el spot de radio y televisión denominado CELIA MAYA, MI HISTORIA, aparece Patricia González Miranda, quien es servidora pública federal, lo que vulneraría los artículo 134, párrafo 7 Constitucional y 100, párrafo 4, de la Ley Electoral del Estado de Querétaro. Por ello el PAN solicitó, como medida cautelar, el retiro del material denunciado.

La Comisión determinó improcedente la cautelar, al tratarse de actos consumados, pues el promocional tuvo una vigencia entre el 4 y el 21 de abril pasados, por lo que se trata de actos consumados de imposible reparación.

El segundo asunto correspondió a la queja presentada por Maribel Martínez Ruiz, candidata del Partido del Trabajo (PT) a diputada federal por el principio de Representación Proporcional en el actual Proceso Electoral Federal, quien denunció la posible comisión de hechos que constituyen violencia política contra la mujer en razón de género, con motivo de la publicación en Twitter de una columna titulada “Lavar puercos con agua y con jabón” a cargo de Guillermo Hernández Puerto, en donde a su juicio se le denigra por ser mujer.

La Comisión determinó también la improcedencia de las medidas cautelares pues, de un análisis preliminar, la columna contiene una opinión severa dirigida hacia varias figuras públicas de la vida política de Oaxaca y, mas no es posible advertir que las expresiones que realiza hacia la quejosa tengan como base su condición de género, ni le afectan de manera desproporcional en detrimento del ejercicio de sus derechos político-electorales.

Lo anterior, sin prejuzgar lo que en el fondo resuelva la Sala Regional Especializada.

Ambos proyectos fueron aprobados por unanimidad de votos de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias.

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