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Liderazgo de mujeres políticas, una cuestión de dinero

Yaneth Angelica Tamayo Avalos

SemMéxico. Cd. de México. 26 de junio de 2019.- A través de los años, las mujeres han luchado por evitar los abusos de poder; lo cual les ha generado el deseo de aspirar a una igualdad jurídica que las proteja de la misma forma que los hombres.

Por ello, han sido consientes en que la única forma para lograr la defensa de sus intereses que tienen que ver con sus necesidades básicas de vida, es a través del ejercicio del poder, al cual deben acceder de manera equitativa para que en futuro se dé una igualdad de condiciones que les permita decidir directamente sobre el goce efectivo de sus derechos.

Su participación constante y desafiante dentro de los partidos políticos les ha permitido participar en las contiendas electorales; aunque sin equidad e igualdad de condiciones ya que uno de los principales problemas que enfrentan las mujeres, tiene que ver con la reserva que se hace del financiamiento público ordinario destinado para su capacitación, promoción y desarrollo de liderazgo político.

Si bien es cierto que, a través de la Ley General de Partidos Políticos se establece que anualmente cada partido está obligado a destinar el 3% del financiamiento público que recibe para desarrollar sus actividades, este es no es asignado, pero además en algunos casos este recurso es indebidamente utilizado para otros rubros que no tienen nada que ver con el empoderamiento político de las mujeres.

Lo que genera que la participación de estas se vea disminuida y persista una subrepresentación de mujeres en puestos de elección popular y dentro de los puestos de toma de decisión de los partidos políticos; recordemos que la cultura interna de los partidos no permite que se genere la igualdad en la competencia y en las candidaturas a puestos de elección popular.

Sin embargo, este no es el único problema que se suscita con la baja participación de las mujeres; ya que además se ocasiona que las cuotas de género no sean debidamente cubiertas, convirtiéndose en una especie de negocio familiar político en donde las mujeres con relaciones filiales con actores políticos son usadas como un medio de control a través del cual el poder puede seguir en manos de los hombres políticos, lo cual podríamos denominar como “paridad conyugal”.

Es necesario recalcar que, por el momento no se abordara este último tema ya que la intención es dar a conocer que sucede con el 3% del financiamiento público destinado a las mujeres, dejando para próxima entrega el tema de la “paridad conyugal”.

Volviendo al tema que nos ocupa, podemos decir que dentro de los partidos políticos, la mayoría de las mujeres no se encuentra capacitadas para ejercer las tareas que se les presentan como diputadas, senadoras, presidentas municipales, sindicas o regidoras; por ello no es de extrañarse ver a estas representantes públicas que por desconocimiento están en contra de la agenda pública de mujeres u otras que ante la falta de un proyecto legislativo pasan inadvertidas por no desarrollar el trabajo para el cual fueron designadas.

La lucha por los derechos humanos de las mujeres en ocasiones ha sido conquistada por el trabajo de mujeres activistas o de la organización civil y no por las mujeres en cargadas de una agenda en pro de los derechos humanos de las mujeres que me mediante esfuerzos lograron colocarlas en el espacio púbico, lo que demuestra que dichas representantes al no estar capacitadas se encuentran disminuidas para llevar a cabo su trabajo.

Situación que no debiera ocurrir dado que existe un recurso etiquetado para la formación y capacitación de esas mujeres, empero esto no es suficiente.

Baste como muestra, el ejercicio de fiscalización realizado en Querétaro, entidad que se encuentra entre los nueve Estados que a través de su legislación electoral asignan un porcentaje por encima del 5%; obligación que fue evadida por los partidos políticos al reservar un recurso que ya se encontraba etiquetado, lo anterior, porque al revisar el informe anual de ingresos y gastos correspondientes al ejercicio 2017-2019 que emitiera el INE mediante acuerdo.

Se advirtió que desde el 2015 se programó un importe por la cantidad de $30, 920,114.79 para la capacitación, promoción y liderazgo político de la mujer, cantidad que no se ejerció y que aun cuando se les observó y sancionó estos siguieron siendo omisos, ya que de la misma cantidad el monto ejercido en 2016 y 2017 solo se ejerció la cantidad de $17, 650,719.54 reservándose el 57% del recurso asignado a las mujeres.

Acción que de igual forma se reflejó en los ingresos totales para campaña electoral por género, en donde a los hombres se les asignó la cantidad de $54, 348,747.61 y a las mujeres la raquítica cantidad de $18, 105,223.24

Tal situación no solo se actualiza en Querétaro ya que en las demás entidades se presenta el mismo caso solo que con diferentes porcentajes y esto puede ser verificado a través de la página oficial del INE dentro del apartado de fiscalización y el programa anual de trabajo.

De ahí que, ante los cuestionamientos sobre la escasa participación de mujeres a puestos de decisión, que se les hace a los dirigentes de partidos, resulta de un cinismo que respondan “que no hay mujeres o que no se encuentran preparadas”.

De nada sirve el trabajo de las mujeres que ejercen un verdadero liderazgo social, sino se les es reconocido dentro de los partidos políticos, es decir, de nada sirven sus recursos de convencimiento, confianza y convocatoria sino son valorados por las direcciones de los partidos a la hora de decidir quién ocupara un lugar en la jerarquía partidaria o en una candidatura.

Por todo esto, valdría la pena retomar lo planteado por Natividad Cárdenas Morales en el sentido de preguntar ¿Qué están entendiendo los partidos políticos por capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo? Pero más aún, tendríamos que preguntar a las autoridades electorales ¿Qué se está haciendo para que los partidos políticos cumplan cabalmente y sin restricciones con ese 3% del financiamiento público?

Finalmente, resulta fundamental que exista mayor vigilancia a los partidos políticos respecto de los recursos financieros que se les otorga, de tal forma que los recursos sean empleados para lo que fueron diseñados, pero además se debe fomentar y vigilar que a su interior realicen prácticas equitativas e igualitarias de acceso al poder, que empiecen por la forma en que cada uno de estos aplican dichos recursos.

Si bien ya existe el Protocolo para la Implementación de Buenas Prácticas en el Ejercicio de los Recursos de Gasto Programado para la Capacitación, Promoción y Desarrollo del Liderazgo Político de las Mujeres, este debe elevar su categoría de orientador a vinculante, no se pueden amparar practicas fundadas en el derecho de autodeterminación intrapartidaria si son violatorias a los derechos civiles y políticos de las mujeres que se encuentran reconocidos por el Estado Mexicano y en Tratados Internacionales.

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