CNDH pide a CEAV y FGR cumplir la recomendación en el caso Nochixtlán

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  • Han pasado cinco años de los sucesos: la respuesta para combatir la impunidad
  • Autoridades de los tres niveles de gobierno deben investigar los hechos de tortura que están impunes.

Redacción

SemMéxico, Cd.de México, 15 de noviembre, 2021.- A cinco años de los sucesos victimizantes de Asunción Nochixtlán, esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) considera que los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación integral es la respuesta que permitirá el esclarecimiento, la investigación, el juzgamiento y sanción de los casos graves de violaciones de derechos humanos por parte de la autoridad gubernamental, lo que ha sucedido para las personas en situación de víctimas de Nochixtlán.

En un documento que concluye con la leyenda ¡Defendemos al pueblo!, la institución señala que estos derechos configuran el pilar fundamental para combatir la impunidad y constituyen un mecanismo de justicia indispensable para todo Estado democrático, puesto que coadyuva a la no repetición de dichos actos violatorios.

La CNDH reiteró el llamado a las autoridades federales, estatales y municipales a atender integralmente la Recomendación 7VG/2017 por los hechos de violencia en Nochixtlán, Oaxaca, para que se investigue sobre los hechos de tortura que están impunes.

De igual forma, la CNDH realiza gestiones con diferentes actores de interlocución para proveer un proceso de diálogo que permita la búsqueda de una solución que ratifique la convicción sobre la necesidad de que el debido cumplimiento y aplicación de la ley sea la pauta que rija efectivamente las relaciones entre la sociedad.

En cumplimiento del acuerdo emitido por la presidenta de este organismo nacional, que ordena la reapertura de aquellos expedientes en los que exista una inconformidad de la parte agraviada sobre el trámite que se dio a su expediente, se formuló el Informe Diagnóstico sobre los sucesos de Asunción Nochixtlán 2016: Recomendación 7VG/2017. Un camino para la reparación integral, a fin de documentar los testimonios de las personas en situación de víctimas de los hechos victimizantes que continúan impunes.

En este sentido la CNDH exhorta a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) a cumplir con la deuda que se tiene con las personas en situación víctimas de los hechos ocurridos en la población de Asunción Nochixtlán, San Pablo Huitzo y Tlaxiaco en Oaxaca y sus familias, que a cinco años de ocurridos estos acontecimientos se observa una grave falta de acciones que impide acceso a la verdad, justicia y reparación a las personas en situación de víctimas. Así, entre los ejes de actuación destacan los siguientes:

Revisión del listado de las personas en situación de víctimas que hasta la fecha reciben medidas de ayuda inmediata y asistencia, los montos asignados dado que no hay claridad en los criterios para calcular los pagos, así como los requerimientos necesarios para avanzar hacia la reparación integral. No obstante que dichas medidas son de carácter temporal, llevan alrededor de cinco años sin que haya revisión alguna sobre su continuidad.

Generar un mecanismo de coordinación intergubernamental para garantizar y satisfacer las necesidades de atención especializada de las personas en situación de víctimas desde un enfoque de interseccionalidad, género, interculturalidad, infancia y de derechos humanos.

Reconocimiento de los impactos diferenciados que los hechos violatorios del 19 de junio de 2016 generaron en las personas en situación de víctimas directas y en las personas en situación de víctimas indirectas.

Dada la segmentación que persisten entre los distintos colectivos y organizaciones de la sociedad es un momento oportuno para comenzar los procesos de reparación integral de manera individualizada.

Educación. Se deberán considerar las dificultades que las familias en situación de víctimas presentan en relación con la situación económica para cubrir los gastos de inscripción, cuotas escolares, material didáctico y uniformes, ante el escenario de regreso a clases.

Atención médica

La CEAV no cuenta con información sobre las condiciones médicas que deban atenderse derivadas de los hechos victimizantes, aunque se tiene conocimiento de algunos problemas de salud que no han sido atendidos; existe un limitado y nulo acceso al derecho a la salud por parte de las personas en situación de víctimas toda vez que no han existido las condiciones ni la política pública adecuada para que este derecho humano puede ser cumplido de forma plena.

Ello implica, en muchos de los casos, traslados muy largos hacia los hospitales, aunado a la falta de servicios por parte de las instituciones de salud pública en los tres órdenes de gobierno. 

De igual manera, se exhorta a la Fiscalía General de la República (FGR) a mostrar mayor voluntad política para que se realicen todas las diligencias necesarias a efecto de asegurar que las personas en situación víctimas obtengan justicia, reparación integral del daño y garantía de no repetición, así como hacer de su conocimiento el plan de investigación ministerial que realiza dicha institución, dado que es un derecho que les garantiza la Ley General de Víctimas artículo 7, fracciones:

IX A solicitar y a recibir información clara, precisa y accesible sobre las rutas y los medios de acceso a los procedimientos, mecanismos y medidas que se establecen en la presente Ley;

X. A solicitar, acceder y recibir, en forma clara y precisa, toda la información oficial necesaria para lograr el pleno ejercicio de cada uno de sus derechos.

SEM/sj

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