Congreso da entrada a iniciativa para reformar el Código Civil en materia de alienación parental

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  • La Colectiva 50 más+1 Chiapas señaló que la iniciativa lacera dignidad de  mujeres y obstaculiza la lucha por la igualdad 

Gabriela Coutiño 

SemMéxico, Tuxtla Gutiérrez, Chis; 1 de junio de 2022.- En sesión ordinaria la LXVIII legislatura local dio lectura a la iniciativa de decreto por el que se reforma el párrafo primero y se adicionan los párrafos segundo, tercero y cuarto del artículo 406 del Código Civil de Chiapas en materia de alienación parental. 

La propuesta presentada por la diputada Petrona de la Cruz Cruz, del partido Morena, busca el reconocimiento, tratamiento y sanción de la alienación parental. 

En su exposición de motivos, la propuesta de decreto señala que la alienación parental, es una conducta emprendida por alguno de los padres, quien funge como tutor legal, orientada a destruir vínculos afectivos entre padres e hijos, como una manifestación de violencia psicoemocional que tiene por objeto causar un daño irreparable a la ex pareja, pero que daña especialmente a los menores como efecto colateral. 

“Se trata de una problemática muy dañina para la psique de los niños, representando todo un nuevo campo de estudio en el ámbito psicológico y judicial que ha cobrado especial relevancia dada la cantidad de conflictos conyugales que llegan a tribunales, donde no solo se pone en grave riesgo la sana convivencia e integración entre padres e hijos”, precisó la legisladora.

Representa, continuó De la Cruz Cruz, un daño psicológico permanente para los menores que se ven envueltos en este tipo de situaciones, lo que representa una violación flagrante a los derechos de la infancia y, por lo consiguiente, al interés superior del menor. 

Destacó que en la alienación parental, se presentan diversidad de conductas que se llevan a cabo por parte del padre o la madre que tiene la custodia temporal de un hijo o hija, e injustificadamente impide las visitas y convivencias con el otro progenitor, causando en el niño o niña un proceso de transformación de conciencia, que puede ir desde el miedo y el rechazo, hasta llegar al odio. 

Esta conducta, agrega, la iniciativa, “aunque va dirigida a dar a la ex pareja, causa un daño irreparable en los menores, quienes crecerán con resentimiento, rencores, y traumas que afectarán su sano desarrollo, con una repercusión negativa en su entorno social”. 

Explicó que la custodia únicamente implica que los menores no pueden estar al mismo tiempo con el padre y con la madre, pero en ningún momento debe constituir una pérdida de la convivencia.

“Por ello, la separación de una pareja con hijos no puede constituir el alejamiento entre los menores y sus progenitores, es decir, el divorcio o la separación ocurre entre los padres, no entre las y los hijos y mama o papa limitar esa convivencia entre padres e hijos implica una violación a los derechos de la niñez”, finalizó. 

La alienación se correlaciona fuertemente con la violencia de género: Colectiva 50 más 1 

El pasado 22 de mayo, la Colectiva de mujeres 50 más 1 Chiapas, se pronunció por no la no aprobación de la iniciativa que dijo pretende reformar y adicionar tres párrafos del artículo 406 del Código Civil estaral con la finalidad de incorporar la alienación parental, “cuya exposición de motivos pone en evidencia la elaboración de un argumento tergiversado y fuera de todo marco legal”. 

El grupo de mujeres que tiene como uno de sus objetivos el cumplimiento eficaz de la garantía legal y material del derecho de la mujer a vivir libre de toda forma de violencia en todos los niveles de la vida pública y privada, dijo que “la alienación se correlaciona fuertemente con la violencia de género, porque la mayoría de denuncias por violencias contra niñas, niños y adolescentes es interpuesta por mujeres”. 

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