Cuba: Normativas sobre violencia de género, entre pasos y deudas

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Sara Más*

SemMéxico/SEMlac, La Habana, Cuba, 5 de diciembre del 2022.- Juristas y especialistas insistieron en la relevancia de aplicar el enfoque de género en la interpretación de la ley en situaciones de violencia, al intervenir en el simposio «Políticas públicas, legislación cubana y violencia de género», como parte de la Jornada contra la violencia de género y por los derechos humanos organizada en La Habana por el Centro Nacional De Educación Sexual (CENESEX).

También reconocieron avances y deudas en materia legislativa en lo relativo a violencia de género, así como la necesidad de diseñar e implementar servicios integrales para atender esta problemática social y de derechos humanos.

“Ya se logró una normativa que incluye la violencia de género, pero aún quedan muchos desafíos y reformas jurídicas pendientes para lograr mayor protección y reparación a las víctimas”, señaló Ivón Calaña Pérez, subdirectora del CENESEX.

Aunque de reciente creación y sin una práctica asentada, el amparo constitucional fue señalado como mecanismo idóneo para la defensa de todos los derechos y para atender, por tanto, la violencia de género, sostuvo la jurista Amanda Laura Prieto Valdés, quien ponderó que se trata, además, de un procedimiento preferente, expedito, concentrado y ágil, en función de respetar la dignidad y derechos que tiene cada persona.

Se trata, resumió, de un espacio nuevo que nos permite reclamar y defender derechos constitucionales y que es también una vía de solución para conflictos de género y de violencia de género.

Ese criterio fue apoyado también por la jurista Ivón Pérez Gutiérrez, quien abogó por que se entienda y practique que la violencia pasa por los derechos inherentes a la persona, en razón de su identidad, intimidad, identidad; por lo que, consecuentemente, necesita de un proceso expedito y concentrado.

Ponderó, además, pasos dispuestos con la entrada en vigor del Código de Procesos, desde enero pasado. Entre ellos, explicó que es causa de recusación que el juez en su actuación procesal manifieste prejuicios por razones de género. También aludió al papel de defensoría como figura que debe coadyuvar a la defensa de las personas en situación e vulnerabilidad en todos los entornos; a las medidas cautelares previstas, como las órdenes de restricción; la asistencia obligatorita de victimarios a programas terapéuticos; o el establecimiento de la tutela urgente para reducir los tiempos del proceso.

“Ahora contamos con una norma más protectora y eso es un reto para la abogacía y los tribunales cubanos que deben aplicarla. Las normas por sí solas no resuelven los problemas. Hay un cambio en la normativa, ahora falta el cambio mental, que es fundamental”, expresó.

Como desafíos actuales, Pérez Gutiérrez mencionó que en el entorno familiar cobra importancia esencial el tema migratorio, de cara a conflictos y soluciones; visualizar a personas con capacidades especiales, a quienes debe procurarse apoyo y salvaguarda; así como hacer de bufetes, fiscalía y tribunales escenarios libres de violencia.

La también jurista Yamilka Xique Pérez destacó que, de mero testigo, la víctima pasa a ser sujeto del proceso con voz propia, derecho a ser representada por un letrado, a ser notificada de decisiones y proponer pruebas, además de recibir protección cautelar. Igualmente, puede hacer una declaración única que surta efecto a largo del proceso, incluido el juicio oral, para no ser revictimizada.

Deudas y vacíos

En materia de Derecho Laboral, sin embargo, sigue siendo nula la protección ante la violencia de género y el acoso, sostuvo el jurista Reynaldo Lam Peña. El ordenamiento laboral cubano no tiene respuesta para esos hechos, aun cuando hay principios constitucionales, figuras delictivas y programas que aluden a ello.

“Se necesita una reconfiguración de las infracciones de la disciplina laboral que reconozcan el acoso en el trabajo”, planteó al referirse a un hecho que a veces es difícil de identificar porque permanece oculto o enmascarado tras una expresión lícita de cumplimiento laboral.

Por otra parte, el Código de la Niñez y la Juventud resulta a la luz de hoy una ley desfasada jurídica y socialmente, planteada en términos que ya han sido superados por la ciencia y por la práctica, señaló Tania de Armas Fonticoba, profesora de Derecho Penal de la Universidad de La Habana.

Ante un nuevo escenario jurídico, procesal y sustantivo, es preciso modernizar y contextualizar esa legislación, como necesidad sociopolítica y medio de protección de los derechos de la infancia y la adolescencia, agregó.

Cada vez más las y los operadores de justicia penal deben estar mejor preparados/as para tratar asuntos relacionados con la niñez, la adolescencia y la juventud, dijo De Armas Fonticoba, quien reconoció que se han incorporado beneficios en el tratamiento penal para las edades de 16 a 18 años.

La profesora Yohanka Rodney, de la Universidad Pedagógica Enrique José Varona, expresó la necesidad de divulgar más los nuevos aspectos jurídicos que se van incorporando a las normativas; en tanto la psiquiatra Ivón Ernand, al frente de la consejería a mujeres víctimas de violencia, insistió en la importancia de tener en cuenta la subjetividad, la percepción de la violencia y el contexto de la mujer que se está atendiendo y de su familia.

La capacitación y superación profesional en materia normativa no corresponde solo al personal jurídico y del ámbito judicial, reclamó la psiquiatra forense Victoria de la Caridad Ribot Reyes, quien dijo que el personal de salud necesita igualmente manejar adecuadamente esos conocimientos.

Demandó, además, un acompañamiento a las víctimas de violencia en todo el proceso. “La mayoría de las que atendemos no son mujeres tan jóvenes, vienen en doble calidad de víctimas de violencia sexual y transitan ese proceso penal en silencio, porque están protegiendo a sus familias, a veces a un esposo o un hijo, para evitar que estos tomen la justicia por su mano. En lugar de estar enfocadas en ellas como personas, están protegiendo a otros familiares”, relató.

Agregó que en ocasiones se les diagnostican eventos psicológicos y trastornos depresivos, se remiten a otros servicios, pero no tienen un seguimiento. Debemos tratar que se revictimicen lo menos posible, comentó.

Para la psicóloga Beatriz Torres, presidenta de la Sociedad Cubana para el Estudio Multidisciplinario de la Sexualidad (SOCUMES), la capacitación y preparación debe servir también para la acción preventiva y todo lo que puede hacerse antes de llegar a la vía penal.

masfarias5@gmail.com

SEM/MG

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