Diputado y diputada del PRD proponen reformas para castigar la violencia vicaria con hasta seis años de prisión

Fecha:

Compartir:

  • Asimismo, quien la cometa, perdería el derecho de patria potestad y se sujetaría a tratamiento psicológico especializado.
  • Impulsan cambios al Código Penal Federal y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Redacción

SemMéxico, Ciudad de México, 25 de julio del 2022.- A fin de castigar la violencia vicaria con hasta seis años de prisión, la diputada Elizabeth Pérez Valdez y el diputado Héctor Chávez Ruiz, ambos del PRD, impulsan una iniciativa para adicionar diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La propuesta plantea adicionar el Capítulo Noveno al Título Decimonoveno denominado “Delitos contra la vida y la integridad corporal” y agregar un artículo 343 Quinquies al Código Penal Federal, para señalar que a quien cometa este delito se le impondrá de ocho meses a seis años de prisión y perderá el derecho de patria potestad. Asimismo, se le sujetará a tratamiento psicológico especializado.

Establece que comete el delito de violencia vicaria quien lleve a cabo actos o conductas de dominio, control o agresión física, psicológica, patrimonial o económica, con la intención de romper el vínculo materno o paterno filial contra la hijas y/o hijos de la persona con la que se encuentre o haya estado unida por vínculo matrimonial, concubinato, o una relación de pareja.

También adiciona un artículo 9 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para definir que la violencia vicaria son los actos o acciones que ejecuta una persona con la que se encuentre o haya estado unida por vínculo matrimonial, concubinato, o una relación de pareja, con la intención de romper el vínculo materno o paterno-filial, con sus hijas o hijos, mediante conductas de dominio, control o agresión física, psicológica, patrimonial o económica, así como la interposición de procedimientos judiciales fraudulentos o conductas procesales dilatorias, con la intención de impedir la convivencia o guarda y custodia con las y los menores o incapaces.

El documento, turnado a la Comisión de Igualdad de Género, con opinión de la de Justicia, señala que la tipificación de la violencia vicaria busca proteger dos aspectos: a la víctima primigenia o directa (pareja, esposa, madre, novia) y a la víctima secundaria, la cual en su mayoría suelen ser las y los menores. 

Resalta que es necesario entender las particularidades de este tipo de violencia, la cual suele confundirse como violencia familiar; sin embargo, se diferencia de la anterior, toda vez que el resultado que se persigue no es la agresión hacia la o las víctimas indirectas.

Menciona que la violencia vicaria tiene características muy particulares, pues la intención de la persona violentadora es vulnerar a su víctima, pero ésta no se ejecuta de una forma directa, es decir hablamos de una violencia indirecta, lo cual se ocasiona porque el violentador deja de tener el control o al alcance a la víctima primigenia.

Un ejemplo, añade, se da cuando la pareja concluye la relación. Al no poder ejecutar violencia contra su ex pareja, el violentador lo ejecuta a través de sus hijas, hijos o familiares, de manera que sigue generando una situación de control, malestar y violencia, la cual puede ser física, emocional o psicológica.

La exposición de motivos refiere que la relatora especial de la ONU sobre la Violencia Contra la Mujer, Reem Alsalem, ha advertido que la violencia vicaria se ha convertido en un problema global.

“En México como en el mundo existe una necesidad innegable de replantearnos la implementación del sistema jurídico; comprender que las normas deben avanzar y transformarse a las necesidades de la ciudadanía, analizar su composición, vigencia e implementación, buscando desalentar el delito y proteger a la víctima”, puntualiza.

SEM/MG

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí





A partir de este domingo 2 de marzo ofrecemos: una retrospectiva, a 50 años de la primera conferencia mundial de la mujer que se celebró en México, de los 30 años de la IV Conferencia Mundial de la Mujer, Beijing 1995 y todo lo que sucede y está sucediendo alrededor del 8M.


Artículos relacionados

Martha Ramos y Sara Lovera de la OEM analizan el periodismo con perspectiva de género en la UAT

La ponencia fue brindada por la directora general y la editora de género de la Organización Editorial Mexicana...

Profesionistas analizan las claves para la igualdad de género en la mesa de diálogo Mujer es Poder 2025

Enfatizaron que la educación y las alianzas entre mujeres son clave para seguir avanzando en la erradicación de...

Anuncian audiencia de la CIDH por el caso García Andrade y otros vs. México

· Madre de la víctima Norma Andrade presentará su testimonio · Se espera que se reconozca la responsabilidad del...

Kristy Coventry nueva presidenta del Comité Olímpico Internacional

· Se rompió el techo de cristal en el deporte mundial· Duros retos frente al tenso clima geopolítico AgenciasSemMéxico,...