El INAI  conmina al IMSS a informar sobre los servicios de salud sexual porque las mujeres tienen derecho a saber

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Se negó información desde el IMSS, aduciendo que sobre el tema no tiene facultades: miente

La comisionada Blanca Lilia Ibarra  pide instruir a ese instituto a proporcionar información sobre los avances que tiene o si no los tiene

Micaela Márquez

SemMéxico. Ciudad de México. 24 de mayo 2024.- El Instituto Mexicano del Seguro  Social (IMSS) fue instruido para proporcionar avances y resultados para promover la calidad de   vida de las mujeres de acuerdo a los servicios de salud sexual que brinda, aunque haya argumentado no tener facultades por parte del Instituto  Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

La Comisionada del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena expuso ante el Pleno que “El derecho a saber tiene una doble finalidad, primero permite a las mujeres contar con insumos para la adopción de las decisiones que puedan beneficiarlas a nivel individual. Y, en segundo lugar, brinda a la sociedad un panorama sobre la calidad de las acciones desplegadas para reducir brechas, entre ellas, en materia de salud”.

Blanca Lilia Ibarra Cadena explicó que contar con información sobre las acciones realizadas para garantizar el derecho a la salud de las mujeres es un deber incluido en la Convención de Belem Do Pará, que prevé el acceso al material informativo específico que contribuya a asegurar la salud y el bienestar de la familia como parte de los insumos necesarios para la toma de decisiones informadas.

El Proigualdad es el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2020-2024, que articula los esfuerzos de las dependencias y entidades del Gobierno de México para responder a las demandas ciudadanas de las mujeres, niñas y adolescentes y garantizar el ejercicio pleno de sus derechos y su bienestar.

El IMSS le respondió a la persona que solicito información de las mejoras a los servicios de salud sexual brindados a las mujeres por esa institución a partir del año 2020 y qué resultados dieron esas mejoras, aludiendo al Programa Proigualdad, 2020-2024, que no tiene facultades y sugirió que hiciera la petición al Instituto Nacional de las Mujeres, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de la Función Pública.

La contestación la proporcionó por medio de la Dirección de Prestaciones Médicas, por lo que  el solicitante de la información presentó un recurso de revisión ante el INAI, porque está seguro de que el IMSS sí es competente para dar la información, pues en el programa Proigualdad se le designó como responsable de realizar las mejoras a los servicios de salud sexual de manera coordinada con otras instituciones.

Con estos argumentos, el Pleno del INAI revocó por unanimidad la respuesta que dio el IMSS a la persona solicitante, le ordenó buscar la información en su Coordinación de Atención Integral a la Salud y entregar lo originalmente solicitado.

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