- En este sexenio, han ocurrido 14,479 muertes violentas de mujeres, de las que 3,662 se investigan como feminicidios y 10,817 como homicidios dolosos. Expertas alertan de un subregistro del delito.
Shelma Navarrete y Lidia Arista
SemMéxico/ExpansiónPolítica, Ciudad de México, 24 de noviembre del 2022.- El 5 de junio María L. Chablé fue asesinada a golpes en el poblado Aquiles Serdán del municipio de Macuspana, Tabasco. Dos días después, la Fiscalía General del Estado clasificó ese crimen como homicidio calificado, sin embargo, activistas denunciaron que no se trató de un homicidio, sino de un feminicidio.
La Red de Colectivas Feministas Tabasqueñas denunció que Chablé fue asesinada por ser mujer, lesbiana y que su cuerpo fue expuesto en forma degradante por horas, por lo que se trató de un feminicidio y no de un homicidio.
El caso de María L. Chablé es parte de las tres de cada cuatro muertes violentas de mujeres que en México se investigan como homicidio y no como feminicidio, ello a pesar de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que desde la apertura de la investigación, toda muerte violenta de mujer debe ser clasificada como feminicidio.
El artículo 325 del Código Penal Federal establece que todas las muertes violentas de mujeres deben ser investigadas como feminicidios. Sin embargo, el informe sobre violencia contra las mujeres del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) -que se compone con datos de las Fiscalías estatales- expone que, entre el 1 de diciembre de 2018 y el 30 de septiembre de 2022, ocurrieron 14,479 muertes violentas de mujeres, de las que 3,662 se investigan como feminicidios y 10,817 como homicidios dolosos, es decir, en México, solo 1 de cada 4 muertes es investigada como feminicidio.
El feminicidio, que es la forma más extrema de violencia contra la mujer, está tipificado a nivel federal y para que se considere un asesinato por razones de género, se deben presentar alguna de estas circunstancias:
1. La víctima debe presentar signos de violencia sexual de cualquier tipo.
2. Que se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.
3. Antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.
4. Que haya existido una relación sentimental, afectiva o de confianza entre victimario y víctima.
5. Que existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictivo, acoso o lesiones del victimario en contra de la víctima.
6. Que la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.
7. Que el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.
Desde 2015, que el SESNSP tiene registro de feminicidios en el país, 5,718 muertes violentas de mujeres fueron clasificadas como feminicidio, las cuales representan el 23.6 % de los homicidios dolosos ocurridos en el país en ese período.
A nivel local, ninguna fiscalía investiga el 100 por ciento de las muertes de mujeres como feminicidio. Hay estados como Sinaloa que indaga el 73 por ciento de los homicidios de mujeres como feminicidio, pero en otros, como Guanajuato, ese porcentaje baja a 5.8 %.
En México existe un subregistro en el feminicidio. Algunas fiscalías optan por clasificar el delito como homicidio doloso y no como feminicidio, lo que explica el abismo que existe entre las cifras de ambos delitos, advierten especialistas.
“La autoridad tiene muchas resistencias a tipificar el delito, prefiere que quede como homicidio doloso que como feminicidio porque el que se diga que hay un contexto feminicida no es una buena nota para el gobierno del estado, estando en un contexto electoral mucho menos”, expresa María de la Luz Estrada Mendoza, coordinadora del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF).
La activista indica que las fiscalías y procuradurías de justicia tampoco aplican sus protocolos de investigación de forma adecuada, por lo cual casos de asesinatos de mujeres no se tratan con perspectiva de género y se les sigue revictimizando.
“Las autoridades ante asesinatos donde presumen puede estar algún grupo delictivo esos no los investigan, los clasifican como homicidios. Zacatecas es uno de los estados que en su informe de la Alerta por Violencia de Género indicó que hay asesinatos por crimen organizado y debería atraerlos la federación; pero son feminicidios y la autoridad los clasifica como homicidios dolosos.
“Otro problema es que en los casos de niñas, por lo regular, no se clasifican como feminicidios; entonces, la cifra podría ser mayor. Dicen que no hay una relación de poder, piensan que la relación de poder es entre una esposa y un esposo, dos adultos, no entre una niña y un adulto”, explica.
¿Por qué no se tipifican las muertes violentas como feminicidios?
A pesar de haber un Código Penal Federal, cada entidad cuenta con su propio código, por lo que no todas las muertes violentas de mujeres son tipificadas como feminicidios.
Fátima Gamboa, directora de Equis Justicia para las Mujeres, consideró que es importante estandarizar los criterios bajo los cuales se investigan y juzgan los casos de feminicidio en el país, sin embargo, recomienda no perder de vista las particularidades de cada problema.
“Tanto feminicidios como asesinatos tendrían que estar en la mirada y en la agenda de las organizaciones feministas, pero también de las autoridades, para que no nos enfoquemos en un porcentaje sino en todos los asesinatos de mujeres”, dijo en entrevista.
La abogada advirtió que no basta con centrarse en el proceso de juzgar los asesinatos de mujeres sino en su prevención antes de que la violencia feminicida escale hasta ese punto.
“Cuando llegamos ya a juzgar un feminicidio llegamos tarde. Lo que queremos es que las mujeres no vivan ninguna situación de violencia y para eso hay que seguir fortaleciendo los mecanismos de prevención y protección”.
“Actualmente, las órdenes de protección, a más de 14 años de existir en la legislación mexicana, no se han fortalecido, no se han comprendido y esto tiene que ver con que implica un trabajo integral y de coordinación del trabajo entre las autoridades más que juzgar un caso de asesinato”, señala.
Las entidades con más feminicidios
Colima, entidad gobernada por la morenista Indira Vízcaino es el estado con mayor tasa de feminicidios por cada 100,000 mujeres.
Las entidades con mayor tasa de feminicidios en el país, contemplan diversos criterios para determinar si una muerte violenta de mujer se investiga o no como homicidio por razón de género.
Daniela Osorio, integrante del área de Investigación y Políticas Públicas de México Unido Contra la Delincuencia (MUCD), considera que tener este subregistro provoca que no se tenga una dimensión cercana a la realidad de la violencia mortal en contra de las mujeres, en lo que influye el tener 32 tipificaciones distintas del delito de feminicidio -una en cada entidad- además de la nacional.
“Si lo que preocupa es tener un buen seguimiento de esta violencia letal creemos que justo es necesario verlo en conjunto, porque para que un feminicidio pueda ser clasificado como tal sí depende del Código Penal de cada entidad federativa, pero también de que los Ministerios Públicos, las y los investigadores estén capacitados para trabajar con una perspectiva de género que pueda registrar adecuadamente el tipo de violencia de la que fue víctima aquella mujer”, detalla.
Uno de los problemas que genera es sobre la aplicación y diseño de políticas públicas de prevención de la violencia feminicida, pues el aparentar tener un bajo número de víctimas de feminicidio -pese a que la cantidad de muertes violentas clasificadas como homicidio doloso sea mayor- se minimiza la situación.
“Es importante la diferenciación porque cambia el tipo de prevención que se debería hacer y cuidado que se tendría que tener con las víctimas mujeres; no es lo mismo realizar una prevención por homicidio doloso a realizar una prevención por feminicidio, claramente se necesita de una perspectiva de género”, detalla.
SEM/MG