Inés Fernández, sin justicia por 21 años, este lunes cancelan audiencia que reiniciaría el juicio contra elementos castrenses

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  • Ello a pesar de la condena al Estado Mexicano de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
  • Inés Fernández, víctima de tortura sexual por parte militares, no alcanza justicia, a pesar de que se le pidió disculpa pública desde hace 11 años

Redacción

SemMéxico/con información de Ceprovysa, Acapulco, Guerrero, 13 de septiembre, 2023.- Tlapa de Comonfort, Esta mañana se tenía prevista la última audiencia de juicio del caso Inés Fernández Ortega en Acapulco, Guerrero, sin embargo, las autoridades judiciales la suspendieron con el argumento de que hoy el juzgado federal de la Ciudad de México no tenía espacio libre.

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Fue el Centro de Derechos Humanos Tlachinollan quien informó de la suspensión de la audiencia de vista programada para este lunes por la mañana. En esta se reiniciaría el proceso para dictar sentencia.


El abogado de Tlachinollan, Rogelio Téliz García, explicó que la sentencia condenatoria contra un militar acusado, emitida en marzo pasado, fue anulada, por lo que se tuvo que reiniciar el procedimiento.


Al salir de las instalaciones del Poder Judicial Federal (PJF), en el bulevar de las Naciones, alrededor del mediodía, acompañado de Inés Fernández, Téliz García explicó que, durante la fase de investigación, el Ministerio Público no recabó las cédulas de los abogados defensores del militar.


Debido a ello, el Tribunal colegiado de apelación ordenó al juzgado de distrito recabar las cédulas de los profesionistas, cancelar la sentencia, y nuevamente cerrar el proceso para dictar sentencia.


Téliz García indicó que, en la audiencia de este lunes, en el segundo juzgado de distrito, se iban a ratificar las conclusiones para integrar el proyecto de sentencia.


Advirtió que «al día de hoy no hay sentencia», y recordó que se trata de un proceso penal que inició en 2013.


Téliz García manifestó que «el juzgado federal no convalidó la fecha, es un retraso doloso del PJF, pues no avisó de la reposición del procedimiento».


El abogado sintetizó que en octubre pasado concluyó el juicio y en marzo se dictó sentencia, pero el militar acusado interpuso un recurso de apelación.


Téliz García señaló que «el juzgado no notificó de la suspensión de la audiencia, lo cual implica la violación a la exigencia de justicia de doña Inés, pues aún no hay sentencia contra la persona que cometió tortura sexual».


Inés Ortega, acompañada de la intérprete Matilde Albino Jiménez, lamentó que «el Estado no ha cumplido como se debe, lo único que yo pido es que se haga justicia, he sufrido mucho, he tenido que caminar desde mi comunidad para llegar al juzgado».


Agregó que «me intriga lo que ha pasado, que el Estado mexicano no ha cumplido la sentencia que se había venido plasmando desde ese tiempo, sólo pido que se respete».

Inés Fernández, víctima de tortura sexual por parte de elementos castrenses, acompañada de sus representantes legales y organizaciones de derechos humanos lamentaron y denunciaron que el Estado mexicano y el Poder Judicial de la Federación continúen postergando el proceso jurídico.

Inés Fernández, indígena perteneciente a la comunidad indígena Me’phaa en Guerrero, fue violada por militares del ejército mexicano en su domicilio el 22 de marzo de 2002 como una forma de intimidación y tortura pues ella forma parte de una organización indígena que había denunciado otros abusos de miembros de las fuerzas armadas en la comunidad, recuerda la Articulación Regional Feminista.


Consulta: http://www.articulacionfeminista.org/c/app003/4/3/3/3306#:~:text=In%C3%A9s%20Fern%C3%A1ndez%2C%20ind%C3%ADgena%20perteneciente%20a,abusos%20de%20miembros%20de%20las

Lleva 21 años peleando contra el poder militar. Ha tenido que encarar a los militares que la agredieron. A pesar de que los ministerios públicos nunca creyeron en su testimonio nunca claudicó en su ardua lucha por justicia.

En marzo del 2023 se emitió la sentencia condenatoria en contra del militar acusado, pero presentó un recurso de apelación y este 11 de septiembre se estaría celebrando la audiencia de reinicio.


Ante la cancelación de la audiencia Inés Fernández expresó que nuevamente el Estado mexicano le da la espalda por ser una mujer indígena. A las autoridades judiciales no le importa a la víctima. Inés tuvo que salir de su comunidad a las 2 de la mañana para llegar a la audiencia.


“Lo único que quiero es que los militares sean condenados, castigados por atentar contra mi persona. Desde hace dos décadas sigo con la esperanza para que llegue la justicia, y lo que me pasó no se repita con otras mujeres indígenas” reiteró Inés.
El 6 de marzo de 2012 -hace 11 años- el secretario de Gobernación, Alejandro Poiré, pidió una disculpa pública en nombre del Estado Mexicano a la indígena guerrerense Inés Fernández Ortega, quien fue abusada sexualmente por militares en 2002, aunque el caso fue a dar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.


En el estado de Guerrero, se encuentra en una zona montañosa, aislada y, por lo tanto, es de difícil acceso. A los 2 días de ser atacada, en 2002, Inés Fernández acudió a presentar una denuncia ante el Ministerio Público del Municipio de Ayutla de los Libres.

Desde esa fecha, el Ministerio Público local dilató la investigación por diversos medios, lo que desembocó en la violación de los derechos procesales de la Sra. Fernández, así como su revictimización ante las autoridades investigadoras.

Por ello se acudió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para denunciar los hechos, el Estado mexicano incumple con las recomendaciones resultado de su informe, por lo que la Comisión demanda a México ante la Corte Interamericana.
Inés Fernández, indígena perteneciente a la comunidad indígena Me’phaa en Guerrero, fue violada por militares del ejército mexicano en su domicilio el 22 de marzo de 2002 como una forma de intimidación y tortura pues ella forma parte de una organización indígena que había denunciado otros abusos de miembros de las fuerzas armadas en la comunidad.


Después de interponer una denuncia ante el Ministerio Público donde no se contaba con intérprete ni médica forense. Éste y otras autoridades han dilatado las investigaciones y hasta la fecha en que la Corte dicta sentencia, agosto de 2010, no se han encontrado a los responsables a pesar de que la Sra. Fernández los identificó en fotografías que le fueron presentadas en una diligencia.


Debido a que la Sra. Fernández señala como culpables a militares del ejército mexicano, el Ministerio Público civil se declara incompetente y remite el asunto al Ministerio Público Militar. Durante las investigaciones se “pierden” las pruebas ginecológicas de la Sra. Fernández y no se realiza ninguna inspección ni investigación para encontrar a los responsables.


El Ministerio Público Militar determina que no se acredita la comisión de algún delito por parte de algún militar por lo que regresa el asunto a la Procuraduría General del Estado de Oaxaca. Posteriormente, se solicita la colaboración de la Procuraduría General de la República para el apoyo en las diligencias. Años más tarde, en noviembre de 2009, se envía nuevamente el expediente a la jurisdicción militar y la investigación permanece abierta sin poderse aclarar.


Durante varios años, la Sra. Fernández no tiene certeza sobre qué autoridad tiene la competencia para la investigación de su asunto.


Corte Interamericana condena al Estado Mexicano


El Estado mexicano negó la justicia a la Sra. Inés Fernández Ortega durante más de 8 años, motivo por el cual la Corte Interamericana encontró culpable al Estado por haber violado sus derechos.


Además, se condenó al Estado mexicano por haber incumplido con diversas disposiciones de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.


La Corte Interamericana estima que no es compatible con la Convención la participación de la jurisdicción militar en asuntos relacionados con la violación a derechos humanos de civiles, más aún cuando se trata de la violación sexual de una mujer por parte de elementos de los cuerpos militares, pues ello no guarda en ningún caso relación con la disciplina o la misión castrense.


Para la Corte resulta muy preocupante el hecho de que las autoridades a cargo de la investigación hubieren centrado sus esfuerzos en citar a declarar a la Sra. Fernández y no en obtener y asegurar otras pruebas, pues “…en casos de violencia sexual, la investigación debe intentar evitar en lo posible la revictimización o reexperimentación de la profunda experiencia traumática cada vez que la víctima recuerda o declara sobre lo ocurrido.” Además, la Corte observa que “…en el presente caso ha concurrido la falta de voluntad, sensibilidad y capacidad en varios de los servidores públicos que intervinieron inicialmente en la denuncia realizada por la señora Fernández Ortega. Asimismo, la carencia de recursos materiales médicos elementales, así como la falta justicia.


La sentencia de la Corte Interamericana repara en gran medida el daño causado por la falta de atención por parte de las autoridades mexicanas al delito cometido en agravio de Inés Fernández Ortega. Al haber señalado que sus agresores fueron militares, las autoridades del Estado de Guerrero, así como las militares y federales (la Procuraduría General de la República) optaron por dilatar la investigación y el procedimiento penal aprovechándose de la situación de vulnerabilidad de la Sra. Fernández: como mujer, como víctima de un delito sexual y como indígena. El Estado mexicano es dos veces responsable por la violación de derechos de Inés Fernández: primero como víctima de la agresión sexual por parte de militares en activo con la finalidad de intimidarla y denigrarla y después, al violentarle sus garantías y derechos procesales y el acceso a la justicia. Su condición de mujer indígena facilitó al Estado la violación de sus derechos, pues ambas calidades la colocan en un estado de mayor vulnerabilidad.


Todo ello contribuyó a que la Sra. Fernández fuera revictimizada por las propias autoridades investigadoras y por un sistema que permitía la investigación por parte de la jurisdicción militar de delitos cometidos en contra de civiles.


Si bien la Corte no sustenta su resolución en la CEDAW, sí lo hace en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, y encuentra responsable a México de la violación en especial del artículo 7 incisos a y b, que son equivalentes a los incisos c y d del artículo 2 de la CEDAW:


“Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal objeto, se comprometen a: […] c) Establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los del hombre y garantizar, por conducto de los tribunales nacionales o competentes y de otras instituciones públicas, la protección efectiva de la mujer contra todo acto de discriminación; d) Abstenerse de incurrir en todo acto a práctica de discriminación contra la mujer y velar porque las autoridades e instituciones públicas actúen de conformidad con esta obligación…”

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