Juego de Palabras| Derechos político- electorales de las minorías.

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Yaneth Tamayo Avalos

«La voluntad del pueblo será la base de la autoridad del gobierno».

ONU

SemMéxico, Querétaro, Qro. 6 de abril, 2024.- En un sistema democrático, igualitario y equitativo, las personas tienen derecho a ser escuchadas y participar en las mismas condiciones de igualdad en la vida política y pública, de tal forma que, la expresión de su voluntad pueda impactar positivamente en los asuntos políticos y gubernamentales.

Esto, independientemente de las diferencias culturales, políticas, sociales y económicas que pudieran existir entre las y los ciudadanos, pues la voluntad del pueblo siempre será la fuente de legitimidad de los gobiernos soberanos.

De ahí que, los derechos político-electorales sean el medio por el cual la participación política de la ciudadanía se materialice en estar presente y estar representado en los órganos facultados para ello.

Acciones afirmativas *

A lo largo del tiempo, la participación democrática ha representado un reto en materia de derechos políticos, en especial, por las limitaciones culturales que se han ejercido en contra de sectores de la población excluidos de la parte dominante de la misma, ya sea en consideración a aspectos étnicos, culturales, religiosos o políticos.

Lo que ha involucrado a quienes sin ser numéricamente minoritarios, han sido objeto de discriminación o se han encontrado históricamente en situación de desventaja. Como lo son, las mujeres, las comunidades indígenas, afrodescendientes, grupos de la diversidad sexual, personas con discapacidad, jóvenes y migrantes.

Quienes, por aspectos coyunturales, han sido excluidos de la participación política y de la toma de decisiones públicas. Lo que ha representado un retroceso a los derechos humanos de cada grupo.

Si bien, en México estos desafíos han presentado un progreso gradual que ha permitido la opción permanente de mecanismos democráticos y participativos de las comunidades afectadas, esto ha sido posible por las luchas mismas que estos grupos han realizado para preservar sus intereses.

De ahí que, el Instituto Nacional Electoral (INE), por mandato del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), haya tomado medidas necesarias para aplicar acciones afirmativas y ampliar en ambas Cámaras la representación legislativa de los grupos poblacionales mencionados.

Para el Proceso Electoral Federal del 2023-2024, el INE implementó 63 cuotas para grupos en situación de discriminación, independientemente de las cuotas que se deben cubrir por género y los cargos ya establecidos en las circunscripciones por usos y costumbres.**

Esto es, con el proceso electoral del 2021, momento en el que se amplió el catálogo de comunidades subrepresentadas, junto con el proceso electoral actual, la implementación de estas acciones afirmativas constituyen un avance en la representación material de los grupos compuestos por personas indígenas, con discapacidad, afromexicanas, de la diversidad sexual y migrantes.

Desafíos y conflictos.***

La controversialidad de cada acción afirmativa produce tensiones en varias aristas: al interior de los partidos, entre partidos y candidaturas y entre estos dos actores y las autoridades electorales.

Las dinámicas y conflictos que se generan al interior de los partidos políticos para la selección y postulación de las candidaturas en el proceso electoral, son las acusaciones de usurpación o simulación de identidades o condiciones para el cumplimiento de la acreditación y documentación para el registro de candidaturas indígenas, de la diversidad sexual y migrantes.

Así como, la queja de los partidos políticos por la vulneración a los principios de autodeterminación y autoorganización que rigen sus actividades, cuando se trata de cumplir con la paridad de género, entre otros temas.

Lo que ha dado lugar, a una cadena de impugnaciones por parte de los partidos políticos que tienen reticencias o están en contra de las acciones afirmativas.

Tan solo en el proceso electoral del 2021, el TEPJF canceló 19 candidaturas, sustituyó otras 51. Incluso, meses después de la jornada electoral, revocó una constancia de asignación otorgada a una fórmula de candidatos que ya había sido electa, todas estas, en razón de que fue falseada la calidad de persona bajo la cual fueron registrados para ocupar una candidatura en el marco de tal acción afirmativa.

A pesar de los avances legales, los derechos político-electorales de los grupos discriminados y subrepresentados sigue siendo un reto, no solo por las dificultades que tienen para ser incluidos en las candidaturas que presentan los partidos políticos, sino que también, encuentran barreras para ser representados y ser tomados en cuenta en las decisiones parlamentarias y de gobierno.

Estar presente y ser representado

La participación política implica estar presente y estar representado en los órganos facultados para ello. Sin embargo, la representación política no solo se limita a obtener una curul y formar parte de un órgano público colegiado.

La representación también está relacionada con lograr que las voces, opiniones y perspectivas de la ciudadanía estén presentes en los procesos de discusión, negociación, diseño y hechura de las políticas públicas. La representación se logra cuando los actores políticos hablan, defienden, simbolizan y actúan en nombre de otros en la arena política. ****

Ahora bien, realmente las acciones afirmativas han logrado mejorar la representación legislativa de grupos destinatarios, o solamente, han logrado materializar una representación que se mantiene en lo simbólico.

Es importante saber, cuáles son los efectos reales que genera la aplicación de acciones afirmativas,  pues la representación democratica no se concreta solo con el hecho de participar en una contienda electoral u ocupando una curul, sino que se materializa cuando los representantes tienen la capacidad de garantizar las demandas de los grupos por los que fueron electos.

Conclusión

La representación política de los grupos históricamente en desventaja, no solo depende de las autoridades electorales.

Se requiere de un trabajo integral por parte de los partidos políticos, para asumir e incorporar entre sus prioridades ideológicas, el compromiso e interés genuino de representar a dichos grupos, no solo en los órganos representativos, sino en su misma estructura orgánica y organizativa, de tal forma que se pueda nivelar la participación y el ejercicio de estos grupos en los cargos públicos.

* Medida compensatoria para situaciones en desventaja, que tienen como propósito revertir escenarios de desigualdad histórica y de facto que enfrentan ciertos grupos humanos en el ejercicio de sus derechos, y con ello, garantizarles un plano de igualdad sustancial en el acceso a los bienes, servicios y oportunidades de que disponen la mayoría de los sectores sociales.

** El INE, por mandato del TEPJF, tomó los acuerdos y medidas necesarias para acatar las nuevas sentencias emitidas y de esa manera aplicar acciones afirmativas para ampliar la representación legislativa de cinco grupos poblacionales. Esto obligó a los partidos políticos y coaliciones a postular candidaturas a diputaciones exclusivas para personas indígenas, afromexicanas, con discapacidad, de la diversidad sexual y migrantes y residentes en el extranjero.

*** https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/2/2023-01-05-1/assets/documentos/ColMex_20230105.pdf

**** https://www.redalyc.org/journal/3596/359652037010/359652037010.pdf

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