“Ley Ingrid” publicación y filtración de imágenes indignas de víctimas de feminicidio, aunque “no es una mordaza para periodistas”, Sánchez Cordero

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*Reformas al Código Penal Federal, 3 años después, sin incluye a los medios, no como dice la morenista Hay Ley Ingrid en 11 entidades del país, con diferencias, pero, si la aprueban diputados será federal la prohibición

SemMéxico, Ciudad de México, 17 de septiembre, 2023.- Olga Sánchez Codero, ex secretaria de gobernación,  aseguró  ante la opinión pública que la aprobación de la llamada Ley Ingrid,  que estuvo archivada más de un año para toda la República y que aún deberá aprobarla la Cámara de Diputados, no está dirigida a los medios, sino a los funcionarios públicos que filtran imágenes de personas en situación de violencia que afectan los derechos humanos. No es una “ley mordaza.

Esta ley ya existe en 11 entidades del país,  surgió luego de que algunos medios exhibieron imágenes irrespetuosas de su cadáver, en febrero de 2020, asunto que significó una repulsa inmediata de las colectivas feministas; no obstante, de imputados la información es opaca.

La senadora morenista, responsable de la iniciativa y presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, dijo que las reformas aprobadas y conocidas como la “Ley Ingrid”, sancionan principalmente los delitos contra la administración de justicia cometidos por servidores públicos, particularmente a los funcionarios de las oficinas de justicia,  que filtren imágenes ofensivas de víctimas de violencia, con hasta 18 años de cárcel.

Fotografía: Diario Ovaciones, OEM, el viernes cuando aclaró.

Y dijo que estas modificaciones son un reconocimiento a Ingrid Escamilla, quien fue asesinada por su pareja   el 9 de febrero de 2020, y algunos tabloides de la época, difundieron fotos de la víctima en las portadas, especialmente de diarios de la Ciudad de México, lo que sumó a la indignación que había generado el feminicidio.

El proyecto, aprobado 3 años después de los hechos, estuvo 2 en Senado de la República y pasó a la Cámara de Diputados para su ratificación, después irá al Ejecutivo. O sea, aún hay un camino que recorrer.

En este caso el proyecto, fue aprobado por 86 senadores y senadoras,  modifica el artículo 225 y que adiciona un cuarto párrafo al artículo 225 Bis del Código Penal Federal.

Sánchez Cordero, insistió que esas reformas que no significan ninguna mordaza a las y los trabajadores de los medios, ni se dirigen a periodistas, youtubers, ni a la población en general, sino a quienes teniendo las carpetas de investigación las filtren, sin ningún cuidado. Casi siempre se trata de servidores públicos.

Sin embargo, hubo una reacción y muchos mensajes publicados en redes sociales, oponiéndose a ella, argumentando que se trata de limitar la libertad de expresión.

Por ello la ministra de la Corte en retiro, explicó que estas modificaciones sólo tipifican y sancionan la filtración de imágenes fijas o en video de las víctimas de feminicidio o crímenes violentos, que afectan su dignidad, y que se identificó que se trata de policías, médicos legistas y personal que tiene acceso a las carpetas de investigación como ministerios públicos, peritos y auxiliares de la administración de justicia.

“Muchas veces el servidor público no guardaba la discreción debida y no mantenía en secrecía la carpeta de investigación que contenía imágenes, videos, fotografías, etcétera, del cuerpo de la víctima. Por ejemplo, en el caso de Ingrid Escamilla”, puntualizó.

De modo que el propósito de esta legislación es garantizar la seguridad, intimidad, dignidad, protección, bienestar físico y psicológico de las víctimas y sus familias, porque la divulgación de información e imágenes irrespetuosas constituye una lesión a su dignidad y memoria.

Afirmó que esta Ley es un reconocimiento a Ingrid Escamilla, quien fue asesinada por su pareja   el 9 de febrero de 2020, y algunos tabloides de la época, difundieron fotos de la víctima en las portadas, especialmente de diarios de la Ciudad de México, lo que sumó a la indignación que había generado el feminicidio.

A pesar de las aclaraciones de la morenista Sánchez Cordero, la reforma al Código Penal Federal será aplicable para medios de comunicación, periodistas independientes, youtubers o cualquier ciudadano, señala el dictamen y la aprobación :  “La divulgación de información e imágenes de las víctimas de algún delito constituye claramente una lesión a la dignidad de las personas y a la memoria de las víctimas”

Es decir, en caso de que en San Lázaro se aprueben los cambios, ningún dato o imagen de las carpetas de investigación o de los procesos penales que vulnere la dignidad de las víctimas deberá de hacerse pública, específicamente si por disposición legal es reservada o confidencial.

Modificaciones en los estados

Hoy en entidades como la Ciudad de México, Colima, Coahuila, Chihuahua, Jalisco y Oaxaca ya cuentan con una legislación que penaliza la filtración y difusión de imágenes de las víctimas; sin embargo, la mayoría de los integrantes de la Comisión de Justicia hicieron énfasis en que las medidas deben de ser a nivel federal, por eso la iniciativa y aprobación en el Senado.

En 2021 el Congreso de la CDMX aprobó la Ley Ingrid por unanimidad, por lo que se reformó el artículo 239 del Código Penal de la Ciudad de México, por lo que habrá de dos a seis años de prisión, así como una pena de hasta 32 mil pesos. En lo federal será de 18 años.

Imputados ¿?

En febrero de 2020 la Fiscalía General de Justicia de Ciudad de México (FGJCDMX) anunció que al menos seis personas, policías y fiscales, estaban en investigación por la filtración de las imágenes. Sin embargo, los resultados fueron opacos.

La Fiscalía dijo que solamente se llevó a proceso a un policía, quien fue uno de los primeros que llegó a la escena del crimen, ocurrido en la alcaldía Gustavo A. Madero.

Y en diciembre de 2020 un juez de control vinculó a proceso a un policía capitalino a quien se señala de ser el responsable de filtrar fotografías   y videos de Ingrid Escamilla. Se trata del agente de la Secretaría de Seguridad Ciudadana Benjamín Rubén T. J., quien llegó a la escena del crimen, en el quinto piso de un edificio ubicado en la calle Tamagno, colonia Vallejo, alcaldía Gustavo A. Madero.

Se identificó al elemento policial y se le imputó ante un juez el delito de ejercicio ilegal del servicio público, por difundir material fotográfico de un ilícito en el que actuó como elemento de resguardo.

En la audiencia de control, el juzgador calificó como legal la detención del agente a cargo del Ministerio Público de la Fiscalía de Servidores Públicos.

El juzgador impuso al policía medidas cautelares, entre ellas la suspensión provisional del cargo, acudir a firmar periódicamente, la prohibición de acercarse a las víctimas indirectas y restricción de salir de la Ciudad de México.

Además, el juez de control fijó tres meses de plazo para el cierre de la investigación complementaria. Por no ser un delito grave, no se le impuso la prisión preventiva. Pero no hay resultados hasta ahora.

Senado aprobó pena por difusión de imágenes de cadáveres (EFE/José Pazos)

El antecedente de la reforma aprobada en el Senado está en el feminicidio de Ingrid Escamilla (GRACIELA LÓPEZ/CUARTOSCURO.COM)

Fue en noviembre de 2022 cuando la Comisión de Justicia del Senado aprobó la llamada Ley Ingrid, la cual tiene como objetivo combatir la violencia mediática, específicamente para los funcionarios que filtren o difundan imágenes o información de víctimas de violencia, específicamente de mujeres.

El nombre de la ley es en recuerdo del feminicidio de Ingrid Escamilla Vargas en 2020, luego de que las imágenes de su cuerpo mutilado fueron divulgadas.

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