Opinión| Las niñas y niños como sujetos de plenos derechos

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Angélica de la Peña

SemMéxico, Ciudad de México, 12 de mayo, 2025.- En octubre de 1998 presentamos en la Cámara de Diputados la reforma al artículo Cuarto Constitucional para reconocer a niñas y niños menores de 18 años de edad, como sujetos de plenos derechos.

Más de un año de negociaciones parlamentarias, para finalmente concretar esta trascendental reforma. Fue el inicio del largo camino para reconocer legalmente, los derechos de niñas y niños.

Recuerdo tres asuntos de este proceso; el primero refiere a nuestro propósito de armonizar la Convención Sobre Derechos de la Niñez al marco jurídico. La Carta Magna definía al niño como “menor” y lo supeditaba a la tutela familiar. Desde el gobierno se pensaba no era necesaria la reforma, por lo que identificamos dónde teníamos que negociar: con el Presidente Ernesto Zedillo. Integramos toda la argumentación sobre la responsabilidad del Estado con la Convención y con la niñez mexicana. Con la voluntad del Presidente Zedillo, también la tuvimos del grupo mayoritario, el PRI. A partir de entonces se convocan elecciones a niñas, niños y adolescentes para que voten sobre los asuntos de su incumbencia.

Las diputadas y senadoras de la LVII Legislatura del PRI, PAN y PRD, hicimos una alianza para concretar la reforma al Cuarto constitucional y también la primera Ley para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Como acontece en toda discusión legislativa hay debate. Un senador constitucionalista -no era fácil sustentar tan importante profesión- me decía que era una aberración jurídica cambiar términos etimológicos cuando en realidad estábamos hablando de “menores”. Romper el viejo paradigma del derecho romano, no fue fácil. En peyorativo “menor” se endilgaba al desprotegido, abandonado, huérfano, pobre e infractor. Los niños (en masculino) eran quienes gozaban de la tutela familiar, iban a la escuela, se atendía su salud y alimentación. Suprimir “el menor” fue trascendental en el derecho civil, familiar y también penal; logramos definir un solo mundo en la Constitución, el de la niñez, sin discriminación de ningún tipo.

El otro asunto fue visibilizar a las niñas en la Constitución. La Comisión de Puntos Constitucionales hizo seis anteproyectos, uno tras otro. La última negociación fue entizar que no íbamos a aceptar no se visibilizara a las niñas. Desde entonces están reconocidas como lo que son: niñas, en femenino.

La Constitución establece desde entonces, que las niñas y niños son sujetos de derechos y el Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a su dignidad y el ejercicio pleno de sus derechos.

Hoy, a 25 años del cambio de paradigma constitucional, por desgracia continúa la venta de niñas por sus padres quienes las dan en matrimonio o concubinato, a pesar de que está prohibido. Los usos y costumbres consuetudinarios siguen discriminando a las niñas, son las pobres de las pobres. En las zonas paupérrimas de las grandes ciudades no tienen expectativas de vida, México ocupa el primer lugar en América Latina en embarazo adolescente. Tampoco se ha erradicado la trata de niñas; aumenta la migración de niñas y niños no acompañados y ellas son presas de la explotación sexual; igual ha aumentado el consumo de pornografía infantil. La presidenta Sheinbaum no puede excusarse: tiene obligación de proteger, prevenir y reparar los derechos de las niñas como un asunto de atención prioritaria.

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