Promueven elevar a rango constitucional la observancia de la perspectiva de género en todos los procesos penales

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También, que se elimine todo estereotipo, prejuicio o sexismo que afecte el ejercicio o propicie la revictimización

Una iniciativa que reitera y vuelve sobre un asunto que ya está en la Constitución y todas las leyes

Redacción

SemMéxico, Ciudad de México, 3 de febrero, 2024.- La diputada María del Rocío Corona Nakamura (PVEM) propuso que en el proceso penal acusatorio y oral sea derecho de las niñas, adolescentes o mujeres víctimas u ofendidas que en todas las etapas y actuaciones del proceso se observe la aplicación de la perspectiva de género y la eliminación de todo estereotipo, prejuicio o sexismo que afecte el ejercicio o propicie la revictimización, desigualdad, injusticia o jerarquización.

Un tema largamente discutido y también reglamentado. Pero la diputada no sabe que ya es una obligación de Estado,  la mirada de género.

La iniciativa, que añade una fracción VIII al inciso C del artículo 20 de la Constitución Política, enfatiza que en nuestro país las mujeres viven  un “elevado nivel de violencia y de incesante inseguridad, combinado desafortunadamente con un nulo acceso a la procuración e impartición de justicia”.

Precisa que actualmente las mujeres únicamente encuentran “menosprecio, maltrato, revictimización e incluso hasta ironía o sarcasmo” en las instancias de la procuración de justicia, lo cual deja a las víctimas de algún delito y sus familias con una condena permanente de impotencia e injusticia que, incluso, se reproduce, aunque se trate del feminicidio.

El documento resalta que “ya no se puede permitir que la carencia de la perspectiva de género en todos los procesos y protocolos de procuración e impartición de justicia, cuando de violencia o delitos en contra de las mujeres se trate, nos siga costando vidas de niñas, adolescentes y mujeres, o bien, se traduzca en carpetas de investigación insuficientes e incompletas que propician penas ridículas para el agresor o el asesino”.

O “que esta carencia instale la puerta giratoria de la impunidad para estos agresores o asesinos de niñas, adolescentes o mujeres en todo nuestro país y al quedar libres continúen con la complacencia de nuestro Estado de derecho y de la sociedad en su conjunto, atentando en contra de la integridad y la vida de todas nosotras”.

Por ello, destaca la necesidad de elevar  a nivel constitucional la perspectiva de género en el actuar de las autoridades encargadas de la procuración de justicia y de todos los procesos y protocolos de atención, investigación, sanción y prevención de delitos en contra de las niñas, adolescentes y mujeres. Lo que está sobreentendido en el artículo 4º. Constitucional.

Pero hay demasiadas iniciativas que reiteran lo que ya está en todas las leyes.

Afirma que esta reforma constitucional permitirá a todas las mujeres de este país, ante un delito, encontrar en los procesos legales el acceso a la justicia pronta y expedita, en donde no se revictimice, señale o prejuzgue y en donde los agresores sean castigados con todo rigor. Asimismo, encontrar la protección, cuidado y ayuda institucional no solo para las víctimas, sino también para sus familias.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su análisis.

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