Se han recibido al menos 25 casos en Xalapa y Puerto de Veracruz, que son víctimas de es

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Ana Alicia Osorio,

SemMéxico. Veracruz. 5 de febrero de 2019.- En Veracruz se han detectado 45 mercados de explotación digital donde se comercializa con imágenes íntimas de mujeres sin su consentimiento, informó Olimpia Coral Melo, integrante del Frente Nacional para la Sororidad.

Señaló que ante este tipo de situaciones es necesario modificar el Código Penal en materia de delitos contra la privacidad sexual, ya que la ley actual no garantiza la justicia para las víctimas de este tipo de hechos.

El pasado 17 de enero fue presentada la propuesta de reforma al Código Penal de Veracruz– por la diputada Monserrat Ortega del grupo legislativo Partido Acción Nacional- donde buscan que la pena se extienda no solamente a quien difunda las imágenes íntimas de las mujeres sin su consentimiento sino también a quienes las reciban o compartan.

“Facebook y Twitter donde se publican contenidos íntimos sin consentimiento de mujeres y menores de edad, sin restricciones, principalmente estás publicaciones acaban en diferentes tipos de violencia digital como la ciber persecución, la sextorción y la trata virtual de personas, sin que exista un marco jurídico que las regule”, señala dicha iniciativa.

Actualmente el Código Penal contempla el delito de violación de la intimidad con hasta 10 años de prisión para quien revele imágenes o videos ‘pornográficos’ sin consentimiento.

“Pudimos identificar como varios aspectos en el tipo penal de Veracruz, uno de ellos que el tipo penal no estaba adecuado para el acceso a la justicia de las mujeres (…) tenía un bloqueo muy importante porque el tipo penal hacía ver como que el origen nada más era el que se castigaba”, indicó Coral Melo.

Además, explicó que no todas las imágenes de mujeres que se distribuyen sin su consentimiento en internet provienen de la práctica del sexting o fueron entregadas por ellas de manera voluntaria. Por ello sostuvo que es necesario cambiar la ley en la materia.

“ARTÍCULO 190. Comete el delito de violación a la intimidad sexual quien: Por cualquier medio divulgue, comparta, distribuya, publique y/o solicite imágenes, audios o videos de una persona desnuda parcial o totalmente de contenido íntimo o erótico sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima.”, indica la propuesta

Con la reforma, que fue turnada a los y las diputadas de la comisión de Justicia y Puntos Constitucionales de para ser analizada, las penas alcanzarían hasta los 10 años pues la pena aumentaría si la persona que difunde las imágenes fue la pareja o si la víctima tiene alguna discapacidad.

Coral Melo señaló que actualmente no existe ninguna persona sentenciada por delitos de este tipo, debido a que las mujeres suelen no presentar denuncias al tratarse de un problema que atañe a su intimidad.

Sin embargo, indicó que han recibido al menos 25 casos en el Frente Nacional por la Sororidad de veracruzanas, principalmente en Xalapa y Puerto de Veracruz, que son víctimas de este tipo de delitos, pero la cifra sería mayor.

Explicó que los medios de comunicación y otros espacios que reproduzcan ese contenido, también serán sancionados y deberán quitar la información que dañe a las mujeres.

Aseguró que después deberán hacer modificaciones a la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para reconocer las violencias digitales y establecerla en esta ley.

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Homenaje a las Costureras del 19 de septiembre, 1985.



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