- El Sindicato más grande de trabajadoras del hogar en México considera que el dictamen de reforma no atiende a sus observaciones y no cumple con el Convenio 189
- SINACTRAHO pide a la senadora Gricelda Valencia de la Mora y al senador Napoleón Gómez Urrutia que sean tomadas en cuenta sus observaciones para reformar la Ley del Seguro Social
Sara Lovera
SemMéxico, Cd. de México, 23 de febrero, 2022.- Las tres secretarias generales colegiada del Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Hogar, SINACTRAHO Norma Palacios, Isidra Llanos y María de la Luz Padua, se pronunciaron sobre el dictamen que aprobaron comisiones para reformar la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social, y demandaron sean tomadas en cuenta sus observaciones, planteadas desde hace 4 meses.
Dijeron, en un pronunciamiento leído afuera del Senado que “De forma general, consideramos que tal como está la iniciativa, no se cumple con lo que establece el Convenio 189 de la OIT, ya que no garantiza que las personas trabajadoras del hogar cuenten con las mismas condiciones aplicables a los trabajadores en general, para el ejercicio y disfrute de sus derechos en materia de seguridad social.”
El SINACTRAHO señala que el gremio aún vive complejidades y no se logran los derechos reales de quienes realizan las labores remuneradas en los hogares. Considera que, al requerir la declaración por parte del patrón, del salario, es discriminatorio y que para quien no cumpla, no hay sanción, además de fallas legales para el pago al IMSS, cada 20 días.
Persistirá, de no haber nuevos cambios al dictamen, aprobado este día, su exclusión como trabajadores y trabajadores de plenos derechos., porque se mantiene la discriminación, que no existe para considerar a otras y otros trabajadores. Aún hay “complejidades”, insisten.
Estuvieron a las puertas del Senado. En un mitin plantearon sus observaciones, que ya las tenían las y los senadores desde el año pasado.
Desde el punto de vista del SINACTRAHO el dictamen discutido y aprobado esta mañana por las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social, Seguridad Social y Asuntos Legislativos, para reformar la Ley del Seguro Social, no atendió las observaciones y necesidades de este gremio y consideró que estas reformas no cumplen por lo establecido por el Convenio 189, que fue ratificado en el 2019 y que entró el vigor en el 2021.
IMPORTANTE
Las representantes del sindicato, señalaron que es muy importante porque estas reformas impactarán a más de 2.4 millones de trabajadoras del hogar en México, y reconocen que es inminente la ampliación de derechos desde que en 2018 fue la Suprema Corte de Justicia de la Nación mostró la discriminación que vivían las trabajadoras del hogar y mandató al gobierno mexicano modificar esta situación que generó un programa piloto que garantizaría el acceso a la seguridad social.
Plantearon 4 observaciones específicas que el proyecto debió tomar en cuenta para garantizar el acceso a la seguridad social de las Trabajadoras del Hogar:
a) El término “esporádico” al referirse al trabajo del hogar no se define y da lugar a incertidumbre jurídica, en virtud de que la iniciativa no precisa los días necesarios ni los periodos consecutivos necesarios para darse este supuesto. Lo anterior resulta fundamental, porque al no definirse lo “esporádico”, quedaría a discrecionalidad de la autoridad o del patrón, lo que anularía la prestación de seguridad social.
b) Para que la trabajadora del hogar pueda contar con el aseguramiento ante el IMSS por el mes completo de que se trate, requiere que el salario mensual declarado por las personas empleadoras deba “superar el valor del salario base de cotización mínimo integrado elevado al mes de la zona geográfica que corresponda”. Este es un requisito que no se exige al resto de los trabajadores, por lo que es discriminatorio, en virtud de que obliga a contar con una percepción mayor de la que recibe. Además de que este requisito haría inaplicable la seguridad social para las trabajadoras del hogar en la mayor parte de los estados de la República en donde existe una enorme disparidad social y económica.
c) No prevé el procedimiento para la supervisión ni inspección por parte de las autoridades en los lugares donde laboran las trabajadoras del hogar, del cumplimiento de la seguridad social. Precisamente en la legislación de Uruguay que se toma como referencia en el dictamen, si regula un procedimiento para la supervisión y vigilancia, lo cual ha dado como resultado una disminución muy significativa de la evasión del cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social a cargo de las personas empleadoras, no así en esta iniciativa.
d) Tampoco regula en el artículo 304 de la Ley del Seguro Social, en el que se refiere a las sanciones que se apliquen a los patrones, el incumplimiento a los derechos en materia de seguridad social de las personas trabajadoras del hogar.
Por último, las trabajadoras del Hogar del SINACTRAHO hicieron un llamado a las dos Comisiones que discuten el dictamen: la de Seguridad Social cuya presidenta es la senadora Gricelda Valencia de la Mora; y la de Trabajo y Previsión Social, que es presidida por el senador Napoleón Gómez Urrutia para que se atiendan sus observaciones, ya que nadie mejor que las trabajadoras del hogar para externar sus necesidades.