Tipificar como Delito el Acoso Sexual Callejero, diputada Lety Mosso

Fecha:

Compartir:

Redacción

SemMéxico/Ceprovysa, Chilpancingo, Guerrero, 19 de octubre del 2022.- En la Comisión de Justicia del Congreso de Estado se analiza una iniciativa de la diputada Leticia Mosso Hernández para reformar el Código Penal del Estado de Guerrero, con el objeto de tipificar como delito el acoso sexual callejero y castigarlo con penas de tres a ocho años de prisión.

Asimismo, la legisladora representante del Partido del Trabajo propone suprimir la palabra “reiterada” en la descripción de los delitos de acoso sexual y hostigamiento, debido a que este tipo de conductas no deben ser invisibilizadas y basta una sola ocasión para afectar la integridad de las mujeres.

La también presidenta de la comisión legislativa de Derechos Humanos refirió que la de género es una de las violencias más generalizadas contra las mujeres y las niñas, teniendo graves consecuencias físicas, económicas y psicológicas a corto y largo plazo.

Precisó que su propuesta de reforma al citado ordenamiento jurídico es con el propósito de visibilizar el recurrente acoso sexual que se manifiesta en los espacios públicos o de acceso público, conducta que se ha normalizado entre la mayoría de las personas, pero que vulnera en gran medida la tranquilidad de las mujeres.

Dijo que este tipo de acoso puede ser considerado como violencia porque es una práctica no deseada que genera un impacto psicológico negativo, y que las personas, especialmente mujeres, pueden vivir varias veces al día desde los 12 años en promedio.

“Estas prácticas de connotación sexual ejercidas por una persona desconocida en espacios públicos como la calle, el transporte o espacios semipúblicos (centros comerciales, universidades, plazas, etc.) suelen generar malestar en la víctima y son unidireccionales; es decir, no son consentidas por la víctima y quien acosa no tiene interés de entablar una comunicación real con la persona agredida”, abundó.

Reseñó que las prácticas que se consideran como acoso sexual callejero son: miradas lascivas, piropos, silbidos, besos, bocinazos, jadeos y otros ruidos o gestos obscenos; comentarios sexuales directos o indirectos al cuerpo; fotografías y grabaciones del cuerpo no consentidas y con connotación sexual, o tocamientos y persecución, por mencionar algunos.

SEM/MG

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Homenaje a las Costureras del 19 de septiembre, 1985.



XVI Conferencia Regional sobre la mujerhttps://www.cepal.org • Portada del sitio de la reunión: https://conferenciamujer.cepal.org/16/es • Sitio especial de transmisión: http://live.cepal.org/XVIConferenciaMujerALC • Cuenta oficial de la CEPAL en X: https://x.com/cepal_onu • Cuenta oficial de la CEPAL en Facebook: https://www.facebook.com/cepal.onu





A partir de este domingo 2 de marzo ofrecemos: una retrospectiva, a 50 años de la primera conferencia mundial de la mujer que se celebró en México, de los 30 años de la IV Conferencia Mundial de la Mujer, Beijing 1995 y todo lo que sucede y está sucediendo alrededor del 8M.


Artículos relacionados

Servicio Especial para la Mujer México SemMexico.mx

Ciudad de México, 30 de junio de 2026 Servicio Especial para la Mujer México SemMexico.mx Carta de despedida: Queridas lectoras, lectores,...

Conmociona en Chiapas el feminicidio de Marlyn; detienen en Tonalá a su esposo como presunto responsable

Gabriela Coutiño  SemMéxico, Tuxtla Gutiérrez, Chis., 27 de junio, 2026.-  El feminicidio de Marlyn, una trabajadora del hogar de...

Presentan Mujeres Mazatecas por la Libertad, gráfica de una historia que aún no termina

Mujeres de Nguixó cuentan sobre la defensa del río, los presos políticos, desde la dignidad Académicas, activistas y artistas...

CLADEM reafirma su compromiso con la democracia paritaria

Participa en el 56 periodo ordinario de sesiones de la OEA También ratifica su compromiso con una vida libre...