Un informe del Parlamento Europeo apoya considerar la violencia de género un ‘eurodelito’

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Ello  armonizaría las legislaciones en los Estados de la Unión Europea y la protección a las víctimas

 Noemí López Trujillo

SemMéxico/ Amecopress, Madrid, 24 de junio, 2021.- No todos los países de la Unión Europea diferencian entre violencia doméstica y violencia de género. Y no en todos, siquiera, la violencia doméstica se considera un delito específico, sino que está castigado bajo otras figuras delictivas. Es el caso, por ejemplo, de Francia y Finlandia, tal y como expone un reciente informe elaborado por el Servicio de Estudios del Parlamento Europeo (EPRS).

Sin embargo, de acuerdo al documento, la violencia de género es un delito de especial gravedad, que tiene una dimensión transfronteriza y que es necesario combatirlo siguiendo criterios comunes. Es decir, que cumple las condiciones para ser considerada un ‘eurodelito’.

El problema es, de acuerdo al informe, la disparidad legislativa entre los Estados miembro. Por ejemplo, España y Suecia sí diferencian, en términos legislativos, entre violencia de género y doméstica, estando la de género tipificada como delito en sí mismo. Aun así, ni siquiera España y Suecia coinciden del todo en cómo se tipifica el delito, tal y como apuntaba otro informe de 2019 del Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE).

Según el documento del EIGE, en España, la ley 1/2004 considera que este delito comprendería todo acto de violencia física y psicológica cometido por un hombre hacia una mujer, siempre que exista o haya existido una relación afectiva, independientemente de si hay o no convivencia. En Suecia, aunque la tipificación del delito es parecida, habla de “repeated violence”, es decir, “violencia recurrente” o “repetidos actos de violencia”, y no la define solo como la violencia de un hombre hacia una mujer, sino que puede ser aquella que un miembro de la pareja o expareja ejerza sobre el otro.
La tipificación del delito de violencia doméstica en los países de la UE | Informe del Servicio de Estudios del Parlamento Europeo

Es lo que en el ámbito de la investigación internacional se conoce como “intimate partner violence”, “gender-based violence” o, incluso a veces, como “domestic violence”. Sin embargo, la ONU señala (OMS) el pasado marzo.

De otro lado, el Convenio de Estambul, aprobado en 2011 por el Consejo de Europa y ratificado por España y por 20 Estados miembro más, diferencia entre violencia de género y violencia doméstica. No solo eso: prevé un concepto más amplio de lo que sería la violencia de género, más allá del ámbito de la pareja (violencia sexual, acoso sexual, mutilación genital femenina…).

Disparidad en la recogida de datos sobre violencia de género en la UE

La recolección de datos tampoco es la misma en los diferentes países de la Unión Europea. Según este análisis de dos investigadoras de la Universidad de Granada, hay 10 Estados miembro que, al menos en 2017, no publicaron datos de feminicidios. Señalan, además, que los datos entre los países que sí recogen estos datos no son comparables por no estar unificados los criterios ni la forma en que se define la violencia de género.

Y así lo señala también el primer informe mencionado, publicado este junio por el EPRS, el Servicio de Estudios del Europarlamento, que hace no solo referencia a los feminicidios sino a denuncias, órdenes de protección y otras variables a la hora de medir la prevalencia de la violencia de género: “Un desafío considerable en la identificación de una respuesta política a la violencia es la falta de datos comparables, desagregados y estandarizados sobre su incidencia en la UE”.

Es por esto que el estudio concluye que existen las condiciones necesarias para considerar la violencia de género un ‘eurodelito’. Este informe –una Evaluación de Valor Añadido Europeo– se ha realizado para apoyar el trabajo de la Comisión de Derechos de las Mujeres e Igualdad de Género del Parlamento Europeo, que actualmente trabaja en un informe sobre la inclusión de esta violencia en la lista de ‘eurodelitos’.

Feminicidios y llamadas al 016: los datos de violencia de género en pandemia

María Eugenia Rodríguez Palop, jurista y eurodiputada por Podemos, explica a Newtral.es en calidad de vicepresidenta de dicha Comisión que “incluir la violencia de género en la lista de ‘eurodelitos’ fijaría una definición común de sus formas y de las sanciones aplicables, igualando la protección de las mujeres en todos los Estados miembro y reconociendo el carácter estructural del problema”.


“Una de las dificultades que tenemos para estudiar y combatir estos delitos en Europa es que carecemos de datos suficientes y comparables debido, precisamente, a la falta de un criterio unificado para contabilizar estas violencias”, añade Rodríguez Palop.

Un diagnóstico que también comparte la jurista Encarna Bodelón, doctora en Derecho, profesora de Filosofía del Derecho en la Universitat de Barcelona y responsable de la recopilación de datos de España para el informe del EIGE de 2019: “La variedad del tratamiento penal hace que los niveles de protección sean diferentes entre países. Así, lo que en un país es un delito específico en otro no lo es. Sería conveniente tener unos mínimos sobre tipificación, atención y prevención”, explica Bodelón en conversación con Newtral.es.

¿Qué es un ‘eurodelito’ y por qué se podría considerar la violencia de género como tal?

El informe señala que la violencia de género es un delito de especial gravedad, que tiene una dimensión transfronteriza y que es necesario combatirlo siguiendo criterios comunes. Es decir, que cumple las condiciones para ser considerada un ‘eurodelito’, según el Artículo 83 (1) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Actualmente, la lista incluye el terrorismo, la trata de seres humanos y la explotación sexual de mujeres y niños, el tráfico ilícito de drogas, el tráfico ilícito de armas, el blanqueo de capitales, la corrupción, la falsificación de medios de pago, la delincuencia informática y la delincuencia organizada.

“Mejorando la prevención, la persecución y la protección, la acción de la UE podría generar importantes beneficios para las víctimas y para la sociedad; considerando solo la dimensión económica, disminuir la incidencia de la violencia de género podría generar unos beneficios de 25.100 millones de euros a corto plazo (5 años) y entre 54.400 y 83.900 millones de euros a largo plazo (10 años)”, destaca el estudio.

Así, de acuerdo al informe, junto al daño físico y psicológico y la pérdida de derechos que soportan las mujeres, la violencia de género genera costes que podrían reducirse gracias a una armonización europea de las normas de prevención, persecución y protección de las víctimas.

Es, precisamente, lo que destaca en conversación con Newtral.es Evelyn Regner, eurodiputada por el Partido Socialdemócrata de Austria y presidenta de la Comisión de Derechos de las Mujeres e Igualdad de Género del Parlamento Europeo: “Con esto daríamos un paso significativo para reducir el elevado número de víctimas de violencia de género y también reduciríamos los costes de la violencia de género, estimados en 290.000 millones de euros cada año en la UE”.

Regner apunta que “aún hoy, una de cada tres mujeres se ve afectada por la violencia de género en alguna de sus formas, y el número aumentó durante la pandemia”: “Convertir la violencia de género en un ‘eurodelito’ implicaría no solo armonizar las definiciones, sino también mejorar la cooperación en toda la Unión Europea”, añade.

Conseguir la igualdad de género en la Unión Europea costará más de 60 años
Encarna Bodelón apunta que “una directiva que diese homogeneidad al marco jurídico-penal a la violencia de género sería parte de la solución”, pero matiza que “la solución no puede ser solo esa”: “Tenemos una política europea común antidiscriminación que solo contempla el acoso sexual como forma de discriminación. No tenemos una política europea común contra la violencia de género, y también sería necesaria una”, añade.

Algo que reconoce el propio informe cuando señala: “La UE no cuenta con un instrumento legal específico para abordar la violencia de género, a pesar de los daños y costes que supone para los individuos y para la sociedad. Además, la legislación de la UE contra la discriminación no reconoce la violencia de género como una forma extrema de discriminación”.

En ese sentido, la jurista e investigadora aboga por implementar una directiva que considere la violencia de género un ‘eurodelito’, pero también “una directiva encaminada a tener una serie de mínimos en temas de educación, sanidad o empleo”: “El peligro es la UE solo refuerce sus políticas penales comunes. Sabemos que el derecho penal apenas opera en cuanto a reparación del daño, y tampoco en cuanto a prevención”.

La posibilidad de que la violencia sea ‘eurodelito’: “Moderadamente factible”
El informe también aborda propuestas en este sentido, más allá de la consideración de la violencia de género como ‘eurodelito’. Propone, por ejemplo, la ratificación del Convenio de Estambul por parte de la UE al completo, acompañada de una directiva para implementar sus objetivos. Otra opción sería elaborar una directiva contra la violencia de género dentro del marco de la no discriminación. Sin embargo, aunque sería un avance, “no introduciría una definición común de violencia de género o el reconocimiento legal a escala de la UE de sus formas”, advierte el informe.

Por ello, la jurista Encarna Bodelón señala que “no se deben confrontar unas medidas con otras”: “Todas ellas deben ser complementarias. Solo la consideración de ‘eurodelito’ no es suficiente, como tampoco lo sería la directiva en el marco antidiscriminatorio”.

La Comisión de Derechos de las Mujeres e Igualdad de Género del Parlamento Europeo está elaborando y debatiendo un informe que, apoyado en este estudio del EPRS, pida la inclusión de la violencia de género en la lista de ‘eurodelitos’. Cuando supere el trámite en este órgano, se debatirá y votará en el pleno de la Eurocámara. Si saliese adelante, se enviaría al Consejo Europeo, que tendría que decidir por unanimidad si acepta considerarla un ‘eurodelito’.

De ser así, la Comisión Europea tendría que desarrollar una directiva con unas normas mínimas y una definición común de delitos y sanciones que los Estados miembro estarían obligados a aplicar. El estudio reconoce que la inclusión como ‘eurodelito’ es solo “moderadamente factible” debido a la previsible oposición de varios Estados dentro del Consejo. Algunos ni siquiera han ratificado el Convenio de Estambul (Bulgaria, República Checa, Hungría, Letonia, Lituania y Eslovaquia) o, como Poloniaamenazan con salirse del Convenio siguiendo los pasos de Turquía.

Fuentes consultadas

• Informe Gender-based violence as a new area of crime listed in Article 83(1) TFEU (Servicio de Estudios del Parlamento Europeo, junio de 2021)
• Informe Understanding intimate partner violence in the EU: the role of data (Instituto Europeo de la Igualdad de Género, junio de 2019)
• Análisis epidemiológico de la violencia de género en la Unión Europea (Anales de Psicología, diciembre de 2020)
• Encarna Bodelón, doctora en Derecho y profesora de Filosofía del Derecho en la Universitat de Barcelona
• María Eugenia Rodríguez Palop, eurodiputada por Podemos y vicepresidenta de la Comisión de Derechos de las Mujeres e Igualdad de Género del Parlamento Europeo
• Evelyn Regner, eurodiputada por el Partido Socialdemócrata de Austria y presidenta de la Comisión de Derechos de las Mujeres e Igualdad de Género del Parlamento Europeo
• ONU
• OMSFotos: Gerard Bottino (Shutterstock)

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