Aprueban dictamen para tipificar delito de “violencia ácida”, en la Ciudad de México, una de las 22 entidades remisas

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  • Tendencia en la 4T a mayores penas, pero sin políticas preventivas, ni reeducación a los hombres.
  • En la Ciudad de México 10 meses la estudiaron; en el país una respuesta a los casos de la saxofonista María Elena Ríos, y de Carmen Sánchez  

Sara Lovera

SemMéxico, Ciudad de México, 12 de diciembre, 2023.- Las Comisiones de Igualdad de Género y de Administración de Justicia del Congreso capitalino aprobaron un dictamen de reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal local, en materia de violencia ácida.

El examen y reconocimiento de la violencia ácida, que avanza en el país, es resultado de la lucha especialmente de dos mujeres, María Elena Ríos y Carmen Sánchez. El ataque con ácido es una de las peores formas de violencia contra las mujeres, en la Ciudad de México la novedad es que se considera como tentativa de feminicidio. Y la tendencia nacional es a aumentar la penalidad, y no hay medidas amplias para prevenir esta y todas las violencias. Con presupuestos reducidos hace 5 años.

En lo federal la tipificación del delito de Violencia ácida entró en vigor el 19 de octubre pasado según publicó el Diario Oficial de la Federación, el decreto que considera los ataques con ácido o sustancias corrosivas como violencia física contra las mujeres.

El decreto reforma la fracción II del artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

En noviembre de 2022, el Senado de la República aprobó una modificación al Código Penal para ampliar las penas a quienes realicen ataques con ácido. La iniciativa fue turnada a la Cámara de diputados, donde sigue a la espera de discusión.

El Senado contempla penas de entre siete y 13 años de prisión a quien cause lesiones a otra persona con una sustancia ácida, tóxica o corrosiva. La pena podría incrementarse a un máximo de 21 años y seis meses si existe o existió una relación de parentesco, sentimental, afectiva, laboral o de confianza entre el agresor y la víctima.

En el Congreso de la Ciudad de México este se aprobó, casi 10 meses después del análisis que hizo en enero,  y responde a la demanda de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, que en agosto pasado  solicitó formalmente  a los congresos de 22 estados del país adecuar su marco jurídico para incorporar el delito de agresiones con ácido o sustancias similares a su legislación local, y establecer penas severas que inhiban la conducta de daño y garanticen a las mujeres el derecho a vivir una vida libre de violencia.  

Hasta ahora los estados de Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, no han legislado sobre este delito de agresiones inferidas con ácido, a pesar del progreso que ya se han tenido en otras 10 entidades y a nivel federal. 

En la ciudad de México, la reforma busca regular la “violencia ácida” como un nuevo tipo de agresión contra las mujeres.

Consiste en ataques con sustancias químicas para causar lesiones temporales o permanentes que pueden provocar discapacidad o poner en peligro la vida.

La reforma plantea que las instituciones correspondientes cuenten con programas para atender a las víctimas, así como protocolos, registros, estadísticas y lineamientos precisos sobre la atención a estos casos de violencia.

CÁRCEL

La modificación al Código Penal local consiste en adicionar un capítulo de “lesiones por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas”.

Esto para tipificar la conducta conocida como “violencia ácida” e imponer 8 a 12 años de prisión y multa de 300 a 700 veces la unidad de medida a quien cause un daño en la integridad física o salud, utilizando diversas sustancias y/o compuestos químicos, que provoquen lesiones internas, externas o ambas.

Dichas penas aumentarán en una mitad cuando se cause deformidad en rostro, haya daño de órganos o en casos en que la víctima sea niño, niña, adolescente o persona con discapacidad.

COMO FEMINICIDIO

La conducta será considerada feminicidio en grado de tentativa, si el daño físico es permanente, así como llegar a afectar los órganos reproductores sexuales.

El dictamen considera como beneficiarias de la Ley a las mujeres trans, una importante demanda de esta comunidad que también registra casos de ataques en razón de género.

Al emitir su posicionamiento, la legisladora de Morena, Marcela Fuente Castillo dijo que con este dictamen se pretende que estos ataques sean considerados como un tipo penal específico por la gravedad simbólica, física y emocional que involucra. 

Aseveró que se consideraron las observaciones y luchas de las activistas y organizaciones, en especial el trabajo realizado por María Elena Ríos Ortiz.

Por su parte, la diputada Gabriela Quiroga Anguiano (PRD) recalcó que esta reforma es de gran ayuda, pero hace falta contar con un registro y control de quienes compran las sustancias con las que se realizan estas acciones violentas.

Recordó que esto último es abordado en una iniciativa que fue turnada a comisiones, y solicitó seguir trabajando en esta materia.

Esta reforma es resultado de la lucha incansable de Carmen Sánchez

¿Quién es Carmen Sánchez?

Carmen Sánchez fue atacada con ácido en 2014. Casi una década después, logró una sentencia histórica para su agresor. Tras casi diez años de lucha, la justicia llegó finalmente para Carmen Sánchez. Fue en 2014 cuando esta mexicana fue atacada con ácido por su expareja.

La Reforma Federal: para violencia ácida hasta quince años de prisión a quien infiera lesiones con ácido

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Víctimas, en materia de lesiones inferidas con ácido. Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

El dictamen avalado en lo general, con 453 votos, adiciona un capítulo I Bis denominado “Lesiones inferidas con ácido o sustancias similares”, con un artículo 301 Bis al Título Decimonoveno del Código Penal Federal y se establece que se impondrán de siete a quince años de prisión y de trescientos a setecientos días multas, a quien por sí o por interpósita persona, infiera lesión o lesiones a otra persona, utilizando para ello cualquier tipo de ácido, álcali, agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable.

Señala que cuando la lesión o lesiones afecten la cara, el cuello, el brazo, la mano o los órganos sexuales de la víctima, la pena se aumentará hasta en un tercio, en su mínimo y en su máximo. Cuando la víctima sea mujer, persona con discapacidad o menor de edad, la pena se aumentará hasta en una mitad.

 Indica que, si la lesión o lesiones afectan órganos o funciones vitales, ponen en peligro la vida o más de la mitad del cuerpo, se estará a la punibilidad prevista para el homicidio o el feminicidio, en grado de tentativa, según corresponda. 

También se adiciona el artículo 36 de la Ley General de Víctimas a fin de estipular que, a las víctimas de lesiones inferidas con ácido o sustancias similares, se garantizará el acceso a cirugías reconstructivas.

El documento refiere que los ataques con ácido o sustancias corrosivas menoscaban la integridad y la libertad humana de las víctimas, pues les ocasionan graves y notorias lesiones en diversos partes del cuerpo, como cara, rostro, cuello o manos. Afirma que las consecuencias de dichas conductas pueden observarse en diversos ámbitos de la vida de la víctima, pues trastoca su estado de salud y hasta su esfera social.    

Menciona que los ataques con ácido son cometidos contra mujeres por factores como el rechazo de insinuaciones sexuales, las ofertas de matrimonio que reciben, los celos, el odio o la venganza. A partir de ello, es posible percibir la intención de dominio del agresor sobre la víctima para ocasionar cicatrices visiblemente notorias en el cuerpo y rostro, a fin de avergonzarlas y orillarlas al aislamiento, lo que profundiza la desigualdad y opresión en que se encuentra la mujer por los estereotipos sociales.

Destaca que los ataques con ácido ya son un fenómeno con gran incidencia a nivel mundial. De acuerdo con cifras de la Organización Acid Survivors Trust International (ASTI), se calcula que al año se producen al menos mil 500 agresiones; más del 80 por ciento son contra mujeres latinas.  

Reserva

Con 433 votos en pro, cero en contra y 20 abstenciones, se aprobó en lo general y en lo particular, el artículo Tercer Transitorio reservado, en términos del dictamen. Para la discusión en lo particular, la diputada Jessica Ortega De la Cruz (MC) reservó dicho transitorio, a fin de que se garantizara la atención de servicios médicos y recursos para cirugías, pero la propuesta fue desechada.

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