Cámara de Diputados aprueba modificaciones a la Ley General de Salud en materia de objeción de conciencia, pasó al Senado.

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Armoniza la Ley de acuerdo a la SCJN para armonizarla con la protección de los Derechos Humanos sin poner en riesgo servicios de aborto legal

Elda Montiel

SemMéxico. Ciudad de México. 2 de noviembre 2023.- Determina la Cámara de Diputados  que las autoridades de Salud deberán contar con suficiente personal no objetor de conciencia para garantizar  el derecho a la salud, o casos como el aborto legal o la muerte digna, y al mismo tiempo dejó a salvo el derecho de quienes se niegan a esas atenciones por estar en contra de sus principios.

Lo hizo tras la demanda de la Suprema Corte  por  estar mal redactado y las dificultades, que, en algunas entidades del país, ya están a la vista,  y se anotan muchas dificultades, al no estar debidamente  regulado, ahí donde el aborto es legal y las mujeres se ven impedidas a realizarlo. El dictamen está ahora en el Senado.

La Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular  el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud en materia de objeción de conciencia, el cual no puede entorpecer la prestación del servicio médico.

El presidente de la Comisión de Salud, diputado morenista Emmanuel Reyes Carmona, señaló que el dictamen resuelve lo mandatado por la Suprema Corte de Justicia de la nación (SCJN) el pasado 21 de septiembre, por una acción de inconstitucionalidad, y es un pendiente legislativo que tiene que ver con los derechos humanos y con el  derecho a la salud. 

La sentencia de la SCJN señala que la regulación de la objeción de conciencia en materia sanitaria está deficientemente redactada, pues debe armonizar la protección de los derechos humanos tanto del personal médico y sanitario como de las personas titulares del derecho a la salud y, en el caso, no se alcanzó este imperativo constitucional, pues si bien se logra proteger el derecho del personal médico y sanitario a su libertad religiosa y de conciencia, no se establecieron los límites y salvaguardas para proteger a la par los derechos de las personas beneficiarias de los servicios de salud.

Por lo que, la iniciativa reconoce que la objeción de conciencia es el derecho del personal médico y enfermería de excusarse a realizar un acto médico al considerarlo incompatible con sus convicciones religiosas, principios morales o de conciencia ética, pero que no deberá ser limitativa cuando se encuentre en riesgo la vida del o la paciente, cuando se trate de una urgencia médica, y cuando implique una carga desproporcionada para la o el paciente.

Que la Secretaría de Salud, en coordinación con las instituciones de seguridad social, las entidades federativas, los municipios y los particulares, en el ámbito de sus competencias, deberán garantizar en todo momento, en los distintos órdenes de gobierno, contar con personal médico profesional y de enfermería de carácter no objetor en cada una de las unidades del Sistema Nacional de Salud.

Dicha objeción de conciencia en ningún caso será motivo para retrasar o entorpecer la prestación de servicios de salud, tampoco será motivo para la omisión de un trato digno, decoroso y sin discriminación hacia las personas que requieren de atención médica programada o de urgencia.

Establece que la objeción de conciencia no será procedente cuando haya insuficiencia de personal médico profesional o de enfermería no objetor. La negativa o postergación de la atención médica profesional o de enfermería implique un riesgo para la salud de la persona. Cuando la negación o la postergación del servicio pueda producir daño o agravación del daño. Exista la posibilidad de genera secuela y/o discapacidades en la o él paciente, entre otros.

En lo particular se aprobó la reserva de Margarita García, diputada del Partido del Trabajo, al artículo 10 Duodecies, para precisar que el personal médico y de enfermería que manifieste objeción de conciencia deberá abstenerse de manifestar o externar juicios valorativos, así como de persuadir o convencer a las usuarias del sistema de salud para evitar que el o la paciente se someta al procedimiento por que el que ejerce su derecho humano de acceso a la salud.

Por parte del PAN, el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba expresó que la objeción de conciencia permite a casi un millón de profesionales de salud en el país de abstenerse de realizar ciertos procedimientos que vayan en contra de las convicciones éticas, morales, religiosas, por lo que afirmó que el dictamen busca criminalizar al personal médico o de enfermería por el retraso en los servicios, cuando es responsabilidad de la autoridad sanitaria. 

“En el PAN creemos que esa objeción no debe usarse como excusa para evadir responsabilidades o negar los servicios de salud; no criminalicemos a médicos, enfermeras y respetemos los derechos a la salud y a la objeción de conciencia”.

También la diputada panista, Martha Estela Romo Cuéllar, enfatizó que su grupo parlamentario esta a favor del derecho a la objeción de conciencia, pero que sea verdadera, aplicable que no sea limitada, sin persecuciones ni amenazas.

La diputada Margarita Zavala Gómez del campo afirmó que el dictamen no promueve, no protege, no garantiza el derecho de objeción de conciencia.

La diputada panista, Paulina Rubio Fernández, indicó que la reforma esta mal hecha y que hay un falto eufemismo de que se protege a las mujeres, pues se aniquila el derecho a decidir desde la conciencia profesional y médica, y qué se debe hacer frente a un paciente. Se le orilla a que nunca pueda objetar.

Por parte de Movimiento Ciudadano, el diputado Pablo Gil Delgado Ventura expresó que la legislación sobre la objeción de conciencia es un asunto de vida o muerte. Que se requiere un marco legal que equilibre la protección del derecho a la libertad religiosa y de convicciones con la prioridad del derecho universal a la salud.

Que garantice la esperanza del 80 por ciento de las personas que mueren en la espera de un trasplante, del 45 por ciento que enfrenta dificultades en el acceso a la atención médica, del 5 por ciento de mujeres que fallecen por abortos inseguros, y los que ven sus vidas trastornadas por embarazos no deseados.

Del Partido Verde Ecologista el diputado Juan González Lima indicó que el dictamen establece de forma clara y concreta los límites al ejercicio de cada uno de los derechos fundamentales a la salud y a la libertad contenida en la Constitución Política. 

El diputado morenista Antolín Guerreo Márquez afirmó que nadie esta en contra del derecho a la objeción de conciencia ni se establecen sanciones. Mientras la priista diputada Sue Ellen Bernal Bolnik destacó que la iniciativa salvaguarda el derecho a la salud y el derecho al libre pensamiento.

Para la vicecoordinadora del PRD, Elizabeth Pérez reconoció que es un gran avance en la protección del ejercicio pleno de los derechos humanos, en particular de las mujeres, las niñas, personas con discapacidad de gestar, e integrantes de la diversidad sexual y de género en nuestro país. 

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