Cámara de Diputados aprueba reforma en materia de Derechos de mujeres con hijas e hijos en centros penitenciarios

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Se priva de lugares adecuados para lactancia al 60 por ciento de las mujeres en reclusión, señala diputada Julieta Mejía Ibáñez

Elda Montiel  

SemMéxico, Cd. de México, 6 de noviembre 2022.- En la Cámara de Diputados se aprobó reforma a la Ley Nacional de Ejecución Penal para que las mujeres privadas de su libertad tengan derecho a conservar la guardia y custodia de su hija o hijo menor de tres años, y permanecer en el Centro Penitenciario, siempre que no contravenga el interés superior de la niña o niño.

Se especifica en el Dictamen, que fue remitido al Senado para sus efectos constitucionales, que en el momento en que las hijas o hijos alcancen la edad máxima de estancia dentro del centro penitenciario, la autoridad deberá realizar una separación sensible y gradual.

Además, se procurará que la convivencia de las mujeres con sus hijas e hijos se realice en condiciones que garanticen el interés superior de la niñez. 

En el Dictamen se mencionan que los centros penitenciarios contarán con espacios separados para la lactancia en donde se garantice la integridad, seguridad, higiene y privacidad para la mujer en reclusión y de su hija e hijo.

En tribuna, la falta de lugares para la lactancia fue puesto de manifiesto tanto por el diputado panista Guillermo Huerta Ling como por la diputada de Movimiento Ciudadano, Julieta Mejía Ibáñez, quien señaló que la carencia de lugares exclusivos e higiénicos de lactancia es inaceptable, ya que solamente 11 de 450 centros penitenciarios cuentan con ellos, y es un derecho que se ha negado al 60 por ciento de las mujeres en las cárceles. Puntualizó que hay más de 500 pequeños viviendo en sobrepoblación, violencia, falta de espacios y servicios adecuados para su formación y desarrollo.

Huerta Ling al fundamentar el Dictamen consideró que la lactancia se obstaculiza ya que se carece de espacios dignos para que puedan desarrollar esta actividad las mujeres privadas de la libertad en apego a sus derechos humanos. “Ante la realidad que afrontan las madres privadas de la libertad, donde sólo existen 58 centros penitenciarios que cuenten con espacios físicos destinados a la maternidad, es que se vuelve fundamental legislar y atender este tema de raíz”, subrayó.

También refirió que no existen espacios exclusivos e instalaciones especiales para mujeres embarazadas o que dieron a luz, y menos de la tercera parte de los centros de readaptación social cuentan con área destinada para el desarrollo.

El Dictamen en el artículo segundo transitorio señala que en un plazo que no exceda de los 180 días naturales después de publicado el presente decreto, las autoridades penitenciarias deberán realizar las adecuaciones reglamentarias que resulten necesarias. 

En el tercero transitorio establece que las erogaciones que pudieran presentarse se realizarán con cargo a los presupuestos aprobados a los ejecutores de gasto correspondientes, para el ejercicio fiscal que corresponda, por lo que no se autorizarán ampliaciones a su presupuesto para el ejercicio fiscal respectivo ni subsecuentes.

La diputada morenista Martha Robles Ortiz resaltó que a reforma busca garantizar los derechos de los menores de edad cuyas madres se encuentran privadas de su libertad en centros penitenciarios, obligando a las autoridades penitenciarias a garantizar el derecho superior de la niñez. 

Por su parte, la diputada Cecilia Márquez Alkadef Cortés de Morena celebró que la reforma al marco legal garantice espacios especiales para labores de lactancia en aquellas madres privadas de su libertad en centros penitenciarios del país, con garantía «en la higiene y privacidad de las mujeres y de los hijos».

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