- El personal médico no práctico una cesárea, provocando la muerte de una bebé
- El Hospital Rural de Bochil en Chiapas, no contaba con personal médico especialista en ginecología y obstetricia
Redacción
SemMéxico, Ciudad de México, 7 de febrero, 2022.- Por la inadecuada atención médico que ocasionó la muerte de una bebé, cuya madre indígena tzotzil no fue atendida de manera oportuna, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 13/2022 al director general del IMSS, Zoé Alejandro Robledo Aburto.
En un comunicado, la CNDH refiere que el 14 de noviembre de 2020, una mujer tzotzil, con 40 semanas de gestación se presentó en el Hospital Rural de Bochil, Chiapas, quien requería de manera urgente una cesárea, esta le fue practicada tres horas después y posteriormente se le informó que su bebé había nacido muerta.
De acuerdo con la recomendación, el personal médico del IMSS no prescribió el traslado de la madre de manera inmediata a otra unidad médica para la adecuada resolución del embarazo de alto riesgo, omitiendo considerar factores de peligro tales como obesidad, diabetes mellitus tipo 2, hipertensión inducida por el embarazo y falta de control prenatal, entre otros elementos de riesgo.
Además, el Hospital Rural no contaba con personal médico especialista en ginecología y obstetricia, indispensable para atender a la recién nacida; carencia que influyó en la inadecuada atención médica, ya que se consideró que la causa del fallecimiento de la bebé se debió a la realización de maniobras sin la habilidad indispensable.
Con base en lo anterior, la CNDH solicitó al director general del IMSS colaborar en la presentación y seguimiento de la queja y denuncia de hechos que este Organismo Público Autónomo presente ante el Órgano Interno de Control en el IMSS y ante la Fiscalía General de la República, respectivamente, que se diseñe e imparta a todo el personal médico del Hospital Rural en Bochil, un curso integral en materia de derechos humanos.
Que considere los principios de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad relacionados con el derecho de protección a la salud, así como la debida observancia y contenido de las Normas Oficiales Mexicanas y Guías de Prácticas Clínicas citadas en la Recomendación, con especial énfasis en los temas de atención contextualizada a mujeres indígenas.
Asimismo, se establezca un protocolo que garantice la supervisión del personal en proceso de formación, ya sean residentes o de servicio social, durante su adiestramiento clínico, quirúrgico o de campo en el Hospital Rural en Bochil, Chiapas.
La CNDH recomienda también que se realicen las gestiones administrativas correspondientes para que se procure dotar a la Unidad Médica Rural de Bochil de los instrumentos, equipo, medicamentos, infraestructura y personal médico que garanticen los estándares de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad en los servicios de salud, incluyendo la modificación o corrección de aquellas prácticas administrativas que puedan impedir o retrasar la realización y entrega de estudios de laboratorio y gabinete.
SEM/sj