Sara Más*
SemMéxico/Semlac, La Habana, Cuba, 3 de abril, 2024.- Para prevenir y actuar ante situaciones de discriminación, violencia y acoso en el ámbito laboral, se implementa en Cuba un protocolo de actuación aprobado en septiembre de 2023, dijo en conferencia de prensa, el 27 de marzo, el director general de empleo del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, Ariel Fonseca Quesada.
Aunque no precisó estadísticas de la ocurrencia y denuncia de estos hechos en el país en los seis meses de establecido el protocolo, el directivo comentó que el Decreto 96, de finales del año pasado, es un instrumento de prevención, protección y acción destinado a regular el tratamiento de situaciones de discriminación, violencia y acoso en los espacios laborales.
Fonseca Quesada señaló que la nueva normativa forma parte del Programa de trabajo digno y compete, tanto a empleadores del sector estatal, como del no estatal, cuya responsabilidad es la de promover un entorno laboral de no tolerancia ante manifestaciones de violencia, acoso, y discriminación por motivos de género, orientación sexual, identidad de género, , color de la piel y otros.
El protocolo, en proceso de implementación, se aplica no solo a las personas que buscan empleo y a quienes se desempeñan en cualquier espacio laboral, sino también a las personas de nuevo ingreso en cursos de capacitación, estudiantes en práctica profesional y personal directivo.
Su alcance no se limita al puesto de trabajo, sea público o privado, agregó el directivo, sino que se extiende a los lugares relacionados con el empleo.
Tales son los casos de los escenarios donde se abona el ingreso por el trabajo; las áreas de servicio, descanso y alimentación; los desplazamientos, viajes, eventos, actividades y el ámbito de las comunicaciones; el alojamiento proporcionado por el empleador y los trayectos habituales entre el domicilio y el lugar de trabajo.
Fonseca Quesada comentó que el proceso actual implica el establecimiento de canales internos en cada entidad y espacios laborales, vías de denuncia, información, personal responsable y otros procedimientos necesarios. Añadió que los casos pueden tramitarse por esas instancias laborales y también directamente por la vía judicial.
Reconoció que, si bien existían acciones preventivas, el decreto presidencial que establece al Programa nacional para el adelanto de las mujeres (PAM) ha sido un paso crucial para impulsar este y otros instrumentos, como el sistema integral para el cuidado de la vida, actualmente en proceso de elaboración.
Fonseca Quesada también explicó que, como antecedente para la promulgación de este protocolo para prevenir y actuar ante situaciones de discriminación, violencia y acoso en el ámbito laboral, se tuvo en cuenta un diagnóstico que exploró resultados de investigaciones de la Red de estudios sociales del trabajo, la Universidad de La Habana y otros centros de educación superior.
Entre otras cuestiones, en esas indagaciones se constataron actos y rasgos discriminatorios hacia aspirantes a empleo y desde las convocatorias laborales con sesgos de edad, características físicas y exigencias no vinculadas a las capacidades profesionales y laborales, comentó.
«Aunque no existe un registro de estos hechos, esas investigaciones denotaron derroteros al respecto, por lo que se identificó la necesidad de este protocolo», sostuvo.