Muriel Salinas Díaz
SemMéxico, Saltillo, Coahuila, 4 de junio, 2026 .- Ayer 3 de junio, el Congreso del Estado de Guerrero aprobó una reforma a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero que consiste en instituir una supuesta acción afirmativa en materia de paridad de género.
La medida consiste en establecer que, en aquellos municipios que nunca han tenido una Presidenta Municipal, se postulen exclusivamente candidaturas encabezadas por mujeres.
En Guerrero hay un total de 33 ayuntamientos que jamás han tenido una mujer como presidenta municipal. Sin embargo, las y los diputados del Congreso de Guerrero decidieron alterar la historia y borrar de un plumazo 13 municipios, dejando únicamente un listado de 20 en los que se aplicará esta supuesta acción afirmativa.
Más grave aún resulta el hecho de que estos 20 municipios, donde deberán postularse exclusivamente candidaturas encabezadas por mujeres, no lo harán juntos en el proceso electoral 2027, sino que se hará de manera gradual. Así, se dispone que esta medida se implementará de forma escalonada en varios procesos electorales, de tal suerte que en las elecciones de 2027 solamente aplicará en siete municipios; en otros siete hasta las elecciones de 2030, y en los restantes hasta las elecciones de 2033.
De acuerdo con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), las acciones afirmativas son medidas especiales de carácter temporal que tienen la finalidad de acelerar el logro de la igualdad entre mujeres y hombres. Además, este instrumento del derecho internacional precisa que tales medidas no se considerará discriminación, pero de ningún modo entrañará, como consecuencia, el mantenimiento de normas desiguales o separadas; y que estas medidas cesarán cuando se hayan alcanzado los objetivos de igualdad de oportunidad y trato.
Los términos de esta reforma electoral no se encaminan a acelerar la consolidación de la paridad de género en las Presidencias Municipales de Guerrero; por el contrario, la reforma retrasa este propósito hasta 2033, cuando las y los diputados debieron legislar que esta medida se implementara plenamente en los 33 municipios en las elecciones de 2027.
Los bloques que establece la reforma se conforman en el siguiente orden:
Bloque 1. Municipios que tendrán que postular exclusivamente mujeres en las elecciones de Ayuntamientos en 2027: Atlamajalcingo del Monte, Xochihuehuetlán, Tlacoapa, Zapotitlán Tablas, Igualapa, Coahuayutla, Mártir de Cuilapan (Ma. Izazaga) y Mochitlán.
Bloque 2. Municipios que tendrán que postular exclusivamente mujeres en las elecciones de Ayuntamientos hasta 2030: Marquelia, Copalillo, Copanatoyac, Alcozauca, Leonardo Bravo, Cuajinicuilapa y Malinaltepec.
Bloque 3. Municipios que tendrán que postular exclusivamente mujeres en las elecciones de Ayuntamientos hasta 2033: Atlixtac, Acatepec, Quechultenango, San Luis Acatlán, Tlapa e Iguala de la Independencia.
Por si fuera poco, la reforma aprobada por el Congreso local incluyó una disposición que le amarra las manos al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, pues se le prohíbe aplicar medidas más garantistas en materia de paridad, mediante la facultad que tiene de emitir lineamientos para los procesos electorales.
La reforma electoral aprobada por el Congreso del Estado de Guerrero el pasado 3 de junio no representa un avance para la participación política de las mujeres, porque retrasa hasta el 2033 la conquista de la paridad plena en los Ayuntamientos de la entidad. Por tanto, estas modificaciones a la ley electoral no pueden considerarse como una acción afirmativa, pues contravienen principios constitucionales como la progresividad de los derechos humanos y el principio pro-persona, además de que contraviene tratados internacionales de derechos humanos de las mujeres suscritos por el Estado Mexicano, como la CEDAW.
La Red para el Avance Político de las Mujeres Guerrerenses, horas antes de que el congreso aprobara estas reformas, ofreció una conferencia de prensa en Chilpancingo en la que advirtió el carácter regresivo, anticonstitucional y antidemocrático de dichas reformas e hizo un llamado a las y los legisladores, así como a los partidos políticos, a frenar este grave retroceso.
Las organizaciones de la sociedad civil están impedidas legalmente para impugnar reformas legislativas. Sin embargo, hay otras vías para revertirla: una es que la gobernadora de Guerrero, Evelyn Salgado, ejerza su facultad de vetar reformas aprobadas por el Congreso Local. De hacerlo, la gobernadora resarciría una deuda histórica con las mujeres guerrerenses y pasaría a la historia como una gobernante genuinamente comprometida con la democracia y con los derechos de las mujeres, capaz de poner un manotazo contra las prácticas políticas misóginas que han caracterizado al poder legislativo.
La segunda es que, ya sea la Comisión Estatal de Derechos Humanos o la CNDH interpongan una acción de inconstitucionalidad ante la SCJN.
Por último, también los partidos políticos podrían interponer ante la SCJN una acción de inconstitucionalidad. Lo cual se advierte lejano, pues como bien sabemos: si hay algo que une profundamente a los hombres de izquierda, de centro y de derecha, es la misoginia y las grandes resistencias en que eso se traduce para frenar el avance político de las mujeres.
Veremos en los próximos días si alguna de estas instituciones reacciona y actúa en defensa de la paridad o si con su silencio cómplice nos dejan ver con mayor nitidez de qué están hechos.



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