En la Cámara de Diputados diarrea de iniciativas sin fondo, para parar la violencia, vacías y repetitivas como una sobre órdenes de protección

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Sin contexto el  morenista Manuel Alejandro Robles Gómez propone, como ya dice la ley, que el agresor abandone el domicilio

Las medidas de protección pueden mejorar integralmente, según iniciativa de la sociedad archivada desde hace 4 años

 Las órdenes de protección deben ser información pública y accesible

Sara Lovera

SemMéxico, Ciudad de México, 11 de febrero, 2024.- Las órdenes de protección como un recurso jurídico para proteger a mujeres y niñas en situación de violencia, que incluso la puede prevenir, se estableció en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida sin Violencia hace 17 años; su aplicación ha sido errática y desarticulada; a veces inoperante, sin embargo ha contribuido en algunos casos a disminuir el feminicidio, como en Coahuila.

Ahora se busca agregar una presión más, señalando que el agresor debe abandonar el domicilio “inmediatamente”, esa es la palabra que se agrega.

Mientras la Cámara de Diputados tiene archivada una iniciativa para reformar integralmente cómo pueden mejorar esas órdenes. La iniciativa va a cumplir 4 años de presentada, sin que se analice o dictamine.

Sin mejorarla, llama la atención que en noviembre pasado en Coahuila, por ejemplo,  se emitieron más de 6 mil órdenes de restricción  por violencia familiar y contra la mujer según el  informe del Fiscal General del Estado sobre el panorama delictivo en la entidad, dijo que en 2023  se ha registrado una disminución del delito de feminicidio de un 57 por ciento con relación al año anterior, cuando se cerró con 23 sucesos de feminicidio, mientras que en el 2023, existen 11 casos, todos ellos judicializados.

De acuerdo con el fiscal especializado, Liberto Hernández, esta disminución se debe a que en razón de la coordinación que hay con las instituciones dedicadas al empoderamiento de la mujer en el Estado, se han emitido medidas que previenen que la violencia escale.

Ahora se trata de agregar que cuando hay violencia en la casa, el perpetrador debe abandonarla inmediatamente, así lo propuso el diputado  morenita Manuel Alejandro Robles Gómez y señala en la iniciativa incluir entre las órdenes de protección administrativa “la desocupación inmediata, por parte del agresor, del domicilio de la víctima”. No explica el fenómeno.

Propone una  reforma al artículo 34 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, donde  precisa que la desocupación se debe dar “independientemente de la acreditación de propiedad o posesión del inmueble, aun en los casos de arrendamiento de este, del matrimonio en sociedad conyugal o de separación de bienes y, en su caso, el reingreso de la mujer en situación de violencia una vez que se resguarde su seguridad”. 

Asimismo dice que se busca , “garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales del agresor con respecto a la propiedad o posesión que previamente existían o los apoyos que brindaba para ello”. 

La iniciativa, turnada a la Comisión de Igualdad de Género para dictamen, señala que la violencia contra las mujeres debe ser erradicada a través de acciones para evitar que se replique o perpetúe.

Opina sin ir al fondo

Que la violencia en casa es, dijo textual, “uno de los flagelos más grandes y tristes que se ha cometido contra la mitad de la población, lo peor es que la mayoría son violentadas por sus mismos familiares como hermanos, papás, abuelos, tíos e hijos, lo que demuestra que conviven con sus agresores dentro de su mismo hogar”, sin mencionar a la pareja. 

Menciona que las estadísticas revelan que en 2021 a nivel nacional, del total de mujeres de 15 años, 70.1 por ciento experimentó al menos un incidente de violencia psicológica, económica, patrimonial, física, sexual o de discriminación a lo largo de su vida. 

Señala que entre las entidades con mayor violencia en contra de las mujeres se encuentran la Ciudad de México, Estado de México, Querétaro, Tamaulipas, Zacatecas, Chiapas, Colima, Aguascalientes y Baja California.

Actualmente, el Artículo 5º fracción IV de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define a la violencia como “cualquier acción u omisión basada en su género que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público”. 

Por ello, concluye el legislador, este tipo de reformas beneficia a las mujeres mexicanas y coadyuva a construir una sociedad más igualitaria, además de representar un paso firme para erradicar la violencia contra este género.

Vacío

El diputado del partido oficial no ahonda en el fenómeno, que según el fiscal de Coahuila, “Estas medidas de protección pueden ser no acercarse a la persona y no comunicarse con ella, así como en algunos casos algunos imputados tienen que salir de los domicilios”, dijo. Deja en claro que ya se considera el agresor debe salir del domicilio.

Esta es una de más de 12 iniciativas que aparecieron en la cámara, sin que la diputación pida informes a las autoridades, como debiera ser. Y en cambio quitan comas, ponen letritas, en leyes ya  vigentes como es el caso. Mientras no se resuelve el cambio constitucional sobre el Sistema Nacional de Cuidados, por ejemplo.

Aunque no dio mayores detalles, el Fiscal Especializado reveló que la cantidad de medidas que se han emitido este año, son poco mayores que las que fueron emitidas en todo el 2022.

ESe ignora que en abril de 2020, la organización EQUIS en conjunto con 21 organizaciones de 10 estados del país, presentamos una iniciativa de reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia vigente, que busca que el marco legal de las órdenes de protección contenga un estándar de protección que sea idóneo, integral y conforme a la ley.

El fiscal de Coahuila  advirtió que  también manifestó  existen casos de medidas de protección que han sido ignoradas por los violentadores.

“Sí tenemos registros, e inmediatamente que tenemos noticias se registran los arrestos. Son mínima la cantidad de casos”, indicó.

Por otro lado, agregó que en los casos donde se han registrado lesiones, a la hora de que los asuntos llegan a la vía judicial, se han logrado judicializar como delitos de feminicidio en grado de tentativa.

La iniciativa ciudadana señala que:

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