Estrella Pedroza
SemMéxico. Morelos. 10 de junio de 2020.- En Morelos por decreto se reformó el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales (CODIPEM) y de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con lo que se busca poner un alto a violencia política contra las mujeres en razón de género; pero también se violenta el derecho de las y los ciudadanos y de las comunidades indígenas a elegir a sus autoridades por usos y costumbres, advierten expertas en temas electorales.
El Poder Ejecutivo publicó el decreto 690 en el periódico oficial “Tierra y Libertad” en el que se reforman diversos artículos, se adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos; y de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos, en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género y paridad.
El documento consta de 108 páginas en las que se especifican los cambios sustanciales a las leyes de referencia que buscan erradicar la violencia política contra las mujeres al interior de sus partidos.
Además, incluye las medidas de protección que podrá ordenar el Tribunal Estatal Electoral (TEE) y medidas de aprehensión para sus determinaciones.
Contiene un catálogo de acciones u omisiones en las que podrían incurrir las autoridades gubernamentales como los partidos contra las mujeres.
Ana Isabel León Trueba, presidenta del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), destacó que en este decreto se engloban acciones que desde hace años se han impulsado desde la sociedad civil para garantizar la participación de las mujeres y de manera segura en la vida política de la entidad.
“El decreto recoge de manera adecuada todas las propuestas que durante mucho tiempo han surgido de las organizaciones se sociedad civil y de las instancias electorales y de los propios diputados para lo que se requiere para la participación de las mujeres en condiciones de igualdad en todos los espacios”, dijo.
Sin embargo, dentro de la reforma se contemplan modificaciones en el CODIPEM como el aumentar 4 por ciento para la asignación de plurinominales y la generación de dos listas para crear una lista definitiva denominadas A y B (hombre y mujeres). Es decir, se modifica la forma de asignación de plurinominales.
Mientras que en el Artículo 17, en el caso de los presidentes y las presidentas municipales que quieran reelegirse que sean independientes o hayan renunciado al partido que los postuló, los obliga a afiliarse a un partido y ya no puede ser ciudadano. De igual manera en el Artículo 1, suben la votación al cuatro por ciento para poder acceder a una regiduría.
En tanto, en el Artículo 66 los cambios transgreden los sistemas normativos internos de las comunidades y municipios indígenas debido a que obligan a participar a través de los partidos políticos retirándoles su libre autodeterminación.
“Considero que las reformas pueden ser sujetas de impugnación ya que existen cambios sustanciales que pueden alterar los principios de seguridad jurídica limitando la participación efectiva de las y los ciudadanos y sobretodo en las comunidades indígenas”, apuntó, Ángel David Hidalgo, representante de la Asociación Civil “Cuernavaca Avanza”, especialista en estrategia electoral, derechos de las mujeres y participación política.
Y adelantó que dichas reformas podrían ser impugnadas ante la Sala Superior del Tribunal Federal Electoral y ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por los partidos políticos e incluso por los municipios de la entidad.
El representante de “Cuernavaca Avanza”, advirtió que “con ello nuevamente los poderes Ejecutivo y Legislativo están haciendo uso de sus atribuciones de manera incorrecta para presionar a los municipios, toma nuevamente de rehén los derechos de las mujeres”.