En riesgo, progresividad de derechos de las mujeres : jueza Martha Magaña 

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Este tipo de fallos no podrían seguirse emitiendo si se aplica la reforma judicial y la supremacía constitucional, advierte Martha Magaña López

La  reforma de supremacía constitucional, es peligrosa para la agenda de derechos de las mujeres, advierte

La costumbre en nuestro país ha “normalizado” la violencia de género y eso hace complejo que en un juicio se logre detectar ese estereotipo

Ivonne Melgar *

SemMéxico, Cd. de México, 6 de noviembre, 2024.- De entre los centenares de recursos emitidos por el Poder Judicial para garantizar los derechos de las mujeres, destacan una veintena de sentencias que fueron construidas por los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Se trata de resoluciones que en su momento hicieron posible el acceso a los servicios de atención a cáncer de mama, guardería, pensión alimenticia, estabilidad en el empleo en el embarazo, mujeres en reclusión, despenalización del aborto y rol de cuidadora.

A cargo de ministros ya en retiro y de los todavía en funciones, las sentencias con perspectiva de género emitidas en la última década han apuntalado la investigación de muerte de mujeres y la tipificación de feminicidios, prohibición de matrimonio infantil e interrupción del embarazo por violación.

Otras resoluciones determinantes en la construcción de condiciones de igualdad entre hombres y mujeres formuladas en la SCJN tienen que ver con cargos de elección popular y seguridad social para trabajadoras del hogar. 

Este tipo de fallos no podrían seguirse emitiendo si se aplica la reforma judicial y la supremacía constitucional, advierte Martha Magaña López.  

En entrevista con Excélsior, la jueza que instruyó a la Cámara de Diputados en septiembre a no aprobar el dictamen que establecería la elección por voto popular para los juzgadores, sostiene que “en principio esas sentencias nos muestran que en México hay una gran dificultad para visibilizar violencias de género, en el ámbito familiar, pero también a cargo de las propias autoridades del sistema de salud, guarderías, fiscalías, policías”

Explica Magaña López que la costumbre en nuestro país ha “normalizado” la violencia de género “y eso hace complejo que en un juicio se logre detectar ese estereotipo, esa violencia, ese micromachismo que pone a la mujer en desventaja ante una norma, un procedimiento, una política pública que no la visibiliza”. 

Explica la jueza que para atender un caso con perspectiva de género se requiere conocer no sólo el derecho mexicano, sino todos los estándares nacionales e internacionales que permiten detectar ese tipo de vulnerabilidades.

La reforma judicial corta de tajo la experiencia, no establece estándares en materia de género, no pone en el centro a las mujeres en todas sus aristas”, advierte. 

Señala Martha Magaña que lamentablemente esa reforma ordena el cese masivo de ministros, magistrados y jueces, sin reparar en la importancia de sus conocimientos ni revisar sus determinaciones para establecer si se ha trabajado y avanzado en materia de género.

Y justamente esas sentencias son el ejemplo de que la Suprema Corte y el Poder Judicial de la Federación han trabajado en hacer visibles  las distintas violencias que pueden vivir las mujeres”, remarca. “Quitar de tajo a gente capacitada en el tema lejos de beneficiar genera un retroceso sin precedentes”, cuestiona. 

Expone la jueza que “las violencias de género se gestan como un cóctel, es decir, generalmente coexisten varias y van mutando de forma que tratan de sobrevivir ante las limitaciones del propio derecho”, explica. 

De manera que “llenar de jueces inexpertos un sistema jurídico que solo les exija 8 de calificación, lógicamente no garantiza que se avance en el tema, sino por el contrario, se visualiza un total retroceso que puede incurrir en violencia institucional, esto es, cometida por el propio juez o jueza”, alerta. 

Respecto a la denominada reforma de supremacía constitucional, la jueza Magaña sostiene que es peligrosa para la agenda de derechos de las mujeres. 

En una lectura general, podríamos considerar que elevar a rango constitucional el que no se pueda impugnar una reforma o modificación a la Constitución es legal al ser la norma suprema. Pero ¿qué sucede si en la propia Constitución se modifican o reforman sus líneas eliminando derechos humanos y si no tuviéramos la posibilidad de combatirla a través de un recurso? Evidentemente estaremos ante un vacío que permite al legislativo abusar de su facultad y modificar a su conveniencia la Constitución con el argumento de que todo lo ahí puesto se hará constitucional”, explica.  

Además, enfatiza, “el derecho se creó en un sistema patriarcal que ha sido modificado poco a poco a golpe de sentencias; eliminar a quienes tienen experiencia en los temas, solo abrirá aún más la brecha de desigualdad”. 

*Con la autorización de la autora

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